Diez años de prisión por abuso sexual

Un jurado lo había declarado culpable de de abuso sexual con acceso carnal y tentativa de abuso sexual a un hombre acusado de haber cometido estos hechos en perjuicio de una adolescente con la que lo une una relación de parentesco.

El plantel del Ministerio Público Fiscal que trabajó en el caso.
04 JUN 2025 - 18:35 | Actualizado 04 JUN 2025 - 18:38

Un jurado compuesto por doce ciudadanas y ciudadanos, declaró culpable de abuso sexual con acceso carnal y tentativa de abuso sexual a un hombre acusado de haber cometido estos hechos en perjuicio de una adolescente con la que lo une una relación de parentesco. Una vez disuelto el jurado, se realizó la audiencia para discutir la pena a imponer, frente al juez técnico. La Fiscalía, representada por María Bottini, pidió la imposición de una pena de 12 años de prisión. Este miércoles se conoció la sentencia, el juez técnico valoró los agravantes y atenuantes y concluyó que la pena justa es la de 10 años de prisión.

El jurado dio veredicto de culpabilidad, en los mismos términos en que planteó la Fiscalía, por los dos hechos que se juzgaron.

En su sentencia, el juez compartió con la Fiscalía que los hechos son graves y que el imputado tuvo la intención de abusar sexualmente de la adolescente aprovechando que sus padres no estaban en la localidad y quién quedó a su cargo no podía dar el resguardo suficiente. El imputado eligió “lugares apartados y excluidos de la mirada y/o el control de la gente a fin de procurar consumar los hechos de manera oculta y abyecta”.

También ponderó como circunstancia agravante que la víctima sea pariente por consanguinidad del acusado, la hija de su hermano. Coincidió el juez con la Fiscalía en que afecta particularmente a la adolescente, que su propio padre no prestara declaración en el juicio en su apoyo del imputado por ser su hermano. “Una segunda agresión a la niña, sin dudas. No se puede enrostrar dicha actitud al imputado, pero informa de un conflicto instalado en una comunidad familiar desatenta, y que facilitó la comisión de los hechos”, dijo el juez.

El caso fue analizado teniendo presente que la víctima era una adolescente, que es por definición vulnerable, y que el sistema judicial debe sujetar sus procedimientos a esa particular situación, incluyendo el modo en que debe ser valorada la prueba, señaló una gacetilla de la Fiscalía..

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El plantel del Ministerio Público Fiscal que trabajó en el caso.
04 JUN 2025 - 18:35

Un jurado compuesto por doce ciudadanas y ciudadanos, declaró culpable de abuso sexual con acceso carnal y tentativa de abuso sexual a un hombre acusado de haber cometido estos hechos en perjuicio de una adolescente con la que lo une una relación de parentesco. Una vez disuelto el jurado, se realizó la audiencia para discutir la pena a imponer, frente al juez técnico. La Fiscalía, representada por María Bottini, pidió la imposición de una pena de 12 años de prisión. Este miércoles se conoció la sentencia, el juez técnico valoró los agravantes y atenuantes y concluyó que la pena justa es la de 10 años de prisión.

El jurado dio veredicto de culpabilidad, en los mismos términos en que planteó la Fiscalía, por los dos hechos que se juzgaron.

En su sentencia, el juez compartió con la Fiscalía que los hechos son graves y que el imputado tuvo la intención de abusar sexualmente de la adolescente aprovechando que sus padres no estaban en la localidad y quién quedó a su cargo no podía dar el resguardo suficiente. El imputado eligió “lugares apartados y excluidos de la mirada y/o el control de la gente a fin de procurar consumar los hechos de manera oculta y abyecta”.

También ponderó como circunstancia agravante que la víctima sea pariente por consanguinidad del acusado, la hija de su hermano. Coincidió el juez con la Fiscalía en que afecta particularmente a la adolescente, que su propio padre no prestara declaración en el juicio en su apoyo del imputado por ser su hermano. “Una segunda agresión a la niña, sin dudas. No se puede enrostrar dicha actitud al imputado, pero informa de un conflicto instalado en una comunidad familiar desatenta, y que facilitó la comisión de los hechos”, dijo el juez.

El caso fue analizado teniendo presente que la víctima era una adolescente, que es por definición vulnerable, y que el sistema judicial debe sujetar sus procedimientos a esa particular situación, incluyendo el modo en que debe ser valorada la prueba, señaló una gacetilla de la Fiscalía..