Demanda: dice que el Estado lo echó por ser homosexual y portar VIH

Trabajaba en el Registro Civil y le inició un juicio a la Provincia por discriminación. Reclama ser reincorporado en su cargo.

04 ABR 2021 - 21:09 | Actualizado

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

El Superior Tribunal de Justicia analizará el reclamo de un exempleado de la Dirección del Registro Civil quien demandó al Estado Provincial porque, según su versión, lo dejaron cesante por su condición de homosexual y por portar VIH. Reclama que el máximo tribunal chubutense declare nulo el Decreto de 2016 que dispuso su baja de la Planta Transitoria y que se lo reincorpore. También pide cobrar los salarios caídos y una indemnización de $ 500 mil por daño moral.

El hombre cumplió funciones administrativas en la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas. Fue designado por decreto de 2014 en el Plantel Básico del Registro Civil Documentación Rápido de Comodoro Rivadavia.

El 5 de noviembre de 2014 fue trasladado al Registro Civil de Rada Tilly, donde “cumplió sus funciones con idoneidad y responsabilidad”. Pero denunció que en este destino, “debido a su declarada homosexualidad, comenzó a ser hostigado permanentemente por la jefa del Registro”. Asegura que fue discriminado y que la funcionaria le solicitó su renuncia. Se negó y su superior le advirtió de manera personal, sin testigos: “Que no había problema, que ella se iba a encargar (de) que lo echen, porque no podía trabajar con homosexuales”.

Según su demanda, para sacarlo de la Planta Transitoria debió sustanciarse un sumario administrativo, que no existió. En cambio, su cese de servicios se tramitó en un expediente administrativo que vulneró “sus derechos de defensa, de debido proceso y a ser oído”. No lo despidieron por “razones de servicio”, como aseguró el dictamen de la directora de Recursos Humanos, sino por las acusaciones de la jefa. No había motivo estrictamente laboral para su desplazamiento.

El demandante endilga “desviación de poder” al aseverar que la funcionaria actuó con un fin distinto al de la ley. “Plantea arbitrariedad y que es falsa la causa cuando el decreto se funda en razones de servicio, porque la verdadera causa de su baja fue la discriminación”.

Además alega que cuando se declare nulo el decreto de su baja, “corresponde que sea reincorporado al puesto de trabajo con el salario, la jerarquía y la antigüedad”.

Argumentos

En cuanto a su reclamo de haberes caídos, argumenta “la garantía de estabilidad del empleado público, las cesantías ilegítimas, y el daño que provoca la privación del sueldo durante el tiempo que insume la búsqueda de una actividad remunerada”.

Y sobre la indemnización por “severo daño moral”, asegura que su baja fue motivada “pura y exclusivamente por su condición de homosexual y portador del virus HIV (SIDA), en una evidente violación a la normativa”.

El STJ habilitó la instancia para analizar la validez del decreto y su reincorporación. Pero explicó que para decidir sobre los salarios caídos y una indemnización, debió hacer un reclamo previo al Estado. Si finalmente el demandante regresa a su cargo, recién entonces podrá exigir la cuestión económica.

Al fallo sobre el caso lo firmaron los ministros Alejandro Panizzi y Mario Vivas.#

Enterate de las noticias de POLITICA a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
04 ABR 2021 - 21:09

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

El Superior Tribunal de Justicia analizará el reclamo de un exempleado de la Dirección del Registro Civil quien demandó al Estado Provincial porque, según su versión, lo dejaron cesante por su condición de homosexual y por portar VIH. Reclama que el máximo tribunal chubutense declare nulo el Decreto de 2016 que dispuso su baja de la Planta Transitoria y que se lo reincorpore. También pide cobrar los salarios caídos y una indemnización de $ 500 mil por daño moral.

El hombre cumplió funciones administrativas en la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas. Fue designado por decreto de 2014 en el Plantel Básico del Registro Civil Documentación Rápido de Comodoro Rivadavia.

El 5 de noviembre de 2014 fue trasladado al Registro Civil de Rada Tilly, donde “cumplió sus funciones con idoneidad y responsabilidad”. Pero denunció que en este destino, “debido a su declarada homosexualidad, comenzó a ser hostigado permanentemente por la jefa del Registro”. Asegura que fue discriminado y que la funcionaria le solicitó su renuncia. Se negó y su superior le advirtió de manera personal, sin testigos: “Que no había problema, que ella se iba a encargar (de) que lo echen, porque no podía trabajar con homosexuales”.

Según su demanda, para sacarlo de la Planta Transitoria debió sustanciarse un sumario administrativo, que no existió. En cambio, su cese de servicios se tramitó en un expediente administrativo que vulneró “sus derechos de defensa, de debido proceso y a ser oído”. No lo despidieron por “razones de servicio”, como aseguró el dictamen de la directora de Recursos Humanos, sino por las acusaciones de la jefa. No había motivo estrictamente laboral para su desplazamiento.

El demandante endilga “desviación de poder” al aseverar que la funcionaria actuó con un fin distinto al de la ley. “Plantea arbitrariedad y que es falsa la causa cuando el decreto se funda en razones de servicio, porque la verdadera causa de su baja fue la discriminación”.

Además alega que cuando se declare nulo el decreto de su baja, “corresponde que sea reincorporado al puesto de trabajo con el salario, la jerarquía y la antigüedad”.

Argumentos

En cuanto a su reclamo de haberes caídos, argumenta “la garantía de estabilidad del empleado público, las cesantías ilegítimas, y el daño que provoca la privación del sueldo durante el tiempo que insume la búsqueda de una actividad remunerada”.

Y sobre la indemnización por “severo daño moral”, asegura que su baja fue motivada “pura y exclusivamente por su condición de homosexual y portador del virus HIV (SIDA), en una evidente violación a la normativa”.

El STJ habilitó la instancia para analizar la validez del decreto y su reincorporación. Pero explicó que para decidir sobre los salarios caídos y una indemnización, debió hacer un reclamo previo al Estado. Si finalmente el demandante regresa a su cargo, recién entonces podrá exigir la cuestión económica.

Al fallo sobre el caso lo firmaron los ministros Alejandro Panizzi y Mario Vivas.#


NOTICIAS RELACIONADAS