La médica que atendió al joven fue condenada por homicidio culposo tras comprobarse que la atención brindada en una guardia médica resultó insuficiente frente al grave cuadro clínico que presentaba el paciente. La Justicia concluyó que una intervención adecuada “muy probablemente hubiera cambiado el destino” de la víctima. La sentencia fue homologada durante un juicio abreviado en el que la imputada terminó admitiendo su responsabilidad.
LA CONDENA QUE RECIBIÓ LA MÉDICA
Como parte del acuerdo entre la Fiscalía, la querella y la defensa, la pena será de tres años de prisión condicional y diez años de inhabilitación especial para ejercer medicina clínica y realizar guardias médicas. La médica además deberá cumplir reglas de conducta durante tres años, entre ellas fijar domicilio, informar cualquier cambio de residencia y presentarse ante el organismo de control correspondiente.
LA ATENCIÓN MÉDICA QUE RECIBIÓ THOMÁS OCTAVO
Según reconstruyó el Ministerio Público Fiscal de Río Negro, Thomás comenzó con síntomas durante su estadía en Bariloche y, en Buenos Aires, fue atendido el 24 de octubre en una unidad sanitaria de Valentín Alsina. De acuerdo con la acusación, pese a que la familia informó síntomas persistentes, la médica no realizó un examen físico completo ni solicitó estudios básicos que permitieran detectar la severidad del cuadro.
Un día después, el adolescente murió producto de una falla multiorgánica provocada por una sepsis derivada de Streptococcus Pyogenes. Los informes periciales incorporados a la causa señalaron que un diagnóstico oportuno y la administración temprana de antibióticos podrían haber modificado la evolución de la enfermedad. El juez sostuvo que existieron múltiples incumplimientos al deber de cuidado profesional y valoró especialmente el reconocimiento de responsabilidad realizado por la acusada durante la audiencia judicial.#

La médica que atendió al joven fue condenada por homicidio culposo tras comprobarse que la atención brindada en una guardia médica resultó insuficiente frente al grave cuadro clínico que presentaba el paciente. La Justicia concluyó que una intervención adecuada “muy probablemente hubiera cambiado el destino” de la víctima. La sentencia fue homologada durante un juicio abreviado en el que la imputada terminó admitiendo su responsabilidad.
LA CONDENA QUE RECIBIÓ LA MÉDICA
Como parte del acuerdo entre la Fiscalía, la querella y la defensa, la pena será de tres años de prisión condicional y diez años de inhabilitación especial para ejercer medicina clínica y realizar guardias médicas. La médica además deberá cumplir reglas de conducta durante tres años, entre ellas fijar domicilio, informar cualquier cambio de residencia y presentarse ante el organismo de control correspondiente.
LA ATENCIÓN MÉDICA QUE RECIBIÓ THOMÁS OCTAVO
Según reconstruyó el Ministerio Público Fiscal de Río Negro, Thomás comenzó con síntomas durante su estadía en Bariloche y, en Buenos Aires, fue atendido el 24 de octubre en una unidad sanitaria de Valentín Alsina. De acuerdo con la acusación, pese a que la familia informó síntomas persistentes, la médica no realizó un examen físico completo ni solicitó estudios básicos que permitieran detectar la severidad del cuadro.
Un día después, el adolescente murió producto de una falla multiorgánica provocada por una sepsis derivada de Streptococcus Pyogenes. Los informes periciales incorporados a la causa señalaron que un diagnóstico oportuno y la administración temprana de antibióticos podrían haber modificado la evolución de la enfermedad. El juez sostuvo que existieron múltiples incumplimientos al deber de cuidado profesional y valoró especialmente el reconocimiento de responsabilidad realizado por la acusada durante la audiencia judicial.#