La evidencia irrefutable de la Fiscalía de Esquel, incluyendo un peritaje científico, llevó al acusado a reconocer su responsabilidad en los delitos y sercondenado a nueve años de cárcel por el abuso reiterado de la niña y por desobedecer órdenes de restricción.
La Fiscalía reunió elementos para demostrar que el acusado es responsable del abuso sexual con acceso carnal reiterado contra su propia nieta cometidos cuando quedaba bajo su cuidado.
La sentencia de nueve años no es resultado de un largo juicio oral, sino de un juicio abreviado. Este mecanismo legal permitió a la Fiscalía asegurar rápidamente una condena firme, indicó una gacetilla de la Fiscalía.
La clave de este resultado fue la robusta prueba reunida por el equipo fiscal de Género. La evidencia era tan sólida que el acusado optó por reconocer su responsabilidad en los hechos, aceptando la condena preacordada.
Entre los elementos probatorios que hicieron la acusación irrefutable, se destacaron dos agravantes cruciales que elevaron la pena existió el vínculo familiar, el grave y el grave daño a la salud, ya que la investigación determinó de manera objetiva que, como resultado del abuso, la niña contrajo un virus.
La elección del juicio abreviado por parte de la Fiscalía fue una estrategia para garantizar la justicia de forma rápida y sin riesgos.
Para la Fiscalía, ello aseguró una pena significativa y una condena firme de nueve años sin tener que enfrentar los desafíos e incertidumbres de un proceso oral largo, donde la defensa podría haber debatido ciertos aspectos, y en caso de condena presentar recursos.
Para la víctima y la familia evitó la revictimización de tener que enfrentar un largo y doloroso juicio, garantizando que el responsable fuera a prisión de forma inmediata y definitiva.

La evidencia irrefutable de la Fiscalía de Esquel, incluyendo un peritaje científico, llevó al acusado a reconocer su responsabilidad en los delitos y sercondenado a nueve años de cárcel por el abuso reiterado de la niña y por desobedecer órdenes de restricción.
La Fiscalía reunió elementos para demostrar que el acusado es responsable del abuso sexual con acceso carnal reiterado contra su propia nieta cometidos cuando quedaba bajo su cuidado.
La sentencia de nueve años no es resultado de un largo juicio oral, sino de un juicio abreviado. Este mecanismo legal permitió a la Fiscalía asegurar rápidamente una condena firme, indicó una gacetilla de la Fiscalía.
La clave de este resultado fue la robusta prueba reunida por el equipo fiscal de Género. La evidencia era tan sólida que el acusado optó por reconocer su responsabilidad en los hechos, aceptando la condena preacordada.
Entre los elementos probatorios que hicieron la acusación irrefutable, se destacaron dos agravantes cruciales que elevaron la pena existió el vínculo familiar, el grave y el grave daño a la salud, ya que la investigación determinó de manera objetiva que, como resultado del abuso, la niña contrajo un virus.
La elección del juicio abreviado por parte de la Fiscalía fue una estrategia para garantizar la justicia de forma rápida y sin riesgos.
Para la Fiscalía, ello aseguró una pena significativa y una condena firme de nueve años sin tener que enfrentar los desafíos e incertidumbres de un proceso oral largo, donde la defensa podría haber debatido ciertos aspectos, y en caso de condena presentar recursos.
Para la víctima y la familia evitó la revictimización de tener que enfrentar un largo y doloroso juicio, garantizando que el responsable fuera a prisión de forma inmediata y definitiva.