El máximo tribunal de Justicia de la provincia de Chubut confirmó la sentencia contra Nelson Gabriel Jalú, condenado a once años de prisión de efectivo cumplimiento por considerarlo autor penalmente responsable de dos hechos de abuso sexual y dos de estupro, cometidos en un contexto de violencia de género.
La resolución fue adoptada luego del control realizado por el órgano judicial sobre el acuerdo alcanzado entre las partes para la aplicación del procedimiento de juicio abreviado. En ese marco, los magistrados verificaron que el consentimiento prestado por el imputado hubiera sido libre e informado y analizaron los fundamentos de la acusación, la calificación legal de los hechos y la pena acordada.
Durante el proceso también se tuvo en cuenta la participación de la progenitora de la niña víctima. De acuerdo con lo informado por la Asesora de Familia, la mujer conoció los alcances del instituto de juicio abreviado y manifestó su consentimiento respecto de la sanción penal acordada.
Los hechos investigados ocurrieron entre julio de 2023 y julio de 2024 y, según la investigación llevada adelante por la fiscal Rita Barrionuevo, las agresiones sexuales provocaron un grave perjuicio en la salud de la víctima.
El 26 de mayo de 2026 se llevó adelante la instancia judicial en la que se trató la aplicación del procedimiento abreviado para Jalú, quien tenía 33 años al momento del juicio. Luego de escuchar los fundamentos expuestos por la Fiscalía para la utilización de este mecanismo, el juez Ariel Quiroga homologó el acuerdo y dictó la condena de once años de prisión de cumplimiento efectivo.
La decisión del máximo tribunal provincial ratificó posteriormente la sentencia, al considerar que se encontraban cumplidos los requisitos necesarios para la aplicación del procedimiento y que tanto la acusación como la calificación jurídica y la pena acordada se encontraban debidamente fundamentadas.
El máximo tribunal de Justicia de la provincia de Chubut confirmó la sentencia contra Nelson Gabriel Jalú, condenado a once años de prisión de efectivo cumplimiento por considerarlo autor penalmente responsable de dos hechos de abuso sexual y dos de estupro, cometidos en un contexto de violencia de género.
La resolución fue adoptada luego del control realizado por el órgano judicial sobre el acuerdo alcanzado entre las partes para la aplicación del procedimiento de juicio abreviado. En ese marco, los magistrados verificaron que el consentimiento prestado por el imputado hubiera sido libre e informado y analizaron los fundamentos de la acusación, la calificación legal de los hechos y la pena acordada.
Durante el proceso también se tuvo en cuenta la participación de la progenitora de la niña víctima. De acuerdo con lo informado por la Asesora de Familia, la mujer conoció los alcances del instituto de juicio abreviado y manifestó su consentimiento respecto de la sanción penal acordada.
Los hechos investigados ocurrieron entre julio de 2023 y julio de 2024 y, según la investigación llevada adelante por la fiscal Rita Barrionuevo, las agresiones sexuales provocaron un grave perjuicio en la salud de la víctima.
El 26 de mayo de 2026 se llevó adelante la instancia judicial en la que se trató la aplicación del procedimiento abreviado para Jalú, quien tenía 33 años al momento del juicio. Luego de escuchar los fundamentos expuestos por la Fiscalía para la utilización de este mecanismo, el juez Ariel Quiroga homologó el acuerdo y dictó la condena de once años de prisión de cumplimiento efectivo.
La decisión del máximo tribunal provincial ratificó posteriormente la sentencia, al considerar que se encontraban cumplidos los requisitos necesarios para la aplicación del procedimiento y que tanto la acusación como la calificación jurídica y la pena acordada se encontraban debidamente fundamentadas.