Ingresó a la Legislatura un proyecto para implementar el juicio por jurados

Lo impone la Constitución provincial pero nunca se cumplió, pese a varios intentos. Los tribunales tendrían 12 miembros por sorteo.

27 MAY 2014 - 22:51 | Actualizado

Finalmente, un grupo de diputados presentó un proyecto de ley para implementar en Chubut el juicio por jurados. Según la fundamentación de la diputada del Frente para la Victoria María José Llanes, la idea es cumplir por fin con lo que dicta la Constitución Provincial: que el juicio se realice por jurados y que se implante la oralidad en todos los procesos. “El pueblo es el sujeto y el titular de la soberanía como único vehículo del poder y de la autoridad”, citó la legisladora comodorense. A la iniciativa la firmaron además Alejandra Johnson Táccari, Elva Willhuber, Adolfo Mariñanco, Juan Ale, Eduardo Daniel, Exequiel Villagra y José Karamarko, el único del Partido Justicialista.

En Chubut en 2005 se presentó el anteproyecto de ley para implementar los juicios por jurados. “Si bien se sancionó sin mayores modificaciones, la Ley de Jurados continuó sin tratamiento”. En 2011 “hubo todo un movimiento en la Legislatura que tomó el anteproyecto de ley, le hizo modificaciones y se comenzó a discutir en la provincia, pero luego no se alcanzó la energía necesaria como para votar esta ley, y que se pusiera en marcha la convocatoria de jurados para concretar el sistema”.

El anteproyecto instala en Chubut dos tipos de juicios: juicio por jurados y juicio con jurados legos. Establece las condiciones para serlo, inhabilidades, incompatibilidades, formación requerida, publicidad y notificación de listas de jurados, composición, deberes y derechos, y condiciones para ser vocal legal, entre otras cosas.

El juicio con jurados es para los delitos cometidos por funcionarios públicos en perjuicio de la Administración Pública. En estos casos se integra minoritariamente por ciudadanos legos, es decir tres jueces técnicos y dos legos. El proyecto aclara que se deberán ajustar detalles del Código Procesal Penal. “Los años transcurridos desde su sanción, aunque no son muchos, han sido generosos en la discusión política y jurídica”. Por ejemplo, se podrán juzgar con jurados los delitos cuya pena supere los 14 años. “En la discusión parlamentaria deberá apelarse a información empírica, determinando, en base a los años anteriores, qué cantidad de casos son llevados a juicio con diferentes pretensiones punitivas. Así podrá establecerse un número razonable de casos para no obturar el sistema ni convertirlo tampoco en una situación altamente excepcional”.

El tribunal tendría doce miembros y dos suplentes, integrado en mitades por varones y mujeres, más un juez de Derecho, director del debate. “En todos los países donde rige el jurado clásico, el índice de veredictos unánimes llega siempre al 96% o 98% de los casos, con lo cual son escasísimos -y justificados por lo ambiguo de la prueba- los juicios que no llegan a la unanimidad y que se deben repetir sólo una vez más”.

En Chubut, la Constitución instituye los jurados para juzgar delitos dolosos cometidos por funcionarios públicos en perjuicio del Estado. El proyecto se remonta a los años de la colonia galesa, donde todas las causas judiciales se trataban con este sistema.

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27 MAY 2014 - 22:51

Finalmente, un grupo de diputados presentó un proyecto de ley para implementar en Chubut el juicio por jurados. Según la fundamentación de la diputada del Frente para la Victoria María José Llanes, la idea es cumplir por fin con lo que dicta la Constitución Provincial: que el juicio se realice por jurados y que se implante la oralidad en todos los procesos. “El pueblo es el sujeto y el titular de la soberanía como único vehículo del poder y de la autoridad”, citó la legisladora comodorense. A la iniciativa la firmaron además Alejandra Johnson Táccari, Elva Willhuber, Adolfo Mariñanco, Juan Ale, Eduardo Daniel, Exequiel Villagra y José Karamarko, el único del Partido Justicialista.

En Chubut en 2005 se presentó el anteproyecto de ley para implementar los juicios por jurados. “Si bien se sancionó sin mayores modificaciones, la Ley de Jurados continuó sin tratamiento”. En 2011 “hubo todo un movimiento en la Legislatura que tomó el anteproyecto de ley, le hizo modificaciones y se comenzó a discutir en la provincia, pero luego no se alcanzó la energía necesaria como para votar esta ley, y que se pusiera en marcha la convocatoria de jurados para concretar el sistema”.

El anteproyecto instala en Chubut dos tipos de juicios: juicio por jurados y juicio con jurados legos. Establece las condiciones para serlo, inhabilidades, incompatibilidades, formación requerida, publicidad y notificación de listas de jurados, composición, deberes y derechos, y condiciones para ser vocal legal, entre otras cosas.

El juicio con jurados es para los delitos cometidos por funcionarios públicos en perjuicio de la Administración Pública. En estos casos se integra minoritariamente por ciudadanos legos, es decir tres jueces técnicos y dos legos. El proyecto aclara que se deberán ajustar detalles del Código Procesal Penal. “Los años transcurridos desde su sanción, aunque no son muchos, han sido generosos en la discusión política y jurídica”. Por ejemplo, se podrán juzgar con jurados los delitos cuya pena supere los 14 años. “En la discusión parlamentaria deberá apelarse a información empírica, determinando, en base a los años anteriores, qué cantidad de casos son llevados a juicio con diferentes pretensiones punitivas. Así podrá establecerse un número razonable de casos para no obturar el sistema ni convertirlo tampoco en una situación altamente excepcional”.

El tribunal tendría doce miembros y dos suplentes, integrado en mitades por varones y mujeres, más un juez de Derecho, director del debate. “En todos los países donde rige el jurado clásico, el índice de veredictos unánimes llega siempre al 96% o 98% de los casos, con lo cual son escasísimos -y justificados por lo ambiguo de la prueba- los juicios que no llegan a la unanimidad y que se deben repetir sólo una vez más”.

En Chubut, la Constitución instituye los jurados para juzgar delitos dolosos cometidos por funcionarios públicos en perjuicio del Estado. El proyecto se remonta a los años de la colonia galesa, donde todas las causas judiciales se trataban con este sistema.


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