Fallo: autorizaron a una joven a cambiar de género dos veces

En 2021 una chica pidió cambiar su género y documentarse como varón. Luego, tras un duro proceso emocional y de salud, solicitó rectificar lo pedido y volver a su identidad de nacimiento. Una jueza de Rawson la autorizó.

09 JUN 2026 - 12:50 | Actualizado 09 JUN 2026 - 12:56

Una joven optó en 2021 por cambiar su género. Pidió que la documentación fuera masculina como se autopercibía. Sin Embargo, tras un duro proceso emocional y de salud, quiso volver a la identidad con la cual nació. La jueza de Rawson Daniela Pino autorizó la petición de la joven aplicando el criterio de que “la ley de identidad no es un dato estátito ni inmutable”.
Asimismo, la magistrada pidió rectificar sus documentos por segunda vez para volver a su nombre y género femenino originales.
La titular del Juzgado de Familia de Rawson, Daniela Pino, debió autorizar a una joven estudiante a rectificar sus documentos por segunda vez para volver a su nombre y género femenino anterior.

El fallo destaca la importancia de que la documentación oficial coincida con la vivencia interna de la persona, especialmente ante hitos importantes como la obtención de un título universitario.

La joven había optado en 2021 por una rectificación administrativa al género masculino. Sin embargo, tras atravesar un profundo proceso emocional y de salud, concluyó que su verdadera identidad era con la cual nació.
Al encontrarse próxima a finalizar su carrera de Licenciatura en Turismo, solicitó judicialmente un nuevo cambio para que su diploma profesional refleje su identidad actual.

La escucha judicial

Para resolver, la jueza de familia mantuvo una entrevista personal con la joven y requirió la intervención del Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI). Los informes profesionales fueron concluyentes al señalar que la decisión de la joven era fruto de una elaboración psíquica genuina, firme y madura, realizada con el acompañamiento de su entorno afectivo y dispositivos de salud especializados.

La sentencia se fundamentó en que la identidad no es un dato estático ni inmutable, sino una construcción que permite a los seres humanos desarrollarse según su equilibrio biopsicosocial.

La magistrada subrayó que existen “justos motivos” para este cambio, ya que la portación de una identidad que no comulga con la realidad interna de la persona atenta contra sus derechos fundamentales.

Con este fallo, el Registro Civil deberá emitir una nueva partida de nacimiento y DNI que reconozca a la joven volver al nombre y género femenino que tenía anteriormente.

Fuente: Area de Comunicación Superior Tribunal de Justicia.

09 JUN 2026 - 12:50

Una joven optó en 2021 por cambiar su género. Pidió que la documentación fuera masculina como se autopercibía. Sin Embargo, tras un duro proceso emocional y de salud, quiso volver a la identidad con la cual nació. La jueza de Rawson Daniela Pino autorizó la petición de la joven aplicando el criterio de que “la ley de identidad no es un dato estátito ni inmutable”.
Asimismo, la magistrada pidió rectificar sus documentos por segunda vez para volver a su nombre y género femenino originales.
La titular del Juzgado de Familia de Rawson, Daniela Pino, debió autorizar a una joven estudiante a rectificar sus documentos por segunda vez para volver a su nombre y género femenino anterior.

El fallo destaca la importancia de que la documentación oficial coincida con la vivencia interna de la persona, especialmente ante hitos importantes como la obtención de un título universitario.

La joven había optado en 2021 por una rectificación administrativa al género masculino. Sin embargo, tras atravesar un profundo proceso emocional y de salud, concluyó que su verdadera identidad era con la cual nació.
Al encontrarse próxima a finalizar su carrera de Licenciatura en Turismo, solicitó judicialmente un nuevo cambio para que su diploma profesional refleje su identidad actual.

La escucha judicial

Para resolver, la jueza de familia mantuvo una entrevista personal con la joven y requirió la intervención del Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI). Los informes profesionales fueron concluyentes al señalar que la decisión de la joven era fruto de una elaboración psíquica genuina, firme y madura, realizada con el acompañamiento de su entorno afectivo y dispositivos de salud especializados.

La sentencia se fundamentó en que la identidad no es un dato estático ni inmutable, sino una construcción que permite a los seres humanos desarrollarse según su equilibrio biopsicosocial.

La magistrada subrayó que existen “justos motivos” para este cambio, ya que la portación de una identidad que no comulga con la realidad interna de la persona atenta contra sus derechos fundamentales.

Con este fallo, el Registro Civil deberá emitir una nueva partida de nacimiento y DNI que reconozca a la joven volver al nombre y género femenino que tenía anteriormente.

Fuente: Area de Comunicación Superior Tribunal de Justicia.