Chubut tiene una nueva Ley de Adopciones con cambios clave

Se aprobó en la sesión de este jueves. Además la Legislatura del Chubut prorrogó el período ordinario de sesiones hasta el 31 de diciembre. También se aprobó una nueva regulación del sistema de Familias Solidarias.

11 DIC 2025 - 19:09 | Actualizado 11 DIC 2025 - 20:55

La Legislatura prorrogó el período ordinario de sesiones hasta el 31 de diciembre y la realización de una nueva sesión el 18 de diciembre a las 11.

Además, se sancionó por unanimidad una ley de adopciones que abroga la legislación anterior y adecua la normativa a los nuevos paradigmas de la Convención de los Derechos del Niño y de la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación vigente.


La iniciativa del Ejecutivo Provincial crea la Oficina de Adopciones con sede en Rawson y sus delegaciones correspondientes, y el Registro Único Provincial de Aspirantes con fines Adoptivos.

Adopciones

La diputada de Despierta Chubut María Andrea Aguilera, presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia, explicó que “es un paso decisivo en la construcción de un sistema de adopciones pensado desde los niños, las niñas y los adolescentes y con nuestra ley, que establece claramente que la adopción es una medida excepcional, una medida subsidiaria y una medida de protección, que el primer derecho que tiene todo niño, niña o adolescente es la de permanecer y desarrollarse en su familia de origen”.


Entre las novedades, esta ley “establece que ninguna persona podrá ser limitada excluida o condicionada en su inscripción o permanencia en el registro por motivos de orientación sexual identidad, expresión de género, estado civil, edad, situación socioeconómica, discapacidad, religión, nacionalidad, etnia, pertenencia cultural o cualquier otra condición, dice personal o social, que afecte de manera directa y comprobada la actitud adoptiva”.

Detalles

“Lo que se prohíbe es el uso de estereotipos, prejuicios o de modelos de familia. A su vez establece otro aspecto importante: regula los equipos interdisciplinarios. Esto deja de estar diluido en la norma, pasa a tener rango y funciones claras. Se establece la composición mínima, la formación específica y continua de quienes forman parte de esos equipos”.


Por otro lado, continuó la diputada, “reconoce la licencia por adopción en el sector público y en línea con estatutos, convenios y leyes específicas, pero también especifica la finalidad que tiene esa ley, que es favorecer el apego, la consolidación del vínculo y también fortalecer la integridad familiar”.

La normativa “vincula nuestra legislación provincial con el resto de las provincias, de manera tal que no haya discrepancias entre un registro y otro que favorezca o que genere que familias encuentren más conveniente inscribirse en una u otra provincia”.

Familias solidarias

Legislatura aprobó también por unanimidad un proyecto del Ejecutivo que regula el sistema de Familias Solidarias de la provincia en consonancia con los estándares actuales en materia de protección integral de la niñez y adolescencia.

La diputada de Despierta Chubut Sandra Willatowski, presidenta de la Comisión de Legislación Social, Salud y Trabajo, expuso que “el objetivo principal es evitar que estos niños estén en un instituto y asegurar que aún en los contextos de suma vulnerabilidad, los niños, niños y adolescentes crezcan en un entorno familiar y comunitario con acompañamiento afectivo y con contención”.


“Sistematiza y actualiza las figuras de las familias solidarias como una alternativa al dispositivo institucional fortaleciendo los estándares de los Derechos Humanos y Niñez. El régimen se aplica en los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que estén bajo las medidas de protección excepcional y hayan sido declarados en estado de adoptabilidad o resolución judicial”.

“Se considera familia solidaria a toda persona adulta o a un grupo familiar que de forma voluntaria y sin fines adoptivos -esto es fundamental, es solo una familia de transición-, ofrece un entorno de contención y un acompañamiento seguro y transitorio a los niños y niñas y adolescentes.


La ley, entre otros puntos, menciona las causales del cese del acogimiento y plantea los planes para el egreso y para la transición de ese niño o niña y adolescente hacia la familia adoptiva o su familia de origen.

El Poder Ejecutivo deberá reasignar partidas presupuestarias específicas para implementar este sistema y tendrá hasta 180 días desde la publicación de esta ley para dictar la reglamentación.

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11 DIC 2025 - 19:09

La Legislatura prorrogó el período ordinario de sesiones hasta el 31 de diciembre y la realización de una nueva sesión el 18 de diciembre a las 11.

Además, se sancionó por unanimidad una ley de adopciones que abroga la legislación anterior y adecua la normativa a los nuevos paradigmas de la Convención de los Derechos del Niño y de la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación vigente.


La iniciativa del Ejecutivo Provincial crea la Oficina de Adopciones con sede en Rawson y sus delegaciones correspondientes, y el Registro Único Provincial de Aspirantes con fines Adoptivos.

Adopciones

La diputada de Despierta Chubut María Andrea Aguilera, presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia, explicó que “es un paso decisivo en la construcción de un sistema de adopciones pensado desde los niños, las niñas y los adolescentes y con nuestra ley, que establece claramente que la adopción es una medida excepcional, una medida subsidiaria y una medida de protección, que el primer derecho que tiene todo niño, niña o adolescente es la de permanecer y desarrollarse en su familia de origen”.


Entre las novedades, esta ley “establece que ninguna persona podrá ser limitada excluida o condicionada en su inscripción o permanencia en el registro por motivos de orientación sexual identidad, expresión de género, estado civil, edad, situación socioeconómica, discapacidad, religión, nacionalidad, etnia, pertenencia cultural o cualquier otra condición, dice personal o social, que afecte de manera directa y comprobada la actitud adoptiva”.

Detalles

“Lo que se prohíbe es el uso de estereotipos, prejuicios o de modelos de familia. A su vez establece otro aspecto importante: regula los equipos interdisciplinarios. Esto deja de estar diluido en la norma, pasa a tener rango y funciones claras. Se establece la composición mínima, la formación específica y continua de quienes forman parte de esos equipos”.


Por otro lado, continuó la diputada, “reconoce la licencia por adopción en el sector público y en línea con estatutos, convenios y leyes específicas, pero también especifica la finalidad que tiene esa ley, que es favorecer el apego, la consolidación del vínculo y también fortalecer la integridad familiar”.

La normativa “vincula nuestra legislación provincial con el resto de las provincias, de manera tal que no haya discrepancias entre un registro y otro que favorezca o que genere que familias encuentren más conveniente inscribirse en una u otra provincia”.

Familias solidarias

Legislatura aprobó también por unanimidad un proyecto del Ejecutivo que regula el sistema de Familias Solidarias de la provincia en consonancia con los estándares actuales en materia de protección integral de la niñez y adolescencia.

La diputada de Despierta Chubut Sandra Willatowski, presidenta de la Comisión de Legislación Social, Salud y Trabajo, expuso que “el objetivo principal es evitar que estos niños estén en un instituto y asegurar que aún en los contextos de suma vulnerabilidad, los niños, niños y adolescentes crezcan en un entorno familiar y comunitario con acompañamiento afectivo y con contención”.


“Sistematiza y actualiza las figuras de las familias solidarias como una alternativa al dispositivo institucional fortaleciendo los estándares de los Derechos Humanos y Niñez. El régimen se aplica en los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que estén bajo las medidas de protección excepcional y hayan sido declarados en estado de adoptabilidad o resolución judicial”.

“Se considera familia solidaria a toda persona adulta o a un grupo familiar que de forma voluntaria y sin fines adoptivos -esto es fundamental, es solo una familia de transición-, ofrece un entorno de contención y un acompañamiento seguro y transitorio a los niños y niñas y adolescentes.


La ley, entre otros puntos, menciona las causales del cese del acogimiento y plantea los planes para el egreso y para la transición de ese niño o niña y adolescente hacia la familia adoptiva o su familia de origen.

El Poder Ejecutivo deberá reasignar partidas presupuestarias específicas para implementar este sistema y tendrá hasta 180 días desde la publicación de esta ley para dictar la reglamentación.