El secretario de Justicia, Julián Álvarez, propuso este martes tres cambios al proyecto que regula las medidas cautelares y cuyo tratamiento está previsto para el próximo jueves en el recinto del Senado.
Tras los cuestionamientos del CELS y otras organizaciones a algunos aspectos de la iniciativa, Álvarez explicó que se incluirá el concepto de "vida digna" para los casos sujetos a excepciones de las nuevas limitaciones para la presentación de medidas cautelares contra el Estado.
En el texto que ya recibió dictamen favorable el jueves pasado en el Senado, se incluía como excepciones los casos en los que hubiere riesgo alimentario, de salud o de daños ambientales.
Otro de los cambios planteados por Álvarez está vinculado a la inclusión de un párrafo, en el articulado en que se menciona el plazo de seis meses prorrogable por otros seis de vigencia de una cautelar, que mencione que el juez debe estar "obligado" a dar celeridad al trámite.
La tercera modificación se refiere a los casos en los que esté amenazada la libertad sindical e indica que el Estado podrá interponer una cautelar contra una medida gremial sólo si afecta un servicio esencial, se concretó sin preaviso y si dictada la conciliación obligatoria no se está acatando.
El oficialismo deberá ahora determinar si incorpora los cambios en la sesión del próximo jueves en la que está previsto darle media sanción a la iniciativa para su posterior giro a la Cámara de Diputados.
El secretario de Justicia, Julián Álvarez, propuso este martes tres cambios al proyecto que regula las medidas cautelares y cuyo tratamiento está previsto para el próximo jueves en el recinto del Senado.
Tras los cuestionamientos del CELS y otras organizaciones a algunos aspectos de la iniciativa, Álvarez explicó que se incluirá el concepto de "vida digna" para los casos sujetos a excepciones de las nuevas limitaciones para la presentación de medidas cautelares contra el Estado.
En el texto que ya recibió dictamen favorable el jueves pasado en el Senado, se incluía como excepciones los casos en los que hubiere riesgo alimentario, de salud o de daños ambientales.
Otro de los cambios planteados por Álvarez está vinculado a la inclusión de un párrafo, en el articulado en que se menciona el plazo de seis meses prorrogable por otros seis de vigencia de una cautelar, que mencione que el juez debe estar "obligado" a dar celeridad al trámite.
La tercera modificación se refiere a los casos en los que esté amenazada la libertad sindical e indica que el Estado podrá interponer una cautelar contra una medida gremial sólo si afecta un servicio esencial, se concretó sin preaviso y si dictada la conciliación obligatoria no se está acatando.
El oficialismo deberá ahora determinar si incorpora los cambios en la sesión del próximo jueves en la que está previsto darle media sanción a la iniciativa para su posterior giro a la Cámara de Diputados.