Provocó lesiones graves y estará cuatro años sin licencia de conducir

Un accidente de tránsito ocurrido en 2023 en Esquel, culminó con una condena en juicio abreviado.

03 OCT 2025 - 10:01 | Actualizado 03 OCT 2025 - 10:07

Con el acuerdo de la víctima, el conductor aceptó su responsabilidad por las lesiones graves causadas a un motociclista en 2023, la pena de dos años de prisión en suspenso y cuatro años de inhabilitación para conducir.

Un "Riesgo Prohibido"

Durante la audiencia, la Fiscalía, representada por la funcionaria Mónica Caveri, detalló la mecánica del accidente: el condenado circulaba a bordo de un camión que presentaba fallas en los frenos y no respetó la prioridad de paso de una motocicleta.

El juez, al explicar su veredicto, fue enfático en la gravedad de esta conducta. Señaló que la sociedad permite el riesgo de conducir (el "riesgo permitido"), pero que un conductor que viola las reglas elementales —manejando luego de consumir alcohol y con un vehículo en mal estado— transforma esa actividad en un "riesgo prohibido" e ilegal.

Las consecuencias de esta imprudencia fueron graves para la víctima, quien sufrió lesiones por las que podrá iniciar acciones en el fuero civil para obtener la reparación económica por los daños sufridos.

La Pena

El acuerdo de juicio abreviado, que fue homologado por el juez, impuso la siguiente condena:

Dos años de prisión en suspenso: La pena de prisión queda "suspendida" con la condición de que no cometa ningún otro delito durante un período de tiempo. El juez justificó esto, citando que, para infractores primerizos, sin antecedentes penales, la cárcel puede ser contraproducente para su reinserción.

Cuatro años de inhabilitación para conducir: durante ese período el condenado tiene prohibido manejar cualquier tipo de vehículo automotor.

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03 OCT 2025 - 10:01

Con el acuerdo de la víctima, el conductor aceptó su responsabilidad por las lesiones graves causadas a un motociclista en 2023, la pena de dos años de prisión en suspenso y cuatro años de inhabilitación para conducir.

Un "Riesgo Prohibido"

Durante la audiencia, la Fiscalía, representada por la funcionaria Mónica Caveri, detalló la mecánica del accidente: el condenado circulaba a bordo de un camión que presentaba fallas en los frenos y no respetó la prioridad de paso de una motocicleta.

El juez, al explicar su veredicto, fue enfático en la gravedad de esta conducta. Señaló que la sociedad permite el riesgo de conducir (el "riesgo permitido"), pero que un conductor que viola las reglas elementales —manejando luego de consumir alcohol y con un vehículo en mal estado— transforma esa actividad en un "riesgo prohibido" e ilegal.

Las consecuencias de esta imprudencia fueron graves para la víctima, quien sufrió lesiones por las que podrá iniciar acciones en el fuero civil para obtener la reparación económica por los daños sufridos.

La Pena

El acuerdo de juicio abreviado, que fue homologado por el juez, impuso la siguiente condena:

Dos años de prisión en suspenso: La pena de prisión queda "suspendida" con la condición de que no cometa ningún otro delito durante un período de tiempo. El juez justificó esto, citando que, para infractores primerizos, sin antecedentes penales, la cárcel puede ser contraproducente para su reinserción.

Cuatro años de inhabilitación para conducir: durante ese período el condenado tiene prohibido manejar cualquier tipo de vehículo automotor.