Suspenden juicio porque el acusado dice tener altos picos de stress

Es el caso del homicidio culposo de Carlos Ogas, ocurrido en Comodoro. El imputado "stressado" se llama Jorge Adrián Cleland.

14 NOV 2013 - 22:34 | Actualizado

Por un certificado de stress, en la mañana de ayer se suspendió por el término de un mes una audiencia de juicio oral y público en relación a un hecho acontecido el pasado 7 de agosto de 2005 en la curva del Chalet Huergo de Comodoro Rivadavia, que tiene como imputado a Jorge Adrián Cleland y como víctima a Carlos Ogas. En la fecha el imputado presentó un certificado médico por stress y el fiscal que lleva la causa, Juan Carlos Caperochipi, solicitó al juez libre una orden de detención en su contra atento a no considerar procedente la suspensión del debate. Finalmente el juez penal resolvió en definitiva la suspensión de la audiencia.

Cabe mencionar que por distintas circunstancias se trataba de la tercera oportunidad en la que el caso es llevado a juicio. Lo dilatado del proceso se ha basado fundamentalmente en que la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia ha tenido que revertir diversas resoluciones de jueces penales que han intervenido en instancias de debate anterior.

Revocación

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut había hecho lugar a un recurso extraordinario en torno al sobreseimiento “por vencimiento de plazo razonable” con el cual fue beneficiado Jorge Cleland durante el juicio al que fue sometido en diciembre de 2009 por el homicidio culposo de Carlos Ogas, y reenvió la causa para que se rehaga el juicio. La Oficina Judicial fijó fecha para el 25 y 26 de junio.

Carlos Antonio Ogas tenía 41 años cuando falleció en un accidente de tránsito que desmembró su grupo familiar. El hecho ocurrió el 7 de agosto de 2005 cuando el hombre, junto a un compañero de trabajo, regresaba a su casa en un remis tras culminar su jornada laboral.

A las 5:20 de esa fatídica mañana, una Ford Ranger (dominio EIO-318) que era conducida por Jorge Adrián Cleland se cruzó de carril a la altura de la curva del Chalet Huergo e impactó en el lateral izquierdo de un Chevrolet Corsa (dominio EVX-487) que funcionaba como remis de la Agencia Austral. El mismo era conducido por Hugo Hidalgo, quien trasladaba a Ogas y a su compañero de trabajo, Rodrigo Russo.

Ogas viajaba en el asiento trasero, justo detrás del conductor y a raíz del violento impacto falleció en forma instantánea. El chofer del remis, en tanto, debió ser rescatado por los bomberos voluntarios y junto al otro pasajero, y el conductor de la camioneta, recibieron asistencia médica por las lesiones que sufrieron.

Desde entonces la esposa de Ogas, Silvia Noemí Ñanco, y sus dos hijos, esperan justicia. Creyeron que el día había llegado después de cuatro años cuando la causa llegó a juicio oral y público. Ese debate se llevó a cabo del 9 al 16 de diciembre de 2009 y fue presidido por la juez penal, Mariel Suárez. La Fiscalía estuvo representada por el fiscal general, Juan Carlos Caperochipi, quien acusó a Cleland -asistido por Gustavo Menna- por homicidio culposo en concurso ideal con lesiones graves culposas.

En esa oportunidad se desarrolló todo el debate, declararon los testigos e incluso el propio imputado. Al momento de los alegatos, el fiscal aseguró que el hecho fue probado. En tal sentido se refirió al exceso de velocidad y al cruce hacia el carril contrario de la Ranger que conducía el imputado, la cual al chocar con el remis en el que viajaban las víctimas causó la muerte de Ogas y lesiones graves en los otros dos ocupantes.

En consecuencia solicitó una pena de cuatro años de prisión para el imputado y 7 de inhabilitación para conducir.

Por su parte el defensor, Gustavo Menna, pidió la absolución de su asistido y planteó la reserva del caso federal por vencimiento del plazo razonable, mientras que en forma subsidiaria solicitó la pena mínima que fija el Código Penal, la cual es de dos años de prisión.

Finalmente, la magistrada resolvió dictar el sobreseimiento de Cleland al advertir que se había vencido el plazo razonable de duración del proceso.

Ese resultado adverso motivó al fiscal a presentar un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia, desde donde se hizo lugar al planteo del acusador público , por lo que se reenvió la causa al Juzgado de origen para que se vuelva a realizar el juicio.

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14 NOV 2013 - 22:34

Por un certificado de stress, en la mañana de ayer se suspendió por el término de un mes una audiencia de juicio oral y público en relación a un hecho acontecido el pasado 7 de agosto de 2005 en la curva del Chalet Huergo de Comodoro Rivadavia, que tiene como imputado a Jorge Adrián Cleland y como víctima a Carlos Ogas. En la fecha el imputado presentó un certificado médico por stress y el fiscal que lleva la causa, Juan Carlos Caperochipi, solicitó al juez libre una orden de detención en su contra atento a no considerar procedente la suspensión del debate. Finalmente el juez penal resolvió en definitiva la suspensión de la audiencia.

Cabe mencionar que por distintas circunstancias se trataba de la tercera oportunidad en la que el caso es llevado a juicio. Lo dilatado del proceso se ha basado fundamentalmente en que la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia ha tenido que revertir diversas resoluciones de jueces penales que han intervenido en instancias de debate anterior.

Revocación

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut había hecho lugar a un recurso extraordinario en torno al sobreseimiento “por vencimiento de plazo razonable” con el cual fue beneficiado Jorge Cleland durante el juicio al que fue sometido en diciembre de 2009 por el homicidio culposo de Carlos Ogas, y reenvió la causa para que se rehaga el juicio. La Oficina Judicial fijó fecha para el 25 y 26 de junio.

Carlos Antonio Ogas tenía 41 años cuando falleció en un accidente de tránsito que desmembró su grupo familiar. El hecho ocurrió el 7 de agosto de 2005 cuando el hombre, junto a un compañero de trabajo, regresaba a su casa en un remis tras culminar su jornada laboral.

A las 5:20 de esa fatídica mañana, una Ford Ranger (dominio EIO-318) que era conducida por Jorge Adrián Cleland se cruzó de carril a la altura de la curva del Chalet Huergo e impactó en el lateral izquierdo de un Chevrolet Corsa (dominio EVX-487) que funcionaba como remis de la Agencia Austral. El mismo era conducido por Hugo Hidalgo, quien trasladaba a Ogas y a su compañero de trabajo, Rodrigo Russo.

Ogas viajaba en el asiento trasero, justo detrás del conductor y a raíz del violento impacto falleció en forma instantánea. El chofer del remis, en tanto, debió ser rescatado por los bomberos voluntarios y junto al otro pasajero, y el conductor de la camioneta, recibieron asistencia médica por las lesiones que sufrieron.

Desde entonces la esposa de Ogas, Silvia Noemí Ñanco, y sus dos hijos, esperan justicia. Creyeron que el día había llegado después de cuatro años cuando la causa llegó a juicio oral y público. Ese debate se llevó a cabo del 9 al 16 de diciembre de 2009 y fue presidido por la juez penal, Mariel Suárez. La Fiscalía estuvo representada por el fiscal general, Juan Carlos Caperochipi, quien acusó a Cleland -asistido por Gustavo Menna- por homicidio culposo en concurso ideal con lesiones graves culposas.

En esa oportunidad se desarrolló todo el debate, declararon los testigos e incluso el propio imputado. Al momento de los alegatos, el fiscal aseguró que el hecho fue probado. En tal sentido se refirió al exceso de velocidad y al cruce hacia el carril contrario de la Ranger que conducía el imputado, la cual al chocar con el remis en el que viajaban las víctimas causó la muerte de Ogas y lesiones graves en los otros dos ocupantes.

En consecuencia solicitó una pena de cuatro años de prisión para el imputado y 7 de inhabilitación para conducir.

Por su parte el defensor, Gustavo Menna, pidió la absolución de su asistido y planteó la reserva del caso federal por vencimiento del plazo razonable, mientras que en forma subsidiaria solicitó la pena mínima que fija el Código Penal, la cual es de dos años de prisión.

Finalmente, la magistrada resolvió dictar el sobreseimiento de Cleland al advertir que se había vencido el plazo razonable de duración del proceso.

Ese resultado adverso motivó al fiscal a presentar un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia, desde donde se hizo lugar al planteo del acusador público , por lo que se reenvió la causa al Juzgado de origen para que se vuelva a realizar el juicio.