La muerte de Carlos Hughes: condena exigua para un daño irreparable

27 SEP 2023 - 11:08 | Actualizado 27 SEP 2023 - 11:20

- Por Esteban Gallo

La Cámara del Crimen de Trelew confirmó la sentencia por homicidio culposo contra José Oscar Picón, el conductor que atropelló y mató a nuestro compañero periodista Carlos Hughes, en un hecho ocurrido el 13 de abril de 2021.

Picón había sido condenado en un juicio oral a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional pero disconforme con la sentencia, el defensor Abdón Omar Manyauik impugnó el fallo. Ahora, la Cámara Penal de Trelew, con el acuerdo de todos sus integrantes, convalidó la sentencia original del juicio.

Picón conducía un vehículo Volkswagen Gol por la calle Oris de Roa cuando atropelló a Carlitos, que corría por ese lugar en el mismo sentido que el auto. Según se determinó en el juicio, a pocos metros de un puente de chapa que existe sobre el canal de riego, el conductor efectúo una maniobra de frenado y esquive, girando hacia la izquierda, no logrando evitar el atropellamiento de Hughes. Las lesiones padecidas por el impacto fueron de tal gravedad que ocasionaron el deceso del periodista pocas horas después.

En el juicio oral y público se determinó mediante experticia accidentológica que uno de los factores determinantes del hecho investigado fue el exceso de velocidad por parte de Picón.

Por lo tanto, la muerte de Hughes se produjo como consecuencia de una acción delictual. Así lo estable el Código Penal. Sin embargo, los tres años de condena no serán de cumplimiento efectivo y al final, lo más gravoso de la pena, es la inhabilitación para manejar por 5 años.

Una condena insignificante, que no repara la conmoción que produjo en familiares y amigos la muerte de Carlos Hughes. Un dolor que se extendió a toda la comunidad, porque la calidad de la labor periodística y el compromiso social que caracterizaba al “Galenso” representa una pérdida enorme para la comunidad.

No estamos hablando de un caso aislado. Se estima que cuando lleguemos al 2030 los siniestros viales serán la quinta causa de muerte en el mundo. En Argentina, cada año mueren cerca de 4.000 personas en accidentes de tránsito y aunque algunas provincias han bajado la cantidad de siniestros viales, sigue siendo la principal causa de muertes violentas en el país, superior incluso a los hechos de inseguridad.

Otro dato que surge de las estadísticas: la principal causa de muerte en los siniestros viales, es el exceso de velocidad. Nada marca más la diferencia que la velocidad del automóvil. A mayor velocidad del auto, mayor probabilidad de morir en un siniestro.
Así mataron a Carlos Hughes.

Hace unos días, en un reportaje periodístico, Sergio Levín, padre de una víctima vial y especialista en el tema, enumeró los principales factores por los que los choques de tránsito generan mayor cantidad de muertos que otros delitos.

Refirió a la falta de educación y al riesgo a la transgresión de la norma que asumen los conductores.

-Yo manejo rápido, a mi no me va a pasar nada, yo manejo bien- dicen los que después terminan involucrados en episodios lamentables.

Son los mismos que piden controles, y después no los cumplen.

Hay una falta de conciencia de riesgo vial, a tal punto que el 90 por ciento de los siniestros se producen por el factor humano.
El otro tema preocupante es la mirada que la Justicia tiene con respecto a las muertes por siniestros viales. El concepto light de que los crímenes viales son accidentes de tránsito, y que lleva a que, salvo algunas excepciones, el que mata por manejar alcoholizado, o por cruzar el semáforo en rojo, o porque manejaba en exceso de velocidad no reciba la condena ejemplificadora que debería recibir por quitarle la vida a otra persona.

El mensaje que se transmite a la sociedad es lamentable.

-Manejá como quieras, no respetes ninguna ley de tránsito, total si atropellas a alguien y lo matas, no vas a ir preso-
La gran mayoría de los siniestros viales se califican como homicidios culposos y nos preguntamos porque se descarta el dolo, que cambiaría sustancialmente la situación procesal de los imputados. No es lo mismo que un asesino al volante sea juzgado por negligencia o impericia, o que se lo juzgue por haber cometido un acto a sabiendas de su carácter delictivo y del daño que podía causar.

Así nos encontramos con crímenes viales disfrazados de simples accidentes de tránsito, con asesinos al volante en libertad y familias destrozadas.

Volviendo al caso de nuestro compañero. Una persona que manejaba con exceso de velocidad, ¿No estaba consciente el delito que cometía y del daño que podía provocar?

En este caso, el perjuicio fue la muerte de una persona joven, un periodista excelso, un padre ejemplar, un amigo entrañable, una persona irrepetible, que dejó una marca imborrable en este medio y en cada uno de sus compañeros.

Un daño irreparable que se paga con una condena exigua.

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27 SEP 2023 - 11:08

- Por Esteban Gallo

La Cámara del Crimen de Trelew confirmó la sentencia por homicidio culposo contra José Oscar Picón, el conductor que atropelló y mató a nuestro compañero periodista Carlos Hughes, en un hecho ocurrido el 13 de abril de 2021.

Picón había sido condenado en un juicio oral a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional pero disconforme con la sentencia, el defensor Abdón Omar Manyauik impugnó el fallo. Ahora, la Cámara Penal de Trelew, con el acuerdo de todos sus integrantes, convalidó la sentencia original del juicio.

Picón conducía un vehículo Volkswagen Gol por la calle Oris de Roa cuando atropelló a Carlitos, que corría por ese lugar en el mismo sentido que el auto. Según se determinó en el juicio, a pocos metros de un puente de chapa que existe sobre el canal de riego, el conductor efectúo una maniobra de frenado y esquive, girando hacia la izquierda, no logrando evitar el atropellamiento de Hughes. Las lesiones padecidas por el impacto fueron de tal gravedad que ocasionaron el deceso del periodista pocas horas después.

En el juicio oral y público se determinó mediante experticia accidentológica que uno de los factores determinantes del hecho investigado fue el exceso de velocidad por parte de Picón.

Por lo tanto, la muerte de Hughes se produjo como consecuencia de una acción delictual. Así lo estable el Código Penal. Sin embargo, los tres años de condena no serán de cumplimiento efectivo y al final, lo más gravoso de la pena, es la inhabilitación para manejar por 5 años.

Una condena insignificante, que no repara la conmoción que produjo en familiares y amigos la muerte de Carlos Hughes. Un dolor que se extendió a toda la comunidad, porque la calidad de la labor periodística y el compromiso social que caracterizaba al “Galenso” representa una pérdida enorme para la comunidad.

No estamos hablando de un caso aislado. Se estima que cuando lleguemos al 2030 los siniestros viales serán la quinta causa de muerte en el mundo. En Argentina, cada año mueren cerca de 4.000 personas en accidentes de tránsito y aunque algunas provincias han bajado la cantidad de siniestros viales, sigue siendo la principal causa de muertes violentas en el país, superior incluso a los hechos de inseguridad.

Otro dato que surge de las estadísticas: la principal causa de muerte en los siniestros viales, es el exceso de velocidad. Nada marca más la diferencia que la velocidad del automóvil. A mayor velocidad del auto, mayor probabilidad de morir en un siniestro.
Así mataron a Carlos Hughes.

Hace unos días, en un reportaje periodístico, Sergio Levín, padre de una víctima vial y especialista en el tema, enumeró los principales factores por los que los choques de tránsito generan mayor cantidad de muertos que otros delitos.

Refirió a la falta de educación y al riesgo a la transgresión de la norma que asumen los conductores.

-Yo manejo rápido, a mi no me va a pasar nada, yo manejo bien- dicen los que después terminan involucrados en episodios lamentables.

Son los mismos que piden controles, y después no los cumplen.

Hay una falta de conciencia de riesgo vial, a tal punto que el 90 por ciento de los siniestros se producen por el factor humano.
El otro tema preocupante es la mirada que la Justicia tiene con respecto a las muertes por siniestros viales. El concepto light de que los crímenes viales son accidentes de tránsito, y que lleva a que, salvo algunas excepciones, el que mata por manejar alcoholizado, o por cruzar el semáforo en rojo, o porque manejaba en exceso de velocidad no reciba la condena ejemplificadora que debería recibir por quitarle la vida a otra persona.

El mensaje que se transmite a la sociedad es lamentable.

-Manejá como quieras, no respetes ninguna ley de tránsito, total si atropellas a alguien y lo matas, no vas a ir preso-
La gran mayoría de los siniestros viales se califican como homicidios culposos y nos preguntamos porque se descarta el dolo, que cambiaría sustancialmente la situación procesal de los imputados. No es lo mismo que un asesino al volante sea juzgado por negligencia o impericia, o que se lo juzgue por haber cometido un acto a sabiendas de su carácter delictivo y del daño que podía causar.

Así nos encontramos con crímenes viales disfrazados de simples accidentes de tránsito, con asesinos al volante en libertad y familias destrozadas.

Volviendo al caso de nuestro compañero. Una persona que manejaba con exceso de velocidad, ¿No estaba consciente el delito que cometía y del daño que podía provocar?

En este caso, el perjuicio fue la muerte de una persona joven, un periodista excelso, un padre ejemplar, un amigo entrañable, una persona irrepetible, que dejó una marca imborrable en este medio y en cada uno de sus compañeros.

Un daño irreparable que se paga con una condena exigua.