Nuevo juicio por falta de perspectiva: “No bajar los brazos fue clave”

Una mujer de Madryn llevó a juicio a su agresor por violación. Su abogada lo defendió diciendo que la víctima es obesa, que su cliente tiene contextura física chica y no podría haberle sacado las calzas (palabras más, palabras menos). Él, fue absuelto. Fiscalía apeló. La Corte consideró que las 3 juezas que firmaron el fallo no lo hicieron con “perspectiva de género” y dictó la nulidad. El Superior Tribunal de Chubut, opinó igual y ordenó un nuevo juicio. Entrevista a la fiscal del caso, María Angélica Cárcano.

María Angélica Cárcano, fiscal general.
06 JUL 2025 - 9:52 | Actualizado 06 JUL 2025 - 12:23

Por Lorena Leeming / Redacción Jornada

“No bajar los brazos fue la clave”, expresó a Jornada la fiscal de Puerto Madryn, María Angélica Cárcano. Se refirió a la decisión de la Corte Suprema de la Nación y luego del Superior Tribunal de Chubut, de desestimar la absolución (que sellaron tres juezas más el Superior Tribunal con su anterior conformación) de un hombre acusado de violar a su exmujer basado en la “duda” y darle lugar a la apelación de Fiscalía. Es decir, hacer un nuevo juicio.

El fundamento es que no se aplicó en el fallo de tres juezas chubutenses (Patricia Reyes, Patricia Asaro y Marcela Pérez) la “perspectiva de género”. En principio se alegó que la víctima no pudo sostener todo el relato, pero por otro lado, se admitía que las pruebas coincidían con una violación. Fue estigmatizada: la defensora del hombre dijo que no podría haber sido abusada por su cliente porque es ella obesa y él “muy flaquito”, además de tener una calza difícil se sacar. El nuevo debate oral espera fecha.

María Angélica es clara en sus palabras. Explicó que desarrollar un proceso con perspectiva de género es también tener en cuenta el contexto. Entender que una mujer habla cuando puede y en este caso, la víctima ni siguiera pudo repetir las “malas palabras” que le propinaba su agresor.

Fue cronológica. En primera instancia, el Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible su recurso “con la anterior conformación” o sea “no nos dejó ir más allá. Entonces, la Procuración General intentó interponer el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de justicia de la Nación ya en agosto de 2018”, recurso que no fue admitido por el Superior, por lo que finalmente se llega a la Corte por queja, recordó Cárcano.

Ya en esa instancia, el doctor Eduardo Casal, desde la PGN (Procuración General de la Nación), sostuvo que “se había cercenado de manera arbitraria la vía recursiva intentada por la acusacion publica, es decir cercenado un acceso efectivo a la justicia por parte de la víctima, habiendo desechado prematuramente: la impugnación”.

Falencia técnica

La fiscal aseguró que todo el tiempo, se hizo especial referencia en que esto había sucedido en un contexto de violencia de género. “La omisión de ese enfoque no era una falencia técnica sino algo más grave, una vulneración del derecho de acceso a la justicia de las mujeres que son víctimas de violencia”, reiteró.

La dicotomía que se presenta en esta causa y que también remarca la fiscal Angélica Cárcano es que “en la primera instancia lo que se dice es que se prueba todo, pero que aún así tienen dudas. El tribunal entiende que la víctima tendría que haber dado más detalles y que la Fiscalía tendría que haber preguntado más insistentemente determinadas circunstancias” dijo, dando a entender a claras que de perspectiva de género, eso no tiene nada.

Aclaró la fiscal que “se tomaron los dichos de la víctima por separado sin contemplar la totalidad de la prueba. Y esa victima valorada en su realidad. Es así cuando hablamos de niñas o adolescentes, pero estamos hablando de una mujer mayor de edad, con vergüenza”, aclaró.

"Imposible: es obesa"

Algo más grave pasó en el primer juicio. Parte de la defensa oficial ponía en crisis el abuso sexual agravado por acceso carnal porque que la defensora “se preguntaba cómo podía hacer con esas características físicas ella (una mujer obesa) y el señor un poco más chiquito o con contextura física chica, podría sacarle la calza. Sí, claramente fue una estigmatización total y absoluta y que afectó sin dudas a la víctima”, remarcó.

Consultada respecto a que si en el próximo debate oral en el que se lleve nuevamente al agresor a Tribunales, la mujer deberá declarar nuevamente, la fiscal confirmó que sí. “Nosotros tenemos comunicación con la señora y la señora está bien. Está tranquila y dispuesta a declarar”, indicó.

Cárcano fue más profundo en la causa. “La absolución del imputado lo fue sobre el beneficio de la duda, inobservando normas procesales de una correcta valoración de las pruebas”.

"Contexto de violencia"

Hace hincapié puntualmente en los dichos del doctor Casal de la Corte Suprema. “Y es donde nosotros pusimos la lupa desde el mismo día que iniciamos el debate, que ese suceso investigado, el accionar del imputado, tuvo lugar en un claro contexto de violencia de género contra su expareja”, reveló.
Entonces -agrega la fiscal- “esto no podía quedar sin transcurrir un debate donde se valoraran las pruebas correctamente. Entonces lo que dice el doctor Casal palabras más palabras menos es que entendía que había una injustificada y arbitraria privación de la garantía de una doble instancia es decir que claramente debe declarar procedente la queja que había interpuesto la Procuración”.

Razón por la cual “deja sin efecto la resolución y devolver las actuaciones a su origen. ¿Qué hizo la Corte? Bueno, la Corte en noviembre del año 2024 dice que sí, que el doctor Casal tiene razón, que se hace lugar a la queja, se declara procedente del recurso extraordinario y deja sin efecto la sentencia”.
Y agrega: “La apelación del Ministerio Público Fiscal que nosotros habíamos interpuesto hacia mayo del año 2018, revoca la sentencia donde se absuelve este señor y deciden remitir la causa a la Oficina Judicial para hacer un nuevo juicio”.

María Angélica Cárcano, que forma parte de la Agencia de Género de Puerto Madryn, explicó que es éste un caso en el que “hay una realidad y que era una víctima que pudo hablar cuando pudo hablar y hasta dónde pudo hablar, a pesar de ser mayor de edad. Una víctima que le costaba hasta decir malas palabras cosas que había recibido en ese contexto de violencia de género en la audiencia porque estaba ante extraños. Es decir, esto es muy importante, el error es cuando nosotros sesgamos las pruebas”.

“Sorprendida”

No opinó sobre el criterio de las juezas Patricia Asaro, Marcela Gómez y Patricia Reyes que realizaron el primer fallo absolutorio, sino que solamente aseguró haberse sorprendido que no hayan sido tan valoradas las pruebas realizadas por pericias que indicaban la comisión del delito sino “ el haber exigido a la víctima esto de que pudiera contar con lujos de detalles cosas que claramente no podía. También entiendo y tengo que ser sincera que la perspectiva de género es algo que se ha construido con el tiempo. Es una construcción que entendió la obligación y que la violación a derechos que son básicos de la mujer, no es violación a cualquier derecho, es violación a derechos humanos”, remarcó.

Y en ese punto aclaró: “fallar con perspectiva, no depende del género de los sentenciantes, lo que si, es una obligación que se impone a todos los operadores.

Para finalizar, la fiscal Angélica Cárcano aseguró estar esperando la fecha de la realización del nuevo debate oral y agradeció el minucioso trabajo de la Comisaría de la Mujer, Brigada de Investigaciones. SAVD y desde la Procuración General, Jorge Miquelarena, Alejandro Franco , Fabian Papaiani y equipo.

María Angélica Cárcano, fiscal general.
06 JUL 2025 - 9:52

Por Lorena Leeming / Redacción Jornada

“No bajar los brazos fue la clave”, expresó a Jornada la fiscal de Puerto Madryn, María Angélica Cárcano. Se refirió a la decisión de la Corte Suprema de la Nación y luego del Superior Tribunal de Chubut, de desestimar la absolución (que sellaron tres juezas más el Superior Tribunal con su anterior conformación) de un hombre acusado de violar a su exmujer basado en la “duda” y darle lugar a la apelación de Fiscalía. Es decir, hacer un nuevo juicio.

El fundamento es que no se aplicó en el fallo de tres juezas chubutenses (Patricia Reyes, Patricia Asaro y Marcela Pérez) la “perspectiva de género”. En principio se alegó que la víctima no pudo sostener todo el relato, pero por otro lado, se admitía que las pruebas coincidían con una violación. Fue estigmatizada: la defensora del hombre dijo que no podría haber sido abusada por su cliente porque es ella obesa y él “muy flaquito”, además de tener una calza difícil se sacar. El nuevo debate oral espera fecha.

María Angélica es clara en sus palabras. Explicó que desarrollar un proceso con perspectiva de género es también tener en cuenta el contexto. Entender que una mujer habla cuando puede y en este caso, la víctima ni siguiera pudo repetir las “malas palabras” que le propinaba su agresor.

Fue cronológica. En primera instancia, el Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible su recurso “con la anterior conformación” o sea “no nos dejó ir más allá. Entonces, la Procuración General intentó interponer el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de justicia de la Nación ya en agosto de 2018”, recurso que no fue admitido por el Superior, por lo que finalmente se llega a la Corte por queja, recordó Cárcano.

Ya en esa instancia, el doctor Eduardo Casal, desde la PGN (Procuración General de la Nación), sostuvo que “se había cercenado de manera arbitraria la vía recursiva intentada por la acusacion publica, es decir cercenado un acceso efectivo a la justicia por parte de la víctima, habiendo desechado prematuramente: la impugnación”.

Falencia técnica

La fiscal aseguró que todo el tiempo, se hizo especial referencia en que esto había sucedido en un contexto de violencia de género. “La omisión de ese enfoque no era una falencia técnica sino algo más grave, una vulneración del derecho de acceso a la justicia de las mujeres que son víctimas de violencia”, reiteró.

La dicotomía que se presenta en esta causa y que también remarca la fiscal Angélica Cárcano es que “en la primera instancia lo que se dice es que se prueba todo, pero que aún así tienen dudas. El tribunal entiende que la víctima tendría que haber dado más detalles y que la Fiscalía tendría que haber preguntado más insistentemente determinadas circunstancias” dijo, dando a entender a claras que de perspectiva de género, eso no tiene nada.

Aclaró la fiscal que “se tomaron los dichos de la víctima por separado sin contemplar la totalidad de la prueba. Y esa victima valorada en su realidad. Es así cuando hablamos de niñas o adolescentes, pero estamos hablando de una mujer mayor de edad, con vergüenza”, aclaró.

"Imposible: es obesa"

Algo más grave pasó en el primer juicio. Parte de la defensa oficial ponía en crisis el abuso sexual agravado por acceso carnal porque que la defensora “se preguntaba cómo podía hacer con esas características físicas ella (una mujer obesa) y el señor un poco más chiquito o con contextura física chica, podría sacarle la calza. Sí, claramente fue una estigmatización total y absoluta y que afectó sin dudas a la víctima”, remarcó.

Consultada respecto a que si en el próximo debate oral en el que se lleve nuevamente al agresor a Tribunales, la mujer deberá declarar nuevamente, la fiscal confirmó que sí. “Nosotros tenemos comunicación con la señora y la señora está bien. Está tranquila y dispuesta a declarar”, indicó.

Cárcano fue más profundo en la causa. “La absolución del imputado lo fue sobre el beneficio de la duda, inobservando normas procesales de una correcta valoración de las pruebas”.

"Contexto de violencia"

Hace hincapié puntualmente en los dichos del doctor Casal de la Corte Suprema. “Y es donde nosotros pusimos la lupa desde el mismo día que iniciamos el debate, que ese suceso investigado, el accionar del imputado, tuvo lugar en un claro contexto de violencia de género contra su expareja”, reveló.
Entonces -agrega la fiscal- “esto no podía quedar sin transcurrir un debate donde se valoraran las pruebas correctamente. Entonces lo que dice el doctor Casal palabras más palabras menos es que entendía que había una injustificada y arbitraria privación de la garantía de una doble instancia es decir que claramente debe declarar procedente la queja que había interpuesto la Procuración”.

Razón por la cual “deja sin efecto la resolución y devolver las actuaciones a su origen. ¿Qué hizo la Corte? Bueno, la Corte en noviembre del año 2024 dice que sí, que el doctor Casal tiene razón, que se hace lugar a la queja, se declara procedente del recurso extraordinario y deja sin efecto la sentencia”.
Y agrega: “La apelación del Ministerio Público Fiscal que nosotros habíamos interpuesto hacia mayo del año 2018, revoca la sentencia donde se absuelve este señor y deciden remitir la causa a la Oficina Judicial para hacer un nuevo juicio”.

María Angélica Cárcano, que forma parte de la Agencia de Género de Puerto Madryn, explicó que es éste un caso en el que “hay una realidad y que era una víctima que pudo hablar cuando pudo hablar y hasta dónde pudo hablar, a pesar de ser mayor de edad. Una víctima que le costaba hasta decir malas palabras cosas que había recibido en ese contexto de violencia de género en la audiencia porque estaba ante extraños. Es decir, esto es muy importante, el error es cuando nosotros sesgamos las pruebas”.

“Sorprendida”

No opinó sobre el criterio de las juezas Patricia Asaro, Marcela Gómez y Patricia Reyes que realizaron el primer fallo absolutorio, sino que solamente aseguró haberse sorprendido que no hayan sido tan valoradas las pruebas realizadas por pericias que indicaban la comisión del delito sino “ el haber exigido a la víctima esto de que pudiera contar con lujos de detalles cosas que claramente no podía. También entiendo y tengo que ser sincera que la perspectiva de género es algo que se ha construido con el tiempo. Es una construcción que entendió la obligación y que la violación a derechos que son básicos de la mujer, no es violación a cualquier derecho, es violación a derechos humanos”, remarcó.

Y en ese punto aclaró: “fallar con perspectiva, no depende del género de los sentenciantes, lo que si, es una obligación que se impone a todos los operadores.

Para finalizar, la fiscal Angélica Cárcano aseguró estar esperando la fecha de la realización del nuevo debate oral y agradeció el minucioso trabajo de la Comisaría de la Mujer, Brigada de Investigaciones. SAVD y desde la Procuración General, Jorge Miquelarena, Alejandro Franco , Fabian Papaiani y equipo.