Gobierno oficializó canje de deuda en dólares por nuevos títulos

El Poder Ejecutivo formalizó el canje de bonos en dólares por otros títulos, cuyas condiciones serán definidas oportunamente por el Ministerio de Economía, a través de la publicación en el Boletín Oficial del decreto 163/2023.

Alberto Fernández y Massa se mostraron juntos en la reactivación del tren que une Retiro con Mendoza después de 30 años paralizado.
23 MAR 2023 - 9:11 | Actualizado 23 MAR 2023 - 9:12

El decreto, difundido ayer por el Gobierno, dispone en su artículo 1° que "los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las letras denominadas en dólares emitidas en el marco de los decretos 622/2021, 576/2022 y 787/2022 serán reemplazados, a la fecha de su vencimiento, por nuevos títulos públicos cuyas condiciones serán definidas, en conjunto, por las secretarías de Finanzas y de Hacienda".

En los considerandos de la normativa se estipula que se trata de letras del Tesoro Nacional denominadas en dólares que fueron suscriptas por el Banco Central a diez años de plazo y con vencimiento en setiembre de 2031, como consecuencia de los desembolsos realizados por el Fondo Monetario Internacional (FMI), en Derechos Especiales de Giro por un monto equivalente a US$ 4.334 millones.

Más adelante, se incluye a los títulos que permitieron llevar adelante los planes Soja I y II con las letras en dólares, a 10 años de plazo y que conformaron el Programa de Incremento Exportador con vencimiento en setiembre de 2032 y la ampliación de ese programa que permitió la emisión de otra letra denominada en dólares con vencimiento en diciembre de 2032.

El DNU puntualiza que "en este contexto, y frente a la inminencia de pago de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las letras denominadas en dólares emitidas en el marco de los decretos 622/21, 576/22 y 787/22, resulta necesario disponer que puedan ser atendidos, a la fecha de su vencimiento, con nuevos títulos públicos, en consonancia con las emisiones realizadas bajo las previsiones de los decretos 668/19 y su modificatorio y 346/20 y la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023".

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Alberto Fernández y Massa se mostraron juntos en la reactivación del tren que une Retiro con Mendoza después de 30 años paralizado.
23 MAR 2023 - 9:11

El decreto, difundido ayer por el Gobierno, dispone en su artículo 1° que "los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las letras denominadas en dólares emitidas en el marco de los decretos 622/2021, 576/2022 y 787/2022 serán reemplazados, a la fecha de su vencimiento, por nuevos títulos públicos cuyas condiciones serán definidas, en conjunto, por las secretarías de Finanzas y de Hacienda".

En los considerandos de la normativa se estipula que se trata de letras del Tesoro Nacional denominadas en dólares que fueron suscriptas por el Banco Central a diez años de plazo y con vencimiento en setiembre de 2031, como consecuencia de los desembolsos realizados por el Fondo Monetario Internacional (FMI), en Derechos Especiales de Giro por un monto equivalente a US$ 4.334 millones.

Más adelante, se incluye a los títulos que permitieron llevar adelante los planes Soja I y II con las letras en dólares, a 10 años de plazo y que conformaron el Programa de Incremento Exportador con vencimiento en setiembre de 2032 y la ampliación de ese programa que permitió la emisión de otra letra denominada en dólares con vencimiento en diciembre de 2032.

El DNU puntualiza que "en este contexto, y frente a la inminencia de pago de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las letras denominadas en dólares emitidas en el marco de los decretos 622/21, 576/22 y 787/22, resulta necesario disponer que puedan ser atendidos, a la fecha de su vencimiento, con nuevos títulos públicos, en consonancia con las emisiones realizadas bajo las previsiones de los decretos 668/19 y su modificatorio y 346/20 y la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023".


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