Cerró la investigación por presunta contaminación en Nahuelpan

Para formalizar una investigación penal no basta con una sospecha o una denuncia, sino que se necesitan ciertas bases sólidas, en primer lugar evidencias claras de que se estaría frente a un delito, argumentó la fiscal jefa María Bottini.


22 ABR 2026 - 15:38 | Actualizado 22 ABR 2026 - 15:50

La fiscal jefa de Esquel, María Bottini, confirmó el archivo de la causa por presunta contaminación en territorio de la comunidad Nahuelpan, tras analizar los informes científicos y legales.

Al explicar los motivos, la funcionaria indicó que para formalizar una investigación penal no basta con una sospecha o una denuncia, sino que se necesitan ciertas bases sólidas, en primer lugar evidencias claras de que se estaría frente a un delito. Bajo esta premisa -agregó-, decidió confirmar el archivo de la investigación iniciada a partir de la denuncia de la comunidad Nahuelpan.

A continuación, desglosó los puntos clave para entender por qué la Fiscalía considera que, hoy por hoy, no hay elementos para seguir adelante.

Riesgo permitido

Bottini puntualizó que el nudo del conflicto radica en la presencia de sustancias como níquel, cobalto e hidrocarburos en el suelo y el agua. Si bien una medición realizada en el 2021 había encendido las alarmas, los estudios más recientes de 2024 brindan un panorama más claro.

Añadió sobre resultados científicos, que las muestras analizadas por el Laboratorio IACA de Bahía Blanca, con participación de peritos tanto de la Fiscalía como de la querella, determinaron que los valores actuales están dentro de los límites legales.

Como conclusión, la fiscal jefa señaló que en términos legales, esto se denomina "riesgo permitido". Significa que aunque existan trazas de estas sustancias, su concentración es tan baja, que no representan un peligro real para la salud humana o el medio ambiente, según la ley vigente.

La diferencia

Por su parte el Juez Penal José Luis Ennis, había sugerido que se debía investigar qué pasó en 2021, cuando los valores eran distintos. Sin embargo, María Bottini sostiene que la justicia penal no puede actuar sobre fotos viejas, si la realidad actual muestra que no hay peligro.

Para que exista un delito ambiental (según el Código Penal y la Ley de Residuos Peligrosos), no basta con que algo esté "sucio";debe haber un peligro concreto para la salud pública. Al confirmarse que en 2024 los niveles son normales, el sustento para una acusación penal se desvanece, amplió la fiscal.

No acusar por acusar

Uno de los puntos más firmes de la Dra. Bottini es el "pronóstico de éxito". Un fiscal responsable -subrayó- no debe avanzar en un proceso si sabe que no tiene pruebas suficientes para llegar a una condena.

"No es propio de un fiscal responsable avanzar hacia instancias procesales, sin tener elementos que permitan pasar la vara de cada una de ellas", manifestó haciendo hincapié en que deben ser objetivos y no dejarse llevar únicamente por el deseo de litigar si las evidencias científicas dicen lo contrario.

Falta de nuevas pruebas

Finalmente, la resolución señala que tras más de un año desde los últimos movimientos importantes del legajo, la parte denunciante no ha aportado nuevas pruebas que justifiquen reabrir el caso. La abogada de la comunidad presentó una discrepancia con el cierre, pero para la Fiscalía, disentir con una decisión no es lo mismo que presentar una evidencia nueva que demuestre un delito.

En resumen, la Fiscalía archivó el caso porque: los estudios científicos de 2024 demuestran que los valores del suelo están dentro de la norma; no se puede probar un peligro actual para la salud de los vecinos; no se ha podido identificar a personas específicas realizando actos criminales concretos, y no hay pruebas nuevas que contradigan los informes técnicos ambientales.

Enterate de las noticias de POLICIALES a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.

22 ABR 2026 - 15:38

La fiscal jefa de Esquel, María Bottini, confirmó el archivo de la causa por presunta contaminación en territorio de la comunidad Nahuelpan, tras analizar los informes científicos y legales.

Al explicar los motivos, la funcionaria indicó que para formalizar una investigación penal no basta con una sospecha o una denuncia, sino que se necesitan ciertas bases sólidas, en primer lugar evidencias claras de que se estaría frente a un delito. Bajo esta premisa -agregó-, decidió confirmar el archivo de la investigación iniciada a partir de la denuncia de la comunidad Nahuelpan.

A continuación, desglosó los puntos clave para entender por qué la Fiscalía considera que, hoy por hoy, no hay elementos para seguir adelante.

Riesgo permitido

Bottini puntualizó que el nudo del conflicto radica en la presencia de sustancias como níquel, cobalto e hidrocarburos en el suelo y el agua. Si bien una medición realizada en el 2021 había encendido las alarmas, los estudios más recientes de 2024 brindan un panorama más claro.

Añadió sobre resultados científicos, que las muestras analizadas por el Laboratorio IACA de Bahía Blanca, con participación de peritos tanto de la Fiscalía como de la querella, determinaron que los valores actuales están dentro de los límites legales.

Como conclusión, la fiscal jefa señaló que en términos legales, esto se denomina "riesgo permitido". Significa que aunque existan trazas de estas sustancias, su concentración es tan baja, que no representan un peligro real para la salud humana o el medio ambiente, según la ley vigente.

La diferencia

Por su parte el Juez Penal José Luis Ennis, había sugerido que se debía investigar qué pasó en 2021, cuando los valores eran distintos. Sin embargo, María Bottini sostiene que la justicia penal no puede actuar sobre fotos viejas, si la realidad actual muestra que no hay peligro.

Para que exista un delito ambiental (según el Código Penal y la Ley de Residuos Peligrosos), no basta con que algo esté "sucio";debe haber un peligro concreto para la salud pública. Al confirmarse que en 2024 los niveles son normales, el sustento para una acusación penal se desvanece, amplió la fiscal.

No acusar por acusar

Uno de los puntos más firmes de la Dra. Bottini es el "pronóstico de éxito". Un fiscal responsable -subrayó- no debe avanzar en un proceso si sabe que no tiene pruebas suficientes para llegar a una condena.

"No es propio de un fiscal responsable avanzar hacia instancias procesales, sin tener elementos que permitan pasar la vara de cada una de ellas", manifestó haciendo hincapié en que deben ser objetivos y no dejarse llevar únicamente por el deseo de litigar si las evidencias científicas dicen lo contrario.

Falta de nuevas pruebas

Finalmente, la resolución señala que tras más de un año desde los últimos movimientos importantes del legajo, la parte denunciante no ha aportado nuevas pruebas que justifiquen reabrir el caso. La abogada de la comunidad presentó una discrepancia con el cierre, pero para la Fiscalía, disentir con una decisión no es lo mismo que presentar una evidencia nueva que demuestre un delito.

En resumen, la Fiscalía archivó el caso porque: los estudios científicos de 2024 demuestran que los valores del suelo están dentro de la norma; no se puede probar un peligro actual para la salud de los vecinos; no se ha podido identificar a personas específicas realizando actos criminales concretos, y no hay pruebas nuevas que contradigan los informes técnicos ambientales.