A 10 días del inicio del jury en su contra, este viernes el juez de la Cámara de Apelaciones de Esquel, Claudio Petris, presentó su renuncia al cargo ante el Superior Tribunal de Justicia. Lo hizo mediante un mail dirigido a la Presidencia.
El jury de destitución estaba previsto los días 16, 17 y 18 de noviembre en la sala de audiencias del STJ en Rawson, y Petris afrontaba duras denuncias por mal desempeño de sus funciones.
La otra semana el pleno de los ministros discutirá la dimisión y si la acepta, comunicará su decisión al Consejo de la Magistratura y al Tribunal de Enjuiciamiento para que archiven el proceso.
Petris había quedado en el centro de la discusión pública a mediados de 2025. Era presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios, y enfrentó decisiones del STJ; incluso iba a denunciar penalmente a los ministros por hechos luego descartados por el Ministerio Público Fiscal.
A raíz de publicaciones periodísticas trascendieron versiones sobre su desempeño en los últimos años, que derivaron en una denuncia presentada ante el Consejo por el fiscal de Estado Andrés Meiszner.
Luego de un sumario, el Consejo elevó la causa a un jury. Petris, que había pedido licencia, fue suspendido en sus funciones por el Tribunal de Enjuiciamiento endiciembre de ese año.
En las últimas horas el camarista terminó de decidir su alejamiento luego de que el 29 de octubre una resolución del Tribunal rechazara varios pedidos de la Asociación de Magistrados, cuyo principal objetivo era constituirse en “amicus curiae”. Petris interpretó que esta decisión contra los pares que intentaban acompañarlo terminaba de quitarle todo respaldo institucional.
El “gremio” de los jueces, por ejemplo, había pedido en un escrito designar a Sonia Donatti y Mónica Rodríguez como “veedoras” del proceso. El Tribunal aceptó el nombramiento pero sólo como un simbólico “acto de organización interna” de Magistrados: ninguna podría tener investidura oficial ni poder para fiscalizar el proceso ni derecho alguno en el jury.
Como la “veeduría” intentada no está prevista por la ley, el Tribunal también le denegó a la Asociación tener vista del expediente, obtener copias de las actuaciones de modo indiscriminado, participar en el debate, intervenir en las diligencias, alegar, formular planteos, acceder a sesiones reservadas ni recibir notificaciones como si fuesen parte del proceso.
Si los Magistrados querían consultar u obtener copias de alguna documentación, recibirían el mismo tratamiento que cualquier ciudadano, siempre pagando los insumos y bajo reserva legal de acuerdo a cada contenido, en los términos de la Ley de Acceso a la Información Pública.
Y si los afiliados a la Asociación querían presenciar las audiencias de debate públicas, podrían hacerlo en las mismas condiciones que el resto del público, sin derechos ni autorizaciones especiales.
El Tribunal también les aclaró a los Magistrados que no había obligación de proveerles información ni reportes especiales sobre el proceso. No podrían inspeccionar ni fiscalizar la prueba. Si la Asociación quería elaborar informes de uso interno, “sería actividad de su exclusiva responsabilidad”, dice la resolución.
El último punto acepta los domicilios que la Asociación presentó pero sólo como datos de contacto y no bajo la necesidad de notificarles nada.
“El proceso no es un ámbito asociativo ni un foro abierto a intervenciones discrecionalmente escogidas sino un procedimiento de responsabilidad institucional sometido a reglas de competencia, defensa, prueba, debate y decisión”, dice la resolución.
A la decisión la firmaron la ministra y titular del Tribunal, Camila Banfi, la diputada María Andrea Aguilera y los abogados del foro César Mahia y Claudia Maranzana.
Cabe recordar que Petris iba a ser acusado por una Comisión integrada por los consejeros Rafael Lucchelli, Facundo Lazzaro y Fernando Peralta. Debido a la complejidad del caso, los iba a asesorar el penalista de Trelew Fabián Gabalachis. Y la defensa la iba a ejercer Fernando Javier Zvilling.
A 10 días del inicio del jury en su contra, este viernes el juez de la Cámara de Apelaciones de Esquel, Claudio Petris, presentó su renuncia al cargo ante el Superior Tribunal de Justicia. Lo hizo mediante un mail dirigido a la Presidencia.
El jury de destitución estaba previsto los días 16, 17 y 18 de noviembre en la sala de audiencias del STJ en Rawson, y Petris afrontaba duras denuncias por mal desempeño de sus funciones.
La otra semana el pleno de los ministros discutirá la dimisión y si la acepta, comunicará su decisión al Consejo de la Magistratura y al Tribunal de Enjuiciamiento para que archiven el proceso.
Petris había quedado en el centro de la discusión pública a mediados de 2025. Era presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios, y enfrentó decisiones del STJ; incluso iba a denunciar penalmente a los ministros por hechos luego descartados por el Ministerio Público Fiscal.
A raíz de publicaciones periodísticas trascendieron versiones sobre su desempeño en los últimos años, que derivaron en una denuncia presentada ante el Consejo por el fiscal de Estado Andrés Meiszner.
Luego de un sumario, el Consejo elevó la causa a un jury. Petris, que había pedido licencia, fue suspendido en sus funciones por el Tribunal de Enjuiciamiento endiciembre de ese año.
En las últimas horas el camarista terminó de decidir su alejamiento luego de que el 29 de octubre una resolución del Tribunal rechazara varios pedidos de la Asociación de Magistrados, cuyo principal objetivo era constituirse en “amicus curiae”. Petris interpretó que esta decisión contra los pares que intentaban acompañarlo terminaba de quitarle todo respaldo institucional.
El “gremio” de los jueces, por ejemplo, había pedido en un escrito designar a Sonia Donatti y Mónica Rodríguez como “veedoras” del proceso. El Tribunal aceptó el nombramiento pero sólo como un simbólico “acto de organización interna” de Magistrados: ninguna podría tener investidura oficial ni poder para fiscalizar el proceso ni derecho alguno en el jury.
Como la “veeduría” intentada no está prevista por la ley, el Tribunal también le denegó a la Asociación tener vista del expediente, obtener copias de las actuaciones de modo indiscriminado, participar en el debate, intervenir en las diligencias, alegar, formular planteos, acceder a sesiones reservadas ni recibir notificaciones como si fuesen parte del proceso.
Si los Magistrados querían consultar u obtener copias de alguna documentación, recibirían el mismo tratamiento que cualquier ciudadano, siempre pagando los insumos y bajo reserva legal de acuerdo a cada contenido, en los términos de la Ley de Acceso a la Información Pública.
Y si los afiliados a la Asociación querían presenciar las audiencias de debate públicas, podrían hacerlo en las mismas condiciones que el resto del público, sin derechos ni autorizaciones especiales.
El Tribunal también les aclaró a los Magistrados que no había obligación de proveerles información ni reportes especiales sobre el proceso. No podrían inspeccionar ni fiscalizar la prueba. Si la Asociación quería elaborar informes de uso interno, “sería actividad de su exclusiva responsabilidad”, dice la resolución.
El último punto acepta los domicilios que la Asociación presentó pero sólo como datos de contacto y no bajo la necesidad de notificarles nada.
“El proceso no es un ámbito asociativo ni un foro abierto a intervenciones discrecionalmente escogidas sino un procedimiento de responsabilidad institucional sometido a reglas de competencia, defensa, prueba, debate y decisión”, dice la resolución.
A la decisión la firmaron la ministra y titular del Tribunal, Camila Banfi, la diputada María Andrea Aguilera y los abogados del foro César Mahia y Claudia Maranzana.
Cabe recordar que Petris iba a ser acusado por una Comisión integrada por los consejeros Rafael Lucchelli, Facundo Lazzaro y Fernando Peralta. Debido a la complejidad del caso, los iba a asesorar el penalista de Trelew Fabián Gabalachis. Y la defensa la iba a ejercer Fernando Javier Zvilling.