El juez civil Gustavo Antoun condenó a la Provincia a pagarle a la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos de Sarmiento Limitada la suma de $ 221.809.905,89 en un plazo de 10 días, por la energía que provee para el funcionamiento del acueducto que desde el Lago Musters abastece a esa localidad, a Comodoro Rivadavia, Rada Tilly y Caleta Olivia. Según el magistrado, el Contrato de Concesión que se firmó el 23 de noviembre de 2013 obliga a que la COOPSAR cobre por suministrar esa electricidad.
Para evitar nuevos juicios por el mismo tema y que los chubutenses sigan pagando costas, el magistrado ordenó además que en 30 días se determine el monto de la deuda restante que Provincia mantiene con la Cooperativa. Los negociadores serán un representante de Provincia y un consejero de la Cooperativa, asistidos por un contador perito por cada parte. Todo lo pagará la Provincia, incluidas las costas de la demanda.
La condena se podrá cumplir en 6 cuotas bimestrales iguales. Y si en 30 días no hay acuerdo sobre el monto adeudado, lo calculará el mismo juez.
Antoún exhortó a las partes para que “con cooperación y buena fe establezcan mediante un convenio definitivo la relación que mantendrán en el futuro de modo de evitar nuevos entuertos que conduzcan a juicios”.
Hace años que la Cooperativa de Sarmiento reclama que la Provincia le pague la energía que brinda para que el acueducto funcione. Es la empresa de servicios la que recibe las facturas de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima. Según la sentencia, la falta de pago “arrastró a la COOPSAR a una situación económicamente grave”.
Aunque hubo reclamos administrativos previos, no hubo respuesta de Fontana 50. “La Provincia mantuvo su actitud omisiva, tanto en el pago como en resolver la petición en su fuero y el riesgo de ejecución por parte de CAMMESA que intimó a COOPSAR asumir los pagos y sin la atención de la deuda por parte del obligado principal, la posibilidad de afrontar con fondos propios ese consumo eléctrico que insume el acueducto excede sus posibilidades económicas”.
Según un informe de CAMMESA “desde marzo de 2019 hasta agosto de 2020, en un total de 18 meses vencidos, la Cooperativa abonó menos del 10 % de un mes de facturación, siendo su último pago el de mayo de 2019. La Cooperativa hace más de 15 meses que no realiza pagos al MEM”.
El juez razonó que en estas condiciones son los socios de Sarmiento quienes terminan subsidiando un sistema que abastece a las ciudades vecinas y que le pertenece a la Provincia. Si la COOPSAR dejar de pagarle al mercado mayorista, se corta el suministro de agua.
En el contrato del acueducto las partes convinieron que el costo de la electricidad era a cargo de la Provincia. “Al no pagar desde 2015 a la Cooperativa y haciendo que ésta deba pagar lo que el sistema acueducto requería para su funcionamiento, dejó de desembolsar una suma igual a la que COOPSAR debió afrontar”.
“Por lo gráfico y significativo podría trazarse un paralelismo entre la denominación que se concede a quienes añaden un cable a la red eléctrica de una ciudad o de un vecino para obtener suministro en su hogar. Quien así procede se ha “colgado” de la red eléctrica ya que no abona lo que consume”, comparó Antoun.
Al revisar la historia del reclamo, el magistrado también criticó cómo “la burocracia administrativa provincial” trató el tema: “No parece haberle resultado importante aún cuando se trata de un servicio público esencial, como lo reconocieron sus funcionarios”.
“No resulta cómodo ni simple a la lógica entender cómo quienes expresan la voluntad estatal desconozcan la calidad de acreedor de quien por años aporta a un acueducto de esta trascendencia la energía necesaria para que ciudades como Comodoro y Rada Tilly cuenten con agua potable”.
Antoun advirtió sobre el “estruendoso silencio” de los funcionarios: “Sus argumentos, algunos sorprendentes por lo inconducentes, no han hecho más que ratificar el derecho de COOPSAR (…) La ilogicidad de cada nota y de cada opinión de cada uno de los ingenieros que dedicaron su tiempo a la tarea jurídica de interpretar el Contrato es tan patente como patética y condujeron a la Provincia a esta instancia, pudiendo haberlo evitado”.
Aunque cada funcionario confirmó la recepción de facturas remitidas por COOPSAR, el Ministerio de Economía en agosto de 2020 niega haberlas recibido “remitiendo a notas que muestran cómo pasaron de un organismo a otro deslindando cada uno su capacidad de atender -entiéndase tramitar con atención- el reclamo que a estas alturas ya tenía 5 años de vida”.
Por la importancia del servicio público en juego, el juez exhortó a las partes a que dialoguen establezcan con un convenio definitivo la relación que mantendrán en el futuro “de modo de evitar nuevos desencuentros y juicios”.

El juez civil Gustavo Antoun condenó a la Provincia a pagarle a la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos de Sarmiento Limitada la suma de $ 221.809.905,89 en un plazo de 10 días, por la energía que provee para el funcionamiento del acueducto que desde el Lago Musters abastece a esa localidad, a Comodoro Rivadavia, Rada Tilly y Caleta Olivia. Según el magistrado, el Contrato de Concesión que se firmó el 23 de noviembre de 2013 obliga a que la COOPSAR cobre por suministrar esa electricidad.
Para evitar nuevos juicios por el mismo tema y que los chubutenses sigan pagando costas, el magistrado ordenó además que en 30 días se determine el monto de la deuda restante que Provincia mantiene con la Cooperativa. Los negociadores serán un representante de Provincia y un consejero de la Cooperativa, asistidos por un contador perito por cada parte. Todo lo pagará la Provincia, incluidas las costas de la demanda.
La condena se podrá cumplir en 6 cuotas bimestrales iguales. Y si en 30 días no hay acuerdo sobre el monto adeudado, lo calculará el mismo juez.
Antoún exhortó a las partes para que “con cooperación y buena fe establezcan mediante un convenio definitivo la relación que mantendrán en el futuro de modo de evitar nuevos entuertos que conduzcan a juicios”.
Hace años que la Cooperativa de Sarmiento reclama que la Provincia le pague la energía que brinda para que el acueducto funcione. Es la empresa de servicios la que recibe las facturas de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima. Según la sentencia, la falta de pago “arrastró a la COOPSAR a una situación económicamente grave”.
Aunque hubo reclamos administrativos previos, no hubo respuesta de Fontana 50. “La Provincia mantuvo su actitud omisiva, tanto en el pago como en resolver la petición en su fuero y el riesgo de ejecución por parte de CAMMESA que intimó a COOPSAR asumir los pagos y sin la atención de la deuda por parte del obligado principal, la posibilidad de afrontar con fondos propios ese consumo eléctrico que insume el acueducto excede sus posibilidades económicas”.
Según un informe de CAMMESA “desde marzo de 2019 hasta agosto de 2020, en un total de 18 meses vencidos, la Cooperativa abonó menos del 10 % de un mes de facturación, siendo su último pago el de mayo de 2019. La Cooperativa hace más de 15 meses que no realiza pagos al MEM”.
El juez razonó que en estas condiciones son los socios de Sarmiento quienes terminan subsidiando un sistema que abastece a las ciudades vecinas y que le pertenece a la Provincia. Si la COOPSAR dejar de pagarle al mercado mayorista, se corta el suministro de agua.
En el contrato del acueducto las partes convinieron que el costo de la electricidad era a cargo de la Provincia. “Al no pagar desde 2015 a la Cooperativa y haciendo que ésta deba pagar lo que el sistema acueducto requería para su funcionamiento, dejó de desembolsar una suma igual a la que COOPSAR debió afrontar”.
“Por lo gráfico y significativo podría trazarse un paralelismo entre la denominación que se concede a quienes añaden un cable a la red eléctrica de una ciudad o de un vecino para obtener suministro en su hogar. Quien así procede se ha “colgado” de la red eléctrica ya que no abona lo que consume”, comparó Antoun.
Al revisar la historia del reclamo, el magistrado también criticó cómo “la burocracia administrativa provincial” trató el tema: “No parece haberle resultado importante aún cuando se trata de un servicio público esencial, como lo reconocieron sus funcionarios”.
“No resulta cómodo ni simple a la lógica entender cómo quienes expresan la voluntad estatal desconozcan la calidad de acreedor de quien por años aporta a un acueducto de esta trascendencia la energía necesaria para que ciudades como Comodoro y Rada Tilly cuenten con agua potable”.
Antoun advirtió sobre el “estruendoso silencio” de los funcionarios: “Sus argumentos, algunos sorprendentes por lo inconducentes, no han hecho más que ratificar el derecho de COOPSAR (…) La ilogicidad de cada nota y de cada opinión de cada uno de los ingenieros que dedicaron su tiempo a la tarea jurídica de interpretar el Contrato es tan patente como patética y condujeron a la Provincia a esta instancia, pudiendo haberlo evitado”.
Aunque cada funcionario confirmó la recepción de facturas remitidas por COOPSAR, el Ministerio de Economía en agosto de 2020 niega haberlas recibido “remitiendo a notas que muestran cómo pasaron de un organismo a otro deslindando cada uno su capacidad de atender -entiéndase tramitar con atención- el reclamo que a estas alturas ya tenía 5 años de vida”.
Por la importancia del servicio público en juego, el juez exhortó a las partes a que dialoguen establezcan con un convenio definitivo la relación que mantendrán en el futuro “de modo de evitar nuevos desencuentros y juicios”.