Confirman dos condenas por torturas a militantes del Valle

Dos años después del juicio oral por la Causa Pizá, una Cámara rechazó la apelación de dos expolicías federales que recibieron 15 años de cárcel por detener ilegalmente y aplicar tormentos a 9 personas en Rawson.

Coria (izquierda) y Lagunas en una postal del juicio.
10 SEP 2025 - 17:36 | Actualizado 10 SEP 2025 - 17:58

Por Rolando Tobarez / Redacción Jornada

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena para dos expolicías federales por las torturas cometidas contra 9 militantes políticos de Rawson entre noviembre y diciembre de 1975, en la delegación de esa fuerza de seguridad en la capital. Se trata de la conocida Causa Pizá.

En octubre de 2023, Jorge Norberto Lagunas y Luis Horacio Coria fueron condenados a 15 años de prisión tras un histórico juicio oral y público en el recinto de la Legislatura. Les imputaron privación ilegal de la libertad agravada por violencia y amenazas con aplicación de tormentos y por ser las víctimas perseguidos políticos. Al caso se lo declaró de lesa humanidad. También les aplicaron inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.

Diana Pizá, una de las víctimas del caso.

Sus defensas apelaron el fallo pero este martes 9 los camaristas Diego Barroetaveña, Daniel Antonio Petrone y Carlos Mahiques rechazaron la queja.

Los revisores coincidieron con el tribunal de primera instancia, que hace dos años consideró probado que Diana Pizá, Tito Mario Barone, Eduardo Pedro Manchado, Beatriz Norma Santos, Patricio Emilio Torné, Estela Aida Cereseto, Silvia Asaro, Víctor Tomaselli y Luis Eduardo Franganillo fueron detenidos sin orden judicial, interrogados, golpeados y torturados.

Eduardo Manchado declaró por videoconferencia.

Los testimonios de las víctimas coincidieron en los tormentos que sufrieron tras ser trasladados a esa Delegación federal. En el caso de Franganillo, las vejaciones fueron reveladas por su esposa, Cereseto.

Entre otros métodos de tortura, Lagunas y Coria usaron el submarino seco (asfixia empleando una bolsa plástica), el ahogamiento, simulacros de fusilamiento, golpes en el cuerpo, y en ambos oídos (conocido como “teléfono”).
Los testigos describieron del mismo modo el lugar y el modo en que se ejecutaron estos martirios, los interrogatorios sobre sus actividades políticas, sociales o gremiales, y sus compañías o ideología. Identificaron tanto a los condenados como al fallecido Juan Carlos Azcui.

Teodoro Nürnberg, el fiscal federal del juicio.

Sus domicilios fueron allanados sin orden judicial en búsqueda de “material subversivo”. El grupo que sufrió los apremios ilegales fue obligado a firmar sobre su existencia.
Luego de los tormentos, parte de los militantes fue interrogado por el juez Garzonio. En ese momento denunciaron que sus dichos habían sido producto de las vejaciones.

Víctor Tomaselli y su testimonio en Legislatura.

“De las actuaciones labradas se evidencia cómo las fuerzas de seguridad actuaron conimpunidad y fuera de cualquier control judicial, al margen de la ley procesal vigente en ese tiempo”, dice la sentencia.

Lagunas no fue un simple oficial de guardia con funciones administrativas, como intentó su defensa, pues participó directamente de los episodios.
En cuanto a Coria, era subinspector en el Área VII de la Superintendencia de Seguridad Regional de la Policía Federal Argentina. Fue parte central de los interrogatorios ilegales y hasta firmó las indagatorias, informes y notas de recepción de los detenidos.

Ambos venían de Buenos Aires y habían sido asignados a la Delegación patagónica por un año “en virtud de haber comenzado el Plan Sistemático Generalizado ordenado por los decretos 2770, 2771 y 2772 para aniquilar a la población argentina involucrada en la ‘subversión’”.

El tribunal que condenó a los dos exfederales.

“Las víctimas en unísono entre ellas y coherentes en sus diferentes momentos de la historia al declarar en1975, 1976, 2008, 2018 y 2023; describieron que fueron llevadas a la Delegación de la PFA de Rawson donde eran torturadas reiteradas veces en una oficina, que había un patio, todas detallaron padecer el mismo método de tortura,obligadas a firmar declaraciones con contenido falso”.

“No quedan dudas de que los hechos juzgados fueron ejecutados con motivo de la denominada `lucha antisubversiva´ diseñada por la política de persecución y exterminio clandestina desplegada desde 1975 y continuada, especialmente, durante el último golpe cívico-militar”, concluye la sentencia de Cámara.

Fotos: Daniel Feldman (Archivo Jornada)

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Coria (izquierda) y Lagunas en una postal del juicio.
10 SEP 2025 - 17:36

Por Rolando Tobarez / Redacción Jornada

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena para dos expolicías federales por las torturas cometidas contra 9 militantes políticos de Rawson entre noviembre y diciembre de 1975, en la delegación de esa fuerza de seguridad en la capital. Se trata de la conocida Causa Pizá.

En octubre de 2023, Jorge Norberto Lagunas y Luis Horacio Coria fueron condenados a 15 años de prisión tras un histórico juicio oral y público en el recinto de la Legislatura. Les imputaron privación ilegal de la libertad agravada por violencia y amenazas con aplicación de tormentos y por ser las víctimas perseguidos políticos. Al caso se lo declaró de lesa humanidad. También les aplicaron inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.

Diana Pizá, una de las víctimas del caso.

Sus defensas apelaron el fallo pero este martes 9 los camaristas Diego Barroetaveña, Daniel Antonio Petrone y Carlos Mahiques rechazaron la queja.

Los revisores coincidieron con el tribunal de primera instancia, que hace dos años consideró probado que Diana Pizá, Tito Mario Barone, Eduardo Pedro Manchado, Beatriz Norma Santos, Patricio Emilio Torné, Estela Aida Cereseto, Silvia Asaro, Víctor Tomaselli y Luis Eduardo Franganillo fueron detenidos sin orden judicial, interrogados, golpeados y torturados.

Eduardo Manchado declaró por videoconferencia.

Los testimonios de las víctimas coincidieron en los tormentos que sufrieron tras ser trasladados a esa Delegación federal. En el caso de Franganillo, las vejaciones fueron reveladas por su esposa, Cereseto.

Entre otros métodos de tortura, Lagunas y Coria usaron el submarino seco (asfixia empleando una bolsa plástica), el ahogamiento, simulacros de fusilamiento, golpes en el cuerpo, y en ambos oídos (conocido como “teléfono”).
Los testigos describieron del mismo modo el lugar y el modo en que se ejecutaron estos martirios, los interrogatorios sobre sus actividades políticas, sociales o gremiales, y sus compañías o ideología. Identificaron tanto a los condenados como al fallecido Juan Carlos Azcui.

Teodoro Nürnberg, el fiscal federal del juicio.

Sus domicilios fueron allanados sin orden judicial en búsqueda de “material subversivo”. El grupo que sufrió los apremios ilegales fue obligado a firmar sobre su existencia.
Luego de los tormentos, parte de los militantes fue interrogado por el juez Garzonio. En ese momento denunciaron que sus dichos habían sido producto de las vejaciones.

Víctor Tomaselli y su testimonio en Legislatura.

“De las actuaciones labradas se evidencia cómo las fuerzas de seguridad actuaron conimpunidad y fuera de cualquier control judicial, al margen de la ley procesal vigente en ese tiempo”, dice la sentencia.

Lagunas no fue un simple oficial de guardia con funciones administrativas, como intentó su defensa, pues participó directamente de los episodios.
En cuanto a Coria, era subinspector en el Área VII de la Superintendencia de Seguridad Regional de la Policía Federal Argentina. Fue parte central de los interrogatorios ilegales y hasta firmó las indagatorias, informes y notas de recepción de los detenidos.

Ambos venían de Buenos Aires y habían sido asignados a la Delegación patagónica por un año “en virtud de haber comenzado el Plan Sistemático Generalizado ordenado por los decretos 2770, 2771 y 2772 para aniquilar a la población argentina involucrada en la ‘subversión’”.

El tribunal que condenó a los dos exfederales.

“Las víctimas en unísono entre ellas y coherentes en sus diferentes momentos de la historia al declarar en1975, 1976, 2008, 2018 y 2023; describieron que fueron llevadas a la Delegación de la PFA de Rawson donde eran torturadas reiteradas veces en una oficina, que había un patio, todas detallaron padecer el mismo método de tortura,obligadas a firmar declaraciones con contenido falso”.

“No quedan dudas de que los hechos juzgados fueron ejecutados con motivo de la denominada `lucha antisubversiva´ diseñada por la política de persecución y exterminio clandestina desplegada desde 1975 y continuada, especialmente, durante el último golpe cívico-militar”, concluye la sentencia de Cámara.

Fotos: Daniel Feldman (Archivo Jornada)