“La joven no quería el apellido de su padre en su diploma”

El juez de Familia Nº1 de Trelew, Daniel Manse, ordenó la supresión (eliminación) del apellido paterno a una joven que sufrió abandono afectivo y material durante su infancia. En diálogo con Jornada, explicó los alcances del fallo y reflexionó sobre el desafío de la adopción de adolescentes. MIrá el video

Daniel Manse, juez de Familia.
14 FEB 2026 - 8:55 | Actualizado 14 FEB 2026 - 10:24

Por Lorena Leeming / Redacción Jornada

El juez de Familia Nº1 de Trelew, Daniel Manse, confirmó en una entrevista con Jornada, un fallo que autorizó a una joven mayor de edad a eliminar el apellido de su padre, quien estuvo ausente a lo largo de toda su crianza. La decisión se basó en el derecho a la identidad y en la necesidad de adecuar la registración legal a la realidad personal de la solicitante.

Daniel Manse, juez de Familia.

“Esta persona está finalizando sus estudios y una de las peticiones que realizaba era que, cuando reciba su título universitario, el apellido que figure sea el de la madre y no el del padre que había estado ausente durante toda su vida, tanto afectiva como materialmente”, explicó el magistrado.

Manse detalló que, si bien existen antecedentes de supresión de apellido en menores - trámite que debe ser solicitado por el progenitor o representante legal—, en este caso la solicitante era mayor de edad, lo que agilizó el proceso al no requerir notificación al padre.

“El expediente no tiene un plazo estipulado ni suele ser tan extenso. Cuando se trata de menores, la notificación al progenitor puede demorar el trámite, pero luego se produce la prueba con informes y la intervención del Ministerio Público Fiscal”, señaló.

El juez advirtió además un incremento significativo en este tipo de solicitudes. “En los últimos cinco años ha sido bastante abismal el crecimiento de pedidos de supresión de apellido”, afirmó.

Según explicó, la medida solo puede ser ordenada por un juez y debe encuadrarse en los requisitos del artículo 69 del Código Civil y Comercial. “No se trata solamente de modificar un registro, sino de readecuar la registración a la vida real de las personas, a lo que consideran su identidad”, subrayó.

En ese sentido, indicó que la evaluación suele apoyarse en informes psicológicos y en el trabajo del equipo técnico interdisciplinario. “Son profesionales quienes analizan la legitimidad del reclamo, especialmente cuando se trata de niños y adolescentes”, dijo.

La mayoría de los pedidos, agregó, están vinculados a apellidos paternos y responden a situaciones similares: la ausencia en la vida cotidiana y en la crianza. “Toda persona tiene derecho a un nombre y a un apellido, pero además debe ser uno que la represente. Es un derecho personalísimo”, remarcó.

Manse también aclaró un punto clave: la supresión del apellido no extingue las obligaciones legales. “El progenitor no pierde la responsabilidad parental. Debe seguir cumpliendo con los alimentos y se mantienen los derechos hereditarios”, precisó.

El desafío de adoptar adolescentes

Durante la entrevista, el magistrado se refirió además a la adopción de jóvenes, una problemática que se visibiliza cada vez más a través de campañas nacionales.

“Es más complejo conseguir familias para adolescentes que para un bebé o un niño pequeño. Una vez agotados los registros provinciales, se abre la búsqueda a nivel nacional”, explicó.

Sin embargo, destacó que las experiencias suelen ser positivas. “Los casos que hemos tenido han sido muy bien llevados adelante y hoy esos adolescentes están vinculados de manera plena a sus grupos familiares”.

Para Manse, el temor principal suele estar asociado a la adaptación, aunque relativizó esa preocupación: “No se puede garantizar nada, ni siquiera con un bebé. No veo una distinción real; la posibilidad de construir una vida familiar plena existe”.

Finalmente, dejó un mensaje para quienes evalúan la adopción: “Es un acto de amor puro y absoluto. No tengan temor a la adolescencia; seguramente puede ser una gran sorpresa para todo el grupo familiar”.

El juez recordó además que no hay una edad mínima para solicitar la supresión de apellido. “Si se trata de un niño o adolescente, lo hará mediante su representante legal o un abogado del niño, siempre que tenga grado de madurez suficiente. Todo será analizado por el equipo técnico”, concluyó.

Daniel Manse, juez de Familia.
14 FEB 2026 - 8:55

Por Lorena Leeming / Redacción Jornada

El juez de Familia Nº1 de Trelew, Daniel Manse, confirmó en una entrevista con Jornada, un fallo que autorizó a una joven mayor de edad a eliminar el apellido de su padre, quien estuvo ausente a lo largo de toda su crianza. La decisión se basó en el derecho a la identidad y en la necesidad de adecuar la registración legal a la realidad personal de la solicitante.

Daniel Manse, juez de Familia.

“Esta persona está finalizando sus estudios y una de las peticiones que realizaba era que, cuando reciba su título universitario, el apellido que figure sea el de la madre y no el del padre que había estado ausente durante toda su vida, tanto afectiva como materialmente”, explicó el magistrado.

Manse detalló que, si bien existen antecedentes de supresión de apellido en menores - trámite que debe ser solicitado por el progenitor o representante legal—, en este caso la solicitante era mayor de edad, lo que agilizó el proceso al no requerir notificación al padre.

“El expediente no tiene un plazo estipulado ni suele ser tan extenso. Cuando se trata de menores, la notificación al progenitor puede demorar el trámite, pero luego se produce la prueba con informes y la intervención del Ministerio Público Fiscal”, señaló.

El juez advirtió además un incremento significativo en este tipo de solicitudes. “En los últimos cinco años ha sido bastante abismal el crecimiento de pedidos de supresión de apellido”, afirmó.

Según explicó, la medida solo puede ser ordenada por un juez y debe encuadrarse en los requisitos del artículo 69 del Código Civil y Comercial. “No se trata solamente de modificar un registro, sino de readecuar la registración a la vida real de las personas, a lo que consideran su identidad”, subrayó.

En ese sentido, indicó que la evaluación suele apoyarse en informes psicológicos y en el trabajo del equipo técnico interdisciplinario. “Son profesionales quienes analizan la legitimidad del reclamo, especialmente cuando se trata de niños y adolescentes”, dijo.

La mayoría de los pedidos, agregó, están vinculados a apellidos paternos y responden a situaciones similares: la ausencia en la vida cotidiana y en la crianza. “Toda persona tiene derecho a un nombre y a un apellido, pero además debe ser uno que la represente. Es un derecho personalísimo”, remarcó.

Manse también aclaró un punto clave: la supresión del apellido no extingue las obligaciones legales. “El progenitor no pierde la responsabilidad parental. Debe seguir cumpliendo con los alimentos y se mantienen los derechos hereditarios”, precisó.

El desafío de adoptar adolescentes

Durante la entrevista, el magistrado se refirió además a la adopción de jóvenes, una problemática que se visibiliza cada vez más a través de campañas nacionales.

“Es más complejo conseguir familias para adolescentes que para un bebé o un niño pequeño. Una vez agotados los registros provinciales, se abre la búsqueda a nivel nacional”, explicó.

Sin embargo, destacó que las experiencias suelen ser positivas. “Los casos que hemos tenido han sido muy bien llevados adelante y hoy esos adolescentes están vinculados de manera plena a sus grupos familiares”.

Para Manse, el temor principal suele estar asociado a la adaptación, aunque relativizó esa preocupación: “No se puede garantizar nada, ni siquiera con un bebé. No veo una distinción real; la posibilidad de construir una vida familiar plena existe”.

Finalmente, dejó un mensaje para quienes evalúan la adopción: “Es un acto de amor puro y absoluto. No tengan temor a la adolescencia; seguramente puede ser una gran sorpresa para todo el grupo familiar”.

El juez recordó además que no hay una edad mínima para solicitar la supresión de apellido. “Si se trata de un niño o adolescente, lo hará mediante su representante legal o un abogado del niño, siempre que tenga grado de madurez suficiente. Todo será analizado por el equipo técnico”, concluyó.