Un juez calificó de “inoperantes” a organismos de violencia de género

Lo dijo Roberto Casal, magistrado de Sarmiento, tras condenar a un sujeto a 1 año y 6 meses por amenazas y hurto a quien fuera su mujer. La víctima lo había denunciado pero nadie le dio una respuesta.

Roberto Casal. Juez de la causa.
07 MAR 2016 - 22:34 | Actualizado

El juez de Sarmiento, Roberto Casal, resolvió condenar a Daniel Silva (49), como autor penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio y amenazas con arma y hurto contra su exmujer. Asimismo, el magistrado dispuso hacer saber a los titulares del Poder Ejecutivo Municipal y Provincial y al Defensor General Adjunto, que dentro de la órbita de sus competencias y a través de los organismos pertinentes, deberán abocarse, en forma inmediata, a promover la solución de la conflictiva familiar denunciada por la víctima, a los fines de que se le garantice el derecho a vivir una vida sin violencia.

En ese sentido, destacó que “a esta instancia se llegó por la inoperatividad de todos aquellos operadores (provinciales, municipales y judiciales), que no supieron o no quisieron dar una debida respuesta, en tiempo oportuno, a la problemática planteada por las partes en conflicto”.

En este marco, afirmó que “fue la propia víctima, durante el debate, quien señaló que llevaba años padeciendo el hostigamiento de su expareja, sin que nadie la diera respuesta” y que fue confirmada por las operadoras del S.A.V.D y el Equipo Técnico Multidisciplinario.

El acusado recibió la pena de 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional. En tanto, resultó absuelto por el delito de daño.

La resolución de Casal se oficializó en la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Sarmiento, donde se desarrolló una audiencia de la lectura de la sentencia, en el marco del juicio oral y público, realizado contra Daniel Ricardo Silva (49). El imputado fue juzgado como presunto autor de los delitos de hurto, amenazas agravadas por el uso de armas en concurso real con violación de domicilio y en concurso real con daño.

El acto judicial fue presidido por el juez Roberto Casal. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal Laura Castagno y la defensa del imputado fue ejercida por el abogado de la Defensa Pública, Gustavo Oyarzún. La víctima estuvo acompañada por su grupo familiar, y profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.

Vivir en paz

En las aclaraciones preliminares, Casal señaló que luego de efectuado un análisis medular de la cuestión traída a debate, no pudo menos que destacar que “a esta instancia se llegó por la inoperatividad de todos aquellos operadores (provinciales, municipales y judiciales), que no supieron o no quisieron dar una debida respuesta, en tiempo oportuno, a la problemática planteada por las partes en conflicto”, destacó un comunicado oficial de prensa del Ministerio Público Fiscal de Sarmiento.

En este marco afirmó que fue la propia víctima, durante el debate, quien señaló que llevaba años padeciendo el hostigamiento de su ex pareja, sin que nadie le diera respuesta. Esta situación fue confirmada por las operadoras del S.A.V.D y el Equipo Técnico Multidisciplinario).

En este sentido, el juez citó jurisprudencia sobre “Violencia de Género, Femicidio y Derecho Penal” destacando que “el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, es un derecho garantizado por el Estado y por el Derecho Internacional de los derechos humanos.”

Asimismo, mencionó la Ley Nº 26.845 de Protección Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra Las Mujeres, en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

En este contexto, refirió que la Ley 26.845, determina que los tres poderes del Estado, sea del ámbito nacional o provincial, garantizarán “la asistencia en forma integral y oportuna de las mujeres que padecen cualquier tipo de violencia, asegurándole el acceso gratuito, rápido, transparente y eficaz en servicios creados a tal fin, así como promover la sanción y reeducación de quienes ejercen violencia”.

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Roberto Casal. Juez de la causa.
07 MAR 2016 - 22:34

El juez de Sarmiento, Roberto Casal, resolvió condenar a Daniel Silva (49), como autor penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio y amenazas con arma y hurto contra su exmujer. Asimismo, el magistrado dispuso hacer saber a los titulares del Poder Ejecutivo Municipal y Provincial y al Defensor General Adjunto, que dentro de la órbita de sus competencias y a través de los organismos pertinentes, deberán abocarse, en forma inmediata, a promover la solución de la conflictiva familiar denunciada por la víctima, a los fines de que se le garantice el derecho a vivir una vida sin violencia.

En ese sentido, destacó que “a esta instancia se llegó por la inoperatividad de todos aquellos operadores (provinciales, municipales y judiciales), que no supieron o no quisieron dar una debida respuesta, en tiempo oportuno, a la problemática planteada por las partes en conflicto”.

En este marco, afirmó que “fue la propia víctima, durante el debate, quien señaló que llevaba años padeciendo el hostigamiento de su expareja, sin que nadie la diera respuesta” y que fue confirmada por las operadoras del S.A.V.D y el Equipo Técnico Multidisciplinario.

El acusado recibió la pena de 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional. En tanto, resultó absuelto por el delito de daño.

La resolución de Casal se oficializó en la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Sarmiento, donde se desarrolló una audiencia de la lectura de la sentencia, en el marco del juicio oral y público, realizado contra Daniel Ricardo Silva (49). El imputado fue juzgado como presunto autor de los delitos de hurto, amenazas agravadas por el uso de armas en concurso real con violación de domicilio y en concurso real con daño.

El acto judicial fue presidido por el juez Roberto Casal. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal Laura Castagno y la defensa del imputado fue ejercida por el abogado de la Defensa Pública, Gustavo Oyarzún. La víctima estuvo acompañada por su grupo familiar, y profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.

Vivir en paz

En las aclaraciones preliminares, Casal señaló que luego de efectuado un análisis medular de la cuestión traída a debate, no pudo menos que destacar que “a esta instancia se llegó por la inoperatividad de todos aquellos operadores (provinciales, municipales y judiciales), que no supieron o no quisieron dar una debida respuesta, en tiempo oportuno, a la problemática planteada por las partes en conflicto”, destacó un comunicado oficial de prensa del Ministerio Público Fiscal de Sarmiento.

En este marco afirmó que fue la propia víctima, durante el debate, quien señaló que llevaba años padeciendo el hostigamiento de su ex pareja, sin que nadie le diera respuesta. Esta situación fue confirmada por las operadoras del S.A.V.D y el Equipo Técnico Multidisciplinario).

En este sentido, el juez citó jurisprudencia sobre “Violencia de Género, Femicidio y Derecho Penal” destacando que “el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, es un derecho garantizado por el Estado y por el Derecho Internacional de los derechos humanos.”

Asimismo, mencionó la Ley Nº 26.845 de Protección Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra Las Mujeres, en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

En este contexto, refirió que la Ley 26.845, determina que los tres poderes del Estado, sea del ámbito nacional o provincial, garantizarán “la asistencia en forma integral y oportuna de las mujeres que padecen cualquier tipo de violencia, asegurándole el acceso gratuito, rápido, transparente y eficaz en servicios creados a tal fin, así como promover la sanción y reeducación de quienes ejercen violencia”.


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