Por Rolando Tobarez/Redacción Jornada
Los policías Luis Américo Moggiano, Omar Eduardo Martínez y Cristian Alejandro Soto serán sometidos a un juicio por jurados que decidirá su responsabilidad en el operativo que terminó con la muerte de Martín Alejandro “Tino” John. Lo decidió el juez de Esquel José Luis Ennis.
El episodio ocurrió en el barrio Las Golondrinas de Lago Puelo, durante un registro domiciliario en una finca de Callejón Puch. La mañana del 27 de mayo de 2021, Moggiano, miembro del Grupo de Operaciones Especiales al mando del comisario Cristian Alejandro Soto, le disparó con su pistola a “Tino” y lo mató sin considerar otra alternativa para reducirlo. La víctima cursaba un brote psicótico.
El operativo debía prever la presencia en el lugar de un equipo de salud mental para tratar con John. El comisario Martínez, que conocía la patología y a cargo del operativo por orden judicial, no cumplió con la convocatoria de ese equipo. Según la acusación, no impidió que el jefe del GEOP –que también sabía la condición de John-, concretara un operativo “de corte militar” que en pocos minutos concluyó con la muerte de la víctima.
Según la resolución que eleva el caso a juicio, Martínez y Soto eran responsables de hacer lo posible para evitar una consecuencia fatal, pero incumplieron los protocolos de intervención en casos de salud mental. Con su conducta crearon el riesgo que causó la muerte de John.
Moggiano está imputado por homicidio agravado y le puede caber prisión perpetua. Soto y Martínez, en cambio, están acusados por homicidio culposo e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Tanto el fiscal Carlos Díaz Mayer como el querellante Alfredo Pérez Galimberti y las defensas coincidieron en que John no estaba autorizado para tener o portar armas de fuego al momento de los hechos, dato que se hará saber al jurado.
Pese a que los abogados de los acusados intentaron eludir el juicio, el juez consideró que lo que realmente sucedió esa mañana sólo se puede saber en una audiencia oral y pública. Por ejemplo, cómo fue la entrada de la Policía a la vivienda, las condiciones de las armas, la visibilidad dentro de la casa, las posiciones de cada uno y la discusión que se pudo generar con “Tino” antes del disparo de Moggiano.
En su resolución, el juez Ennis también limitó la cifra de testigos y de expertos de los grupos especiales de fuerzas de seguridad que declararán ante el jurado, para que el trámite sea ágil y los argumentos no se repitan.
Se espera que entre otros declaren el exministro de Seguridad Federico Massoni y el exjefe de la Policía del Chubut, Miguel Ramón Gómez que integraban la cadena de mando de los imputados Soto y Martínez.
Ahora, la Oficina Judicial de Lago Puelo deberá fijar fecha para la audiencia de selección de jurados.
Por Rolando Tobarez/Redacción Jornada
Los policías Luis Américo Moggiano, Omar Eduardo Martínez y Cristian Alejandro Soto serán sometidos a un juicio por jurados que decidirá su responsabilidad en el operativo que terminó con la muerte de Martín Alejandro “Tino” John. Lo decidió el juez de Esquel José Luis Ennis.
El episodio ocurrió en el barrio Las Golondrinas de Lago Puelo, durante un registro domiciliario en una finca de Callejón Puch. La mañana del 27 de mayo de 2021, Moggiano, miembro del Grupo de Operaciones Especiales al mando del comisario Cristian Alejandro Soto, le disparó con su pistola a “Tino” y lo mató sin considerar otra alternativa para reducirlo. La víctima cursaba un brote psicótico.
El operativo debía prever la presencia en el lugar de un equipo de salud mental para tratar con John. El comisario Martínez, que conocía la patología y a cargo del operativo por orden judicial, no cumplió con la convocatoria de ese equipo. Según la acusación, no impidió que el jefe del GEOP –que también sabía la condición de John-, concretara un operativo “de corte militar” que en pocos minutos concluyó con la muerte de la víctima.
Según la resolución que eleva el caso a juicio, Martínez y Soto eran responsables de hacer lo posible para evitar una consecuencia fatal, pero incumplieron los protocolos de intervención en casos de salud mental. Con su conducta crearon el riesgo que causó la muerte de John.
Moggiano está imputado por homicidio agravado y le puede caber prisión perpetua. Soto y Martínez, en cambio, están acusados por homicidio culposo e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Tanto el fiscal Carlos Díaz Mayer como el querellante Alfredo Pérez Galimberti y las defensas coincidieron en que John no estaba autorizado para tener o portar armas de fuego al momento de los hechos, dato que se hará saber al jurado.
Pese a que los abogados de los acusados intentaron eludir el juicio, el juez consideró que lo que realmente sucedió esa mañana sólo se puede saber en una audiencia oral y pública. Por ejemplo, cómo fue la entrada de la Policía a la vivienda, las condiciones de las armas, la visibilidad dentro de la casa, las posiciones de cada uno y la discusión que se pudo generar con “Tino” antes del disparo de Moggiano.
En su resolución, el juez Ennis también limitó la cifra de testigos y de expertos de los grupos especiales de fuerzas de seguridad que declararán ante el jurado, para que el trámite sea ágil y los argumentos no se repitan.
Se espera que entre otros declaren el exministro de Seguridad Federico Massoni y el exjefe de la Policía del Chubut, Miguel Ramón Gómez que integraban la cadena de mando de los imputados Soto y Martínez.
Ahora, la Oficina Judicial de Lago Puelo deberá fijar fecha para la audiencia de selección de jurados.