Por Rolando Tobarez / Redacción Jornada
Dos casos de presunto abuso sexual en Rawson en perjuicio de una menor fueron declarados prescriptos y el imputado fue sobreseído. Es porque la acusación se presentó cuando ya los plazos estaban vencidos. Lo decidió la jueza María Laura Martini, que además envió el expediente al procurador general Jorge Miquelarena para que no se reiteren los graves errores que se cometieron en la investigación.
La jueza consideró que hubo “una mala actuación del Ministerio Público Fiscal haciendo incurrir en error al magistrado interviniente e insistiendo con la presentación de una acusación cuando los hechos habían prescripto en manos de la Fiscalía”.
“Habiendo analizado todas las opciones posibles surgidas de una investigación fiscal poco comprometida, cualquiera sea la elegida todas conducen a la extinción de la acción”, subrayó.
Un episodio estaba calificado como abuso simple; el otro, abuso con acceso carnal.
En 2021 la joven denunció que el primer abuso ocurrió entre sus 7 y 8 años y el segundo, entre sus 7 y 9 años. También declararon familiares. Esas “actas” no tienen firma ni se grabaron.
Pasó todo 2022 hasta marzo de 2023 sin que el Ministerio Público Fiscal realizara ninguna medida.
Ese mes la propia fiscal Florencia Gómez recibió una nueva entrevista a la joven. Ese testimonio no se agregó al legajo ni tiene firmas ni se halló el CD. En esa ocasión agregó un tercer abuso. Pero 2023 pasó sin más diligencias.
En 2024 se entrevistó a una persona en cuyo cumpleaños habría ocurrido el tercer episodio que la víctima ya había revelado un año antes.
El 22 de febrero de ese año la Fiscalía pidió abrir la investigación. Al sospechoso le imputaron ese hecho y otro con acceso carnal en otra casa.
Hubo allanamientos, inspecciones, planimetrías, informes fotográficos, pedidos al Hospital de Rawson y hasta una pericia genética en el Laboratorio Regional de Investigación Forense en Comodoro Rivadavia.
El 30 de agosto de 2024 se presentó la acusación. El escrito estaba a nombre de la fiscal Gómez. La Fiscalía pedía un jurado popular.
Al analizar la cronología basada en los datos de Fiscalía, la jueza Martini explicó que si el primer abuso simple ocurrió en el verano de 2012, entonces estaba prescripto desde el verano de 2022, mucho antes de que el sospechoso fuera citado a la primera audiencia en 2024. “Ese segundo hecho jamás hubiera podido superar el tamiz de la audiencia preliminar toda vez que no contaba con fundamentación alguna plasmada en el escrito ni evidencia alguna”.
“Fue un hecho sacado de la galera –graficó Martini-, basado en aquella entrevista que habría ocurrido el 16 de marzo de 2023, mantenida por la fiscal con la joven”. Esa entrevista “incomprensiblemente no se agregó al legajo de prueba”.
Peor aún: el año del presunto abuso no era 2012 sino 2011 y la pesquisa original no detectó este error. Es que ocurrió cerca del cumpleaños de otra persona cercana a la víctima. Nadie le pidió la partida de nacimiento ni le preguntó nada para fijar fechas. Tiempo después se verificó que esa persona había cumplido añosen 2011. La conclusión era simple: habían pasado diez años y el hecho vinculado a ese festejo había prescripto.
Como ocurrió el mismo 2011, el hecho más grave con acceso carnal en la casa también estaba caído: su plazo era de 12 años y prescribió en enero de 2023, a dos años de radicada la denuncia y sin solicitud de apertura del MPF.
La denuncia estaba agravada por el vínculo pero nunca se certificó si el imputado era familiar de la víctima. Hasta se pidió una pericia genética con una muestra de ADN del padre del imputado, “sin acta ni constancia alguna de su conformidad ni de que se le hubiera explicado que con esa diligencia podría perjudicar a su hijo (…) Es decir, la inconsistencia de la acusación fue más allá del planteo de prescripción”, subrayó la magistrada.
Martini subrayó lo grave de que la mala pesquisa haya “frustrado” las expectativas de la joven de llevar su caso a juicio y la confianza depositada en Fiscalía.
Cheuquemán entrevistó a la denunciante para explicarle la caída de la causa. Seguirá asistida por el Servicio de Atención a la Víctima del Delito.
“Se debe reflexionar seriamente sobre el tratamiento que debe darse a estos casos donde se investigan hechos de los más aberrantes como los delitos contra la integridad sexual de las personas, donde la presunta víctima revestía la doble condición de niña/mujer”.
La joven “pretendió obtener la tutela judicial efectiva garantizada por nuestras leyes y Tratados Internacionales; sin embargo por inobservancia de los plazos, por inacción estatal, no se impulsó la acción dentro del tiempo que se tuvo”.
La jueza calificó de “llamativo y grave” advertir que desde la denuncia y hasta prácticamente dos años después, los plazos estuvieron vigentes y Fiscalía pudo pedir la apertura de la investigación. Y luego pasó otro año más hasta que lo hizo en febrero de 2023.
No es un caso aislado en Rawson. Durante el proceso Fiscalía invocó un antecedente similar. “Ocurrió una situación semejante con intervención de los mismos actores del MPF, prescribiéndose un hecho de abuso sexual por la inacción estatal”, dijo Martini.
“Los Estados están obligados a ejercer una debida diligencia reforzada para prevenir casos de violencia contra las mujeres y en caso de que suceda, procurar su debida investigación y persecución, garantizándole su participación en el proceso, y evitando su revictimización institucional”.
En la audiencia donde se pidió la prescripción, el actual fiscal Cheuquemán –que no estuvo a cargo de la causa- reveló que el tercer presunto episodio “no surge de ninguna de las declaraciones de la víctima dentro del legajo de evidencias”.
“Sostener una acusación sabiendo que la acción penal está legalmente extinguida sería contrario al principio de objetividad que rige la actuación del MPF y un actuar negligente pues la Fiscalía está llamada a resguardar los recursos del Estado, y no exponerlo a un dispendio patrimonial innecesario”, admitió.
El defensor público Miguel Moyano apuntó por su parte “cierta tozudez” de la fiscal Gómez. “Presentó acusación frente a un caso que ya estaba prescripto, se seguía insistiendo e insistiendo (…) Debió haberse evitado todo este dispendio o desgaste jurídico que es innecesario e inconveniente (…) Esto nos debe interpelar a todos para llevar adelante los casos bajo un criterio de responsabilidad y seriedad”.
Por Rolando Tobarez / Redacción Jornada
Dos casos de presunto abuso sexual en Rawson en perjuicio de una menor fueron declarados prescriptos y el imputado fue sobreseído. Es porque la acusación se presentó cuando ya los plazos estaban vencidos. Lo decidió la jueza María Laura Martini, que además envió el expediente al procurador general Jorge Miquelarena para que no se reiteren los graves errores que se cometieron en la investigación.
La jueza consideró que hubo “una mala actuación del Ministerio Público Fiscal haciendo incurrir en error al magistrado interviniente e insistiendo con la presentación de una acusación cuando los hechos habían prescripto en manos de la Fiscalía”.
“Habiendo analizado todas las opciones posibles surgidas de una investigación fiscal poco comprometida, cualquiera sea la elegida todas conducen a la extinción de la acción”, subrayó.
Un episodio estaba calificado como abuso simple; el otro, abuso con acceso carnal.
En 2021 la joven denunció que el primer abuso ocurrió entre sus 7 y 8 años y el segundo, entre sus 7 y 9 años. También declararon familiares. Esas “actas” no tienen firma ni se grabaron.
Pasó todo 2022 hasta marzo de 2023 sin que el Ministerio Público Fiscal realizara ninguna medida.
Ese mes la propia fiscal Florencia Gómez recibió una nueva entrevista a la joven. Ese testimonio no se agregó al legajo ni tiene firmas ni se halló el CD. En esa ocasión agregó un tercer abuso. Pero 2023 pasó sin más diligencias.
En 2024 se entrevistó a una persona en cuyo cumpleaños habría ocurrido el tercer episodio que la víctima ya había revelado un año antes.
El 22 de febrero de ese año la Fiscalía pidió abrir la investigación. Al sospechoso le imputaron ese hecho y otro con acceso carnal en otra casa.
Hubo allanamientos, inspecciones, planimetrías, informes fotográficos, pedidos al Hospital de Rawson y hasta una pericia genética en el Laboratorio Regional de Investigación Forense en Comodoro Rivadavia.
El 30 de agosto de 2024 se presentó la acusación. El escrito estaba a nombre de la fiscal Gómez. La Fiscalía pedía un jurado popular.
Al analizar la cronología basada en los datos de Fiscalía, la jueza Martini explicó que si el primer abuso simple ocurrió en el verano de 2012, entonces estaba prescripto desde el verano de 2022, mucho antes de que el sospechoso fuera citado a la primera audiencia en 2024. “Ese segundo hecho jamás hubiera podido superar el tamiz de la audiencia preliminar toda vez que no contaba con fundamentación alguna plasmada en el escrito ni evidencia alguna”.
“Fue un hecho sacado de la galera –graficó Martini-, basado en aquella entrevista que habría ocurrido el 16 de marzo de 2023, mantenida por la fiscal con la joven”. Esa entrevista “incomprensiblemente no se agregó al legajo de prueba”.
Peor aún: el año del presunto abuso no era 2012 sino 2011 y la pesquisa original no detectó este error. Es que ocurrió cerca del cumpleaños de otra persona cercana a la víctima. Nadie le pidió la partida de nacimiento ni le preguntó nada para fijar fechas. Tiempo después se verificó que esa persona había cumplido añosen 2011. La conclusión era simple: habían pasado diez años y el hecho vinculado a ese festejo había prescripto.
Como ocurrió el mismo 2011, el hecho más grave con acceso carnal en la casa también estaba caído: su plazo era de 12 años y prescribió en enero de 2023, a dos años de radicada la denuncia y sin solicitud de apertura del MPF.
La denuncia estaba agravada por el vínculo pero nunca se certificó si el imputado era familiar de la víctima. Hasta se pidió una pericia genética con una muestra de ADN del padre del imputado, “sin acta ni constancia alguna de su conformidad ni de que se le hubiera explicado que con esa diligencia podría perjudicar a su hijo (…) Es decir, la inconsistencia de la acusación fue más allá del planteo de prescripción”, subrayó la magistrada.
Martini subrayó lo grave de que la mala pesquisa haya “frustrado” las expectativas de la joven de llevar su caso a juicio y la confianza depositada en Fiscalía.
Cheuquemán entrevistó a la denunciante para explicarle la caída de la causa. Seguirá asistida por el Servicio de Atención a la Víctima del Delito.
“Se debe reflexionar seriamente sobre el tratamiento que debe darse a estos casos donde se investigan hechos de los más aberrantes como los delitos contra la integridad sexual de las personas, donde la presunta víctima revestía la doble condición de niña/mujer”.
La joven “pretendió obtener la tutela judicial efectiva garantizada por nuestras leyes y Tratados Internacionales; sin embargo por inobservancia de los plazos, por inacción estatal, no se impulsó la acción dentro del tiempo que se tuvo”.
La jueza calificó de “llamativo y grave” advertir que desde la denuncia y hasta prácticamente dos años después, los plazos estuvieron vigentes y Fiscalía pudo pedir la apertura de la investigación. Y luego pasó otro año más hasta que lo hizo en febrero de 2023.
No es un caso aislado en Rawson. Durante el proceso Fiscalía invocó un antecedente similar. “Ocurrió una situación semejante con intervención de los mismos actores del MPF, prescribiéndose un hecho de abuso sexual por la inacción estatal”, dijo Martini.
“Los Estados están obligados a ejercer una debida diligencia reforzada para prevenir casos de violencia contra las mujeres y en caso de que suceda, procurar su debida investigación y persecución, garantizándole su participación en el proceso, y evitando su revictimización institucional”.
En la audiencia donde se pidió la prescripción, el actual fiscal Cheuquemán –que no estuvo a cargo de la causa- reveló que el tercer presunto episodio “no surge de ninguna de las declaraciones de la víctima dentro del legajo de evidencias”.
“Sostener una acusación sabiendo que la acción penal está legalmente extinguida sería contrario al principio de objetividad que rige la actuación del MPF y un actuar negligente pues la Fiscalía está llamada a resguardar los recursos del Estado, y no exponerlo a un dispendio patrimonial innecesario”, admitió.
El defensor público Miguel Moyano apuntó por su parte “cierta tozudez” de la fiscal Gómez. “Presentó acusación frente a un caso que ya estaba prescripto, se seguía insistiendo e insistiendo (…) Debió haberse evitado todo este dispendio o desgaste jurídico que es innecesario e inconveniente (…) Esto nos debe interpelar a todos para llevar adelante los casos bajo un criterio de responsabilidad y seriedad”.