Trevelin podrá llevar sus residuos a Esquel por 6 meses más

Lo resolvió el Superior Tribunal de Justicia al rechazar la cautelar presentada por Trevelin.

04 SEP 2026 - 11:55 | Actualizado 04 SEP 2026 - 11:59

El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut intervino en el conflicto entre los municipios de Esquel y Trevelin ordenando que la primera deberá permitir la disposición de residuos en el nuevo módulo de tratamiento por seis meses. En ese lapso, Trevelin deberá abonar un canon y también una compensación por la inversión de infraestructura.

El conflicto se desató cuando el Concejo Deliberante de Esquel aprobó una ordenanza por la cual se derogaba el acuerdo que permitía a Trevelin depositar sus desechos urbanos en la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos (PTRSU) de Esquel.

Ante esto, la Municipalidad afectada presentó una cautelar declarando la medida de Esquel como inconstitucional. Al intervenir el STJ emitió un fallo clave que busca prevenir una profundización del problema ecológico y sanitario.

Los Ministros Giacomone, Raidan, Napolitani, Bustos, Vivas y Banfi; declararon admisible la acción de inconstitucionalidad y dispusieron el traslado de la demanda a Esquel por un plazo de 30 días para su contestación.


Además, los Ministros decidieron no hacer lugar a la medida cautelar peticionada por la Municipalidad de Trevelin. Ahora Esquel deberá permitir que Trevelin continúe realizando la disposición final de sus residuos sólidos urbanos por el término de 6 meses en el módulo 2.

Por esta acción, Trevelin deberá abonar a Esquel el canon proporcional -periódico o mensual- que se le liquide en función del volumen de residuos ingresados y también abonar el monto correspondiente de la inversión del módulo 2 realizada por Esquel. Además Trevelin debe garantizar que, previo a la disposición final de los residuos, se debe realizar la separación y tratamiento previo.

04 SEP 2026 - 11:55

El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut intervino en el conflicto entre los municipios de Esquel y Trevelin ordenando que la primera deberá permitir la disposición de residuos en el nuevo módulo de tratamiento por seis meses. En ese lapso, Trevelin deberá abonar un canon y también una compensación por la inversión de infraestructura.

El conflicto se desató cuando el Concejo Deliberante de Esquel aprobó una ordenanza por la cual se derogaba el acuerdo que permitía a Trevelin depositar sus desechos urbanos en la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos (PTRSU) de Esquel.

Ante esto, la Municipalidad afectada presentó una cautelar declarando la medida de Esquel como inconstitucional. Al intervenir el STJ emitió un fallo clave que busca prevenir una profundización del problema ecológico y sanitario.

Los Ministros Giacomone, Raidan, Napolitani, Bustos, Vivas y Banfi; declararon admisible la acción de inconstitucionalidad y dispusieron el traslado de la demanda a Esquel por un plazo de 30 días para su contestación.


Además, los Ministros decidieron no hacer lugar a la medida cautelar peticionada por la Municipalidad de Trevelin. Ahora Esquel deberá permitir que Trevelin continúe realizando la disposición final de sus residuos sólidos urbanos por el término de 6 meses en el módulo 2.

Por esta acción, Trevelin deberá abonar a Esquel el canon proporcional -periódico o mensual- que se le liquide en función del volumen de residuos ingresados y también abonar el monto correspondiente de la inversión del módulo 2 realizada por Esquel. Además Trevelin debe garantizar que, previo a la disposición final de los residuos, se debe realizar la separación y tratamiento previo.