FeMPINRA celebró el fallo judicial que anuló el protocolo antipiquetes

El Secretario General, Juan Carlos Schmid dijo que “este fallo de primera instancia es de suma importancia para la discusión que viene y para la defensa irrestricta del derecho a la protesta y de la acción sindical, pilares esenciales de toda democracia”.

Juan Carlos Schmid, Secretario General de la FeMPINRA.
29 DIC 2025 - 19:56 | Actualizado 29 DIC 2025 - 20:33

La Federación Marítima, Portuaria y de la Industria Naval de la República Argentina (FeMPINRA) celebró el fallo del juez federal Martín Cormick que declaró la nulidad del denominado protocolo antipiquetes, dispuesto por el Ministerio de Seguridad como marco de actuación de las fuerzas de seguridad frente a manifestaciones sociales y cortes de calle. Al respecto, el Secretario General de la FeMPINRA, Juan Carlos Schmid, afirmó: “Este fallo de primera instancia es de suma importancia para la discusión que viene y para la defensa irrestricta del derecho a la protesta y de la acción sindical, pilares esenciales de toda democracia”.

El magistrado sostuvo que el protocolo en cuestión lesionó de manera manifiesta los derechos de reunión, de protesta y de petición a las autoridades en forma pacífica, garantizados por el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, así como por los tratados internacionales de derechos humanos allí incorporados. El fallo cita, además, antecedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y hace especial referencia al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En ese marco, la Federación recordó que, al tratarse de un amparo colectivo, FeMPINRA adhirió formalmente a la acción judicial interpuesta por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), tal como consta expresamente en la sentencia. “Nuestra organización se encuentra entre las entidades alcanzadas por los efectos de la nulidad de esta resolución inconstitucional de Bullrich, que pretendió criminalizar la protesta social y disciplinar la acción sindical”, señalaron desde FeMPINRA.

Asimismo, la Federación rememoró que en diciembre de 2023 participó activamente de las movilizaciones convocadas por la Confederación General del Trabajo en rechazo al Decreto 70/23. A raíz de ello, y junto a otras organizaciones sindicales, fue objeto de la aplicación del protocolo antipiquetes, recibiendo cartas documento que oportunamente fueron rechazadas por improcedentes y violatorias de derechos básicos.

En ese sentido, Schmid –también Secretario General de la poderosa Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT)– remarcó: “No podemos dejar de señalar que el juez también descalifica la modificación del artículo 194 del Código Penal y que la inconstitucional resolución de Bullrich implica un avance contra lo previsto por la Ley de Seguridad Interior y la Ley de Inteligencia”.

Finalmente, desde la FeMPINRA reafirmaron su compromiso con la defensa de los derechos laborales, sindicales y democráticos, y advirtieron que continuarán alertas frente a cualquier intento de cercenar las libertades públicas. “La protesta social no es un delito. Es una herramienta legítima de los trabajadores. Vamos a seguir defendiendo ese derecho en las calles y en los tribunales”, concluyó Schmid.

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Juan Carlos Schmid, Secretario General de la FeMPINRA.
29 DIC 2025 - 19:56

La Federación Marítima, Portuaria y de la Industria Naval de la República Argentina (FeMPINRA) celebró el fallo del juez federal Martín Cormick que declaró la nulidad del denominado protocolo antipiquetes, dispuesto por el Ministerio de Seguridad como marco de actuación de las fuerzas de seguridad frente a manifestaciones sociales y cortes de calle. Al respecto, el Secretario General de la FeMPINRA, Juan Carlos Schmid, afirmó: “Este fallo de primera instancia es de suma importancia para la discusión que viene y para la defensa irrestricta del derecho a la protesta y de la acción sindical, pilares esenciales de toda democracia”.

El magistrado sostuvo que el protocolo en cuestión lesionó de manera manifiesta los derechos de reunión, de protesta y de petición a las autoridades en forma pacífica, garantizados por el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, así como por los tratados internacionales de derechos humanos allí incorporados. El fallo cita, además, antecedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y hace especial referencia al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En ese marco, la Federación recordó que, al tratarse de un amparo colectivo, FeMPINRA adhirió formalmente a la acción judicial interpuesta por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), tal como consta expresamente en la sentencia. “Nuestra organización se encuentra entre las entidades alcanzadas por los efectos de la nulidad de esta resolución inconstitucional de Bullrich, que pretendió criminalizar la protesta social y disciplinar la acción sindical”, señalaron desde FeMPINRA.

Asimismo, la Federación rememoró que en diciembre de 2023 participó activamente de las movilizaciones convocadas por la Confederación General del Trabajo en rechazo al Decreto 70/23. A raíz de ello, y junto a otras organizaciones sindicales, fue objeto de la aplicación del protocolo antipiquetes, recibiendo cartas documento que oportunamente fueron rechazadas por improcedentes y violatorias de derechos básicos.

En ese sentido, Schmid –también Secretario General de la poderosa Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT)– remarcó: “No podemos dejar de señalar que el juez también descalifica la modificación del artículo 194 del Código Penal y que la inconstitucional resolución de Bullrich implica un avance contra lo previsto por la Ley de Seguridad Interior y la Ley de Inteligencia”.

Finalmente, desde la FeMPINRA reafirmaron su compromiso con la defensa de los derechos laborales, sindicales y democráticos, y advirtieron que continuarán alertas frente a cualquier intento de cercenar las libertades públicas. “La protesta social no es un delito. Es una herramienta legítima de los trabajadores. Vamos a seguir defendiendo ese derecho en las calles y en los tribunales”, concluyó Schmid.