Muerte del caballo “Muñeco”: el acusado es responsable de crueldad animal

Se trata de Luis Ángel Carmona que el 1º de junio recibirá la pena. El ahora penalmente responsable robó, degolló y mató al equino, haciéndolo público en las redes sociales.

Luis Ángel Carmona fue declarado responsable de crueldad animal.
24 MAY 2018 - 21:48 | Actualizado

El juez de Sarmiento, Alejandro Rosales, halló a Luis Ángel Carmona autor penalmente responsable de los delitos de abigeato y actos de crueldad animal mediante sufrimientos innecesarios, luego que la Fiscalía de esa localidad lo acusara por degollar al caballo “Muñeco” y viralizar un video en las redes sociales mientras agonizaba hasta su muerte.
 Con respecto al debate sobre la aplicación de pena, las partes fueron convocadas a una audiencia de juicio de cesura para el 1 de junio a las 10.
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial, concluyó la etapa de alegatos finales y lectura de veredicto, en el marco del juicio del denominado “Caso Muñeco”.
En este contexto, el magistrado, inició la lectura indicando que con respecto al pedido de nulidad de la acusación pública, efectuado por la Defensa durante el alegato final, consideró que a su juicio, el Ministerio Público de la Defensa no se vio sorprendido ni limitado ante una acusación inesperada y condicionante. En consecuencia, rechazó el planteo en esos términos.
Por otra parte, afirmó que del análisis de los testigos  y la exhibición de la prueba documental y elementos secuestrados, pudo establecer la proximidad temporal desde el momento en que se detectó la desaparición de “Muñeco” del lote 81, la distancia entre ese lugar y la chacra deshabitada en la que el acusado realizó tareas de albañilería y en la que dio muerte al animal,  conforme se desprende las imágenes. Asimismo, consideró probado que el animal fue faenado y llevado en trozos al domicilio del acusado, informó un parte de Fiscalía.
En este sentido, sostuvo que pese al  intento de Carmona de justificar- sin éxito- que ello respondió al pedido que le hicieron las personas que se encontraban con él en el lugar donde ocurrieron los hechos, y a los que no pudo identificar debidamente,  pese a que en el video se advierte que mantiene una diálogo abierto y amigable.
También  indicó que integra la serie indiciaria del apoderamiento con el que se sometió la cosa al propio poder y se dispuso de ella, brindando al menos una cooperación directa indispensable, para asegurar la consumación del hecho.
En otro punto de conclusiones, el juez restó credibilidad a las explicaciones de Carmona sobre el motivo por el cual se dirigió a la chacra para carnear el caballo.
En este contexto, aseguró que esas excusas, al ser valoradas con elementos de convicción, analizadas con la prueba producida y en particular con el video y audio que dejó reflejado aquel momento, son contrarias a una justificación razonable sobre su presencia en el lugar en las circunstancias expuestas en la posesión y disposición que ejerció sobre el animal.
Con respecto a la imputación por el delito de crueldad animal, Rosales coincidió con el análisis de los testimonios expuestos por el médico veterinario de la ONG “ALUISA” y el subcomisario de la división de seguridad rural, en el que confirman  que el equino padeció un sufrimiento cruel e innecesario, cuando atado y en el suelo,  recibió las estocadas mortales y se desangró hasta morir.
Por todo ello,  emitió el veredicto en el que declaró a Luis Carmona autor penalmente responsable del delito de abigeato, en concurso real,  con actos de crueldad animal mediante sufrimientos innecesarios, en calidad de autor material.#

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Luis Ángel Carmona fue declarado responsable de crueldad animal.
24 MAY 2018 - 21:48

El juez de Sarmiento, Alejandro Rosales, halló a Luis Ángel Carmona autor penalmente responsable de los delitos de abigeato y actos de crueldad animal mediante sufrimientos innecesarios, luego que la Fiscalía de esa localidad lo acusara por degollar al caballo “Muñeco” y viralizar un video en las redes sociales mientras agonizaba hasta su muerte.
 Con respecto al debate sobre la aplicación de pena, las partes fueron convocadas a una audiencia de juicio de cesura para el 1 de junio a las 10.
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial, concluyó la etapa de alegatos finales y lectura de veredicto, en el marco del juicio del denominado “Caso Muñeco”.
En este contexto, el magistrado, inició la lectura indicando que con respecto al pedido de nulidad de la acusación pública, efectuado por la Defensa durante el alegato final, consideró que a su juicio, el Ministerio Público de la Defensa no se vio sorprendido ni limitado ante una acusación inesperada y condicionante. En consecuencia, rechazó el planteo en esos términos.
Por otra parte, afirmó que del análisis de los testigos  y la exhibición de la prueba documental y elementos secuestrados, pudo establecer la proximidad temporal desde el momento en que se detectó la desaparición de “Muñeco” del lote 81, la distancia entre ese lugar y la chacra deshabitada en la que el acusado realizó tareas de albañilería y en la que dio muerte al animal,  conforme se desprende las imágenes. Asimismo, consideró probado que el animal fue faenado y llevado en trozos al domicilio del acusado, informó un parte de Fiscalía.
En este sentido, sostuvo que pese al  intento de Carmona de justificar- sin éxito- que ello respondió al pedido que le hicieron las personas que se encontraban con él en el lugar donde ocurrieron los hechos, y a los que no pudo identificar debidamente,  pese a que en el video se advierte que mantiene una diálogo abierto y amigable.
También  indicó que integra la serie indiciaria del apoderamiento con el que se sometió la cosa al propio poder y se dispuso de ella, brindando al menos una cooperación directa indispensable, para asegurar la consumación del hecho.
En otro punto de conclusiones, el juez restó credibilidad a las explicaciones de Carmona sobre el motivo por el cual se dirigió a la chacra para carnear el caballo.
En este contexto, aseguró que esas excusas, al ser valoradas con elementos de convicción, analizadas con la prueba producida y en particular con el video y audio que dejó reflejado aquel momento, son contrarias a una justificación razonable sobre su presencia en el lugar en las circunstancias expuestas en la posesión y disposición que ejerció sobre el animal.
Con respecto a la imputación por el delito de crueldad animal, Rosales coincidió con el análisis de los testimonios expuestos por el médico veterinario de la ONG “ALUISA” y el subcomisario de la división de seguridad rural, en el que confirman  que el equino padeció un sufrimiento cruel e innecesario, cuando atado y en el suelo,  recibió las estocadas mortales y se desangró hasta morir.
Por todo ello,  emitió el veredicto en el que declaró a Luis Carmona autor penalmente responsable del delito de abigeato, en concurso real,  con actos de crueldad animal mediante sufrimientos innecesarios, en calidad de autor material.#


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