Le unificaron la pena en 19 años y 2 meses de prisión

Se trata de Leonel Neihual condenado por el homicidio de Bruno Suárez ocurrido en mayo de 2018. También había sido sentenciado por fugarse de la Comisaría en julio de 2021.

El juez Alejandro Rosales homologó el acuerdo de las partes de juicio.
10 JUL 2022 - 21:22 | Actualizado 10 JUL 2022 - 21:24

El juez de Sarmiento Alejandro Rosales homologó el acuerdo al que arribaron los representantes del Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público de la Defensa y el condenado Leonel Maximiliano Neihual, respecto de la imposición de la pena única de 19 años y 2 meses de prisión de cumplimiento efectivo.

Asimismo, acordaron mantener la declaración de reincidente del autor del asesinato de Bruno Suárez, ocurrido el 30 de mayo de 2018. Nehiual, también había recibido una condena de tres meses de prisión por evadirse de la Comisaría de Sarmiento, el 26 de julio de 2021.

La audiencia de pedido de unificación de pena se realizó en la sala de audiencias de la Oficina Judicial y estuvo presidida por el juez Alejandro Rosales.

Por la Fiscalía asistió Laura Castagno. EL Ministerio Público de la Defensa fue representado por Gustavo Oyarzun. También participó el abogado representante de la querella Dr. Manuel Mauriño. El condenado, en tanto, se conectó al acto judicial mediante el sistema Webex desde el Instituto Penitienciario Provincial (I.P.P).

Acuerdo

En la ocasion, Castagno, explicó el contenido del escrito presentado el 22 de junio ante la oficina judicial. En este sentido, refirió que “hemos arribado a un acuerdo en relación a la unificación de penas (artículo 58 del Código Penal) respecto de Leonel Maximiliano Neihual.

Consiste en una pena única de 19 años y 2 meses de prisión de cumplimiento efectivo, con accesorias legales y costas; manteniendo el carácter de reincidente oportunamente declarado en la sentencia.

A ello, agregó que “las partes también convenimos en el marco de lo dispuesto por el artículo 141 del Código Procesal Penal, a la renuncia expresa a los plazos para impugnación de condena, en caso de homologarse el presente acuerdo, requiriendo la formación del pertinente incidente de ejecución al efecto”, consignó una gacetilla de la Fiscalía.

Por su parte, el abogado representante de la querella, no formuló objeciones al contenido del acuerdo.

En este marco, el magistrado, concedió la palabra al condenado Nehiual, quien ratificó íntegramente el acuerdo al que arribaron las partes en el proceso.

Así las cosas, Rosales, emitió el fallo en el que homologa el acuerdo al que arribaron las partes, e imponiendo en consecuencia a Leonel Maximiliano Neihual, a la pena única de diecinueve (19) años y dos (2) meses de prisión de cumplimiento efectivo, con accesorias legales y costas, destacó el parte judicial.#

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El juez Alejandro Rosales homologó el acuerdo de las partes de juicio.
10 JUL 2022 - 21:22

El juez de Sarmiento Alejandro Rosales homologó el acuerdo al que arribaron los representantes del Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público de la Defensa y el condenado Leonel Maximiliano Neihual, respecto de la imposición de la pena única de 19 años y 2 meses de prisión de cumplimiento efectivo.

Asimismo, acordaron mantener la declaración de reincidente del autor del asesinato de Bruno Suárez, ocurrido el 30 de mayo de 2018. Nehiual, también había recibido una condena de tres meses de prisión por evadirse de la Comisaría de Sarmiento, el 26 de julio de 2021.

La audiencia de pedido de unificación de pena se realizó en la sala de audiencias de la Oficina Judicial y estuvo presidida por el juez Alejandro Rosales.

Por la Fiscalía asistió Laura Castagno. EL Ministerio Público de la Defensa fue representado por Gustavo Oyarzun. También participó el abogado representante de la querella Dr. Manuel Mauriño. El condenado, en tanto, se conectó al acto judicial mediante el sistema Webex desde el Instituto Penitienciario Provincial (I.P.P).

Acuerdo

En la ocasion, Castagno, explicó el contenido del escrito presentado el 22 de junio ante la oficina judicial. En este sentido, refirió que “hemos arribado a un acuerdo en relación a la unificación de penas (artículo 58 del Código Penal) respecto de Leonel Maximiliano Neihual.

Consiste en una pena única de 19 años y 2 meses de prisión de cumplimiento efectivo, con accesorias legales y costas; manteniendo el carácter de reincidente oportunamente declarado en la sentencia.

A ello, agregó que “las partes también convenimos en el marco de lo dispuesto por el artículo 141 del Código Procesal Penal, a la renuncia expresa a los plazos para impugnación de condena, en caso de homologarse el presente acuerdo, requiriendo la formación del pertinente incidente de ejecución al efecto”, consignó una gacetilla de la Fiscalía.

Por su parte, el abogado representante de la querella, no formuló objeciones al contenido del acuerdo.

En este marco, el magistrado, concedió la palabra al condenado Nehiual, quien ratificó íntegramente el acuerdo al que arribaron las partes en el proceso.

Así las cosas, Rosales, emitió el fallo en el que homologa el acuerdo al que arribaron las partes, e imponiendo en consecuencia a Leonel Maximiliano Neihual, a la pena única de diecinueve (19) años y dos (2) meses de prisión de cumplimiento efectivo, con accesorias legales y costas, destacó el parte judicial.#


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