Los Naya, culpables: fueron condenados por el crimen de Emmanuel

Oscar fue encontrado culpable de homicidio simple con dolo eventual, y Eduardo como partícipe necesario. Fiscalía pidió 25 años de prisión y la defensa 8. La pena, el martes.

Preciso momento en que se lee el veredicto. Oscar y Eduardo Naya fueron considerados culpables.
Preciso momento en que se lee el veredicto. Oscar y Eduardo Naya fueron considerados culpables.
10 AGO 2015 - 21:43 | Actualizado

Oscar y Eduardo Naya fueron condenados como autor de homicidio simple con dolo eventual y partícipe primario, respectivamente, por la muerte de Emmanuel Puebla Pires acaecida el 9 de diciembre del año pasado en el pareja denominado “El Sombrerito”, distante a 5 kilómetros de Playa Unión.

La decisión del tribunal conformado por los jueces Darío Arguiano, Sergio Piñeda y Ana Servent no fue unánime. Mientras que la magistrada se pronunció a favor de un homicidio culposo, tanto Arguiano como Piñeda lo hicieron a favor del dolo eventual que prevé una pena que va de los 8 a los 25 años. La diferencia del veredicto no era un dato menor, ya que si primaba la posición de Servent, la pena era mucho más baja para Oscar Naya y la situación de Eduardo iba a ser completamente diferente, ya que en esa situación recuperaba la libertad.

La sentencia se sabrá el próximo martes 18 al mediodía en otra audiencia oral y pública, pero ya no con la presencia ni de los imputados como tampoco de los abogados defensores, quienes solicitaron no comparecer y recibir la decisión tribunalicia vía correo electrónico.

Con una audiencia nuevamente colmada y más personas que en jornadas anteriores en las afueras del edificio del Superior Tribunal de Justicia en Rawson, el tribunal de enjuiciamiento informó sobre su pronunciamiento.

Cesura

Tras el veredicto, sobrevino un cuarto intermedio y se continuó con el juicio de cesura de pena, donde la querella, representada por el doctor Carlos Villada, interrogó a tres testigos presentados por el letrado patrocinante de Susana Pires, la madre de la víctima. A su turno, pasaron el director y vicedirectora de la Escuela provincial Nº 776 de Playa Unión, Jorge Antonena y Silvia Amuchástegi, establecimiento educativo de nivel secundario donde Emmanuel estudiaba, y María Rosa Evans, que era presidente del Bigornia Club, entidad donde el joven muerto trágicamente jugaba al rugby en sus divisiones juveniles.

Los tres expusieron las virtudes del adolescente, sus excelentes calificaciones (en el último año tenía un promedio de 9,05), sus condiciones personales que le permitían ser un referente entre sus compañeros tanto en la faz educativa como deportiva, la presencia permanente de su familia y la conmoción que causó su lamentable deceso. Incluso el mismo abogado hizo mención a raíz de su labor como árbitro de la Unión de Rugby local, la calidad humana de Emmanuel Puebla Pires.

Los pedidos

La fiscal Mirta del Valle Moreno enfatizó que la naturaleza de la acción, los medios para aplicarla y el daño que causó la misma eran agravantes para solicitar una alta pena.

“Esta muerte ha sido con un medio elegido idóneo para producir esta muerte como es el arma que se secuestró (un fusil Mauser 1909) y que se comprobó que fue el arma homicida”, insistió Moreno. “El lugar y la peligrosidad del evento quedó debidamente acreditada por el testimonio de los chicos allí presentes y por uno de los padres de uno de los adolescentes y la participación en ese hecho de los imputados, son todos agravantes”, se refirió luego para añadir que “a ello le sumamos los antecedentes personales como que Oscar Naya es retirado de la Policía con instrucción en armas de fuego y que Eduardo Naya se lo contrató para la matanza de gaviotas por sus dotes de cazador”.

“Sin advertir constancias atenuantes”, Moreno solicitó una pena de 20 años de prisión.

La máxima

Por su parte y coincidiendo con la Fiscalía, Carlos Villada no advirtió “atenuantes algunos para este hecho”, ya que “todos los elementos habidos son agravantes como el conocimiento del lugar que tenían los agravantes y el medio utilizado como un arma de largo alcance con un proyectil destinado a matar”.

“La vasta experiencia de los imputados, el motivo pueril de su accionar vedado por la ley y el desprecio absoluto del bien jurídico tutelado y la extensión del daño, hace que no exista atenuante alguno”, pidiendo 25 años de prisión.

Responsabilidad

Por su parte, el doctor Francisco Romero alegó que “la responsabilidad tiene mucho que ver con la pena y es lo que hemos discutido”.

Tras cuestionar que la Fiscalía no respetó el derecho de objetividad, el abogado defensor de Eduardo Naya se preguntó: “¿Cómo se utiliza como agravante el uso de un rifle sanitario en una actividad lícita contratada por el Estado?” para agregar que “mi defendido no tiene antecedentes penales como tampoco puede ser evaluada con la de Oscar Naya”, sugiriendo que la doctora Moreno “podía haber hecho alguna valoración intelectual mayor” en el uso de su pedido de pena; pidiendo al tribunal que la pena no se eleve al mínimo, es decir 8 años.

Escala de pena

Finalmente, el defensor de Oscar Naya, Gustavo Latorre, hizo hincapié en la atribución de los jueces en cuanto a la escala de pena. “A la hora de definir cuánto tiempo estará privado de la libertad, entramos en un terreno que es discrecionalidad de los magistrados”, dijo. No obstante sostuvo que “si el tema fundamental para el pedido es la extensión del daño partiendo de la base de la muerte, nadie puede decir que una vida vale más que otra, porque si no iríamos a la lógica del dolor de la madre de Emmanuel que pidió perpetua”.

Tras citar la edad de Oscar Naya y el objetivo de la resocialización penitenciaria, Latorre solicitó 8 años de pena.

Luego de los alegatos de los cuatro abogados presentes en la sala de audiencias del STJ, los jueces Arguiano, Piñeda y Servent anunciaron que la sentencia de este caso, será dada el próximo martes 18 en horas del mediodía en un lugar a confirmar por la Oficina Judicial, aunque se descarta que el mismo sitio donde se desarrollaron las jornadas del juicio.

Sentencia

Sin embargo, ante el pedido de Gustavo Latorre y apoyado por Francisco Romero, quienes van a apelar la medida interpuesta por el tribunal ante la Cámara, de no participar de la audiencia oral y pública en donde se escuchará la sentencia, ésta fue autorizada por las partes intervientes. Empero, tanto la representante del Ministerio Público Fiscal rawsense como de la Querella sí se hallarán en la sala en el inicio hábil de la semana venidera, cuando se sepa cuántos años le darán a Oscar y Eduardo Naya como autor de homicidio simple con dolo eventual y partícipe primario en un hecho que conmovió a la comunidad capitalina y que los encuentra detenidos en la Alcaidía policial de Trelew desde hace un período aproximado de ocho meses.#

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Preciso momento en que se lee el veredicto. Oscar y Eduardo Naya fueron considerados culpables.
Preciso momento en que se lee el veredicto. Oscar y Eduardo Naya fueron considerados culpables.
10 AGO 2015 - 21:43

Oscar y Eduardo Naya fueron condenados como autor de homicidio simple con dolo eventual y partícipe primario, respectivamente, por la muerte de Emmanuel Puebla Pires acaecida el 9 de diciembre del año pasado en el pareja denominado “El Sombrerito”, distante a 5 kilómetros de Playa Unión.

La decisión del tribunal conformado por los jueces Darío Arguiano, Sergio Piñeda y Ana Servent no fue unánime. Mientras que la magistrada se pronunció a favor de un homicidio culposo, tanto Arguiano como Piñeda lo hicieron a favor del dolo eventual que prevé una pena que va de los 8 a los 25 años. La diferencia del veredicto no era un dato menor, ya que si primaba la posición de Servent, la pena era mucho más baja para Oscar Naya y la situación de Eduardo iba a ser completamente diferente, ya que en esa situación recuperaba la libertad.

La sentencia se sabrá el próximo martes 18 al mediodía en otra audiencia oral y pública, pero ya no con la presencia ni de los imputados como tampoco de los abogados defensores, quienes solicitaron no comparecer y recibir la decisión tribunalicia vía correo electrónico.

Con una audiencia nuevamente colmada y más personas que en jornadas anteriores en las afueras del edificio del Superior Tribunal de Justicia en Rawson, el tribunal de enjuiciamiento informó sobre su pronunciamiento.

Cesura

Tras el veredicto, sobrevino un cuarto intermedio y se continuó con el juicio de cesura de pena, donde la querella, representada por el doctor Carlos Villada, interrogó a tres testigos presentados por el letrado patrocinante de Susana Pires, la madre de la víctima. A su turno, pasaron el director y vicedirectora de la Escuela provincial Nº 776 de Playa Unión, Jorge Antonena y Silvia Amuchástegi, establecimiento educativo de nivel secundario donde Emmanuel estudiaba, y María Rosa Evans, que era presidente del Bigornia Club, entidad donde el joven muerto trágicamente jugaba al rugby en sus divisiones juveniles.

Los tres expusieron las virtudes del adolescente, sus excelentes calificaciones (en el último año tenía un promedio de 9,05), sus condiciones personales que le permitían ser un referente entre sus compañeros tanto en la faz educativa como deportiva, la presencia permanente de su familia y la conmoción que causó su lamentable deceso. Incluso el mismo abogado hizo mención a raíz de su labor como árbitro de la Unión de Rugby local, la calidad humana de Emmanuel Puebla Pires.

Los pedidos

La fiscal Mirta del Valle Moreno enfatizó que la naturaleza de la acción, los medios para aplicarla y el daño que causó la misma eran agravantes para solicitar una alta pena.

“Esta muerte ha sido con un medio elegido idóneo para producir esta muerte como es el arma que se secuestró (un fusil Mauser 1909) y que se comprobó que fue el arma homicida”, insistió Moreno. “El lugar y la peligrosidad del evento quedó debidamente acreditada por el testimonio de los chicos allí presentes y por uno de los padres de uno de los adolescentes y la participación en ese hecho de los imputados, son todos agravantes”, se refirió luego para añadir que “a ello le sumamos los antecedentes personales como que Oscar Naya es retirado de la Policía con instrucción en armas de fuego y que Eduardo Naya se lo contrató para la matanza de gaviotas por sus dotes de cazador”.

“Sin advertir constancias atenuantes”, Moreno solicitó una pena de 20 años de prisión.

La máxima

Por su parte y coincidiendo con la Fiscalía, Carlos Villada no advirtió “atenuantes algunos para este hecho”, ya que “todos los elementos habidos son agravantes como el conocimiento del lugar que tenían los agravantes y el medio utilizado como un arma de largo alcance con un proyectil destinado a matar”.

“La vasta experiencia de los imputados, el motivo pueril de su accionar vedado por la ley y el desprecio absoluto del bien jurídico tutelado y la extensión del daño, hace que no exista atenuante alguno”, pidiendo 25 años de prisión.

Responsabilidad

Por su parte, el doctor Francisco Romero alegó que “la responsabilidad tiene mucho que ver con la pena y es lo que hemos discutido”.

Tras cuestionar que la Fiscalía no respetó el derecho de objetividad, el abogado defensor de Eduardo Naya se preguntó: “¿Cómo se utiliza como agravante el uso de un rifle sanitario en una actividad lícita contratada por el Estado?” para agregar que “mi defendido no tiene antecedentes penales como tampoco puede ser evaluada con la de Oscar Naya”, sugiriendo que la doctora Moreno “podía haber hecho alguna valoración intelectual mayor” en el uso de su pedido de pena; pidiendo al tribunal que la pena no se eleve al mínimo, es decir 8 años.

Escala de pena

Finalmente, el defensor de Oscar Naya, Gustavo Latorre, hizo hincapié en la atribución de los jueces en cuanto a la escala de pena. “A la hora de definir cuánto tiempo estará privado de la libertad, entramos en un terreno que es discrecionalidad de los magistrados”, dijo. No obstante sostuvo que “si el tema fundamental para el pedido es la extensión del daño partiendo de la base de la muerte, nadie puede decir que una vida vale más que otra, porque si no iríamos a la lógica del dolor de la madre de Emmanuel que pidió perpetua”.

Tras citar la edad de Oscar Naya y el objetivo de la resocialización penitenciaria, Latorre solicitó 8 años de pena.

Luego de los alegatos de los cuatro abogados presentes en la sala de audiencias del STJ, los jueces Arguiano, Piñeda y Servent anunciaron que la sentencia de este caso, será dada el próximo martes 18 en horas del mediodía en un lugar a confirmar por la Oficina Judicial, aunque se descarta que el mismo sitio donde se desarrollaron las jornadas del juicio.

Sentencia

Sin embargo, ante el pedido de Gustavo Latorre y apoyado por Francisco Romero, quienes van a apelar la medida interpuesta por el tribunal ante la Cámara, de no participar de la audiencia oral y pública en donde se escuchará la sentencia, ésta fue autorizada por las partes intervientes. Empero, tanto la representante del Ministerio Público Fiscal rawsense como de la Querella sí se hallarán en la sala en el inicio hábil de la semana venidera, cuando se sepa cuántos años le darán a Oscar y Eduardo Naya como autor de homicidio simple con dolo eventual y partícipe primario en un hecho que conmovió a la comunidad capitalina y que los encuentra detenidos en la Alcaidía policial de Trelew desde hace un período aproximado de ocho meses.#