Un pastor condenado a 10 años de prisión por violación

Los hechos ocurrieron entre el 2018 y 2022. La condena se impuso en un juicio abreviado y será de efectivo cumplimiento.

Pastor condenado a 10 años por abuso sexual. Foto: MPF Puerto Madryn.
12 MAY 2025 - 13:07 | Actualizado 12 MAY 2025 - 16:24

El Ministerio Público Fiscal, a través de su área de prensa, confirmó que Zenen del Carmen Oyarzo Ojeda, pastor acusado de abusar de una menor de edad entre 2018 y 2022 en Puerto Madryn, fue condenado tras haber admitido su responsabilidad.

Entre 2018 y 2022, Zenen del Carmen Oyarzo Ojeda, en su rol de pastor y figura de autoridad espiritual, abusó reiteradamente de una menor de edad. La investigación reveló que el acusado aprovechó su posición de confianza para acceder a la víctima y consumar los ataques.

La fiscal Romina Carrizo, de la Agencia de Género de la Fiscalía, coordinó la recolección de pruebas, que incluyó declaraciones de la víctima, pericias psicológicas y testimonios de testigos. Con ello, acreditó el delito de abuso con acceso carnal agravado por la condición de responsable de culto, agravante que eleva la escala penal.

El juez Francisco Orlando homologó un acuerdo de juicio abreviado que impone una pena de cumplimiento efectivo de 10 años de cárcel. La condena quedó firme, lo que otorga a la pena carácter definitivo.

El abuso con acceso carnal agravado por condición de responsable de culto está tipificado en el artículo 119 ter, inciso 5, del Código Penal, que prevé sanciones más severas para quienes explotan relaciones de poder o confianza para delinquir sexualmente.

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Pastor condenado a 10 años por abuso sexual. Foto: MPF Puerto Madryn.
12 MAY 2025 - 13:07

El Ministerio Público Fiscal, a través de su área de prensa, confirmó que Zenen del Carmen Oyarzo Ojeda, pastor acusado de abusar de una menor de edad entre 2018 y 2022 en Puerto Madryn, fue condenado tras haber admitido su responsabilidad.

Entre 2018 y 2022, Zenen del Carmen Oyarzo Ojeda, en su rol de pastor y figura de autoridad espiritual, abusó reiteradamente de una menor de edad. La investigación reveló que el acusado aprovechó su posición de confianza para acceder a la víctima y consumar los ataques.

La fiscal Romina Carrizo, de la Agencia de Género de la Fiscalía, coordinó la recolección de pruebas, que incluyó declaraciones de la víctima, pericias psicológicas y testimonios de testigos. Con ello, acreditó el delito de abuso con acceso carnal agravado por la condición de responsable de culto, agravante que eleva la escala penal.

El juez Francisco Orlando homologó un acuerdo de juicio abreviado que impone una pena de cumplimiento efectivo de 10 años de cárcel. La condena quedó firme, lo que otorga a la pena carácter definitivo.

El abuso con acceso carnal agravado por condición de responsable de culto está tipificado en el artículo 119 ter, inciso 5, del Código Penal, que prevé sanciones más severas para quienes explotan relaciones de poder o confianza para delinquir sexualmente.