El Hoyo: doble sueldo

El Tribunal de Cuentas de la provincia dijo que el concejal Walter Pérez no puede cobrar como edil y como empleado público.

31 JUL 2013 - 22:58 | Actualizado

El intendente de El Hoyo, Mirco Szudruk, elevó al Concejo Deliberante un informe relacionado con la situación laboral del concejal justicialista Walter Pérez, documentación que incluye el dictamen 49/13 del asesor legal del Tribunal de Cuentas de la Provincia, Gonzalo Torrejón, que declara la incompatibilidad de ambos cargos por los que Pérez ha percibido doble remuneración: por un lado como agente de la Administración Provincial, estando bajo licencia política con goce de sueldo; y la dieta de concejal y gastos compensatorios.

Con fecha 25 de julio el Tribunal dio respuesta al expediente de consulta caratulado: “Municipalidad de El Hoyo S/Consulta dieta concejal Pérez Walter Darío (nota 413/13)”. Considerando los dictámenes del asesor legal y del contador fiscal, el Tribunal comparte en todos sus términos la declaración de incompatibilidad.

Asimismo ratifica el alcance del marco legal del artículo 60 de la ley XVI N° 46, que los agentes de la Administración Pública gozan automáticamente de licencia y perciben la remuneración de su cargo en la administración, o bien optan por ejercer la licencia política sin goce de sueldo para percibir la dieta de más de ocho días de viático como concejal, en ambos casos prestan servicio activos sólo como concejal. Por otra parte no pueden percibir dinero en concepto de gastos compensatorios sin que le corresponda una rendición de cuenta con fines específicos. #

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31 JUL 2013 - 22:58

El intendente de El Hoyo, Mirco Szudruk, elevó al Concejo Deliberante un informe relacionado con la situación laboral del concejal justicialista Walter Pérez, documentación que incluye el dictamen 49/13 del asesor legal del Tribunal de Cuentas de la Provincia, Gonzalo Torrejón, que declara la incompatibilidad de ambos cargos por los que Pérez ha percibido doble remuneración: por un lado como agente de la Administración Provincial, estando bajo licencia política con goce de sueldo; y la dieta de concejal y gastos compensatorios.

Con fecha 25 de julio el Tribunal dio respuesta al expediente de consulta caratulado: “Municipalidad de El Hoyo S/Consulta dieta concejal Pérez Walter Darío (nota 413/13)”. Considerando los dictámenes del asesor legal y del contador fiscal, el Tribunal comparte en todos sus términos la declaración de incompatibilidad.

Asimismo ratifica el alcance del marco legal del artículo 60 de la ley XVI N° 46, que los agentes de la Administración Pública gozan automáticamente de licencia y perciben la remuneración de su cargo en la administración, o bien optan por ejercer la licencia política sin goce de sueldo para percibir la dieta de más de ocho días de viático como concejal, en ambos casos prestan servicio activos sólo como concejal. Por otra parte no pueden percibir dinero en concepto de gastos compensatorios sin que le corresponda una rendición de cuenta con fines específicos. #


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