Promulgaron la ley que fomenta la creación de centros de estudiantes

La norma protege además el derecho de los alumnos a participar en esos espacios. Fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional.

06 AGO 2013 - 12:26 | Actualizado

Se trata de la norma 26.877, sancionada el pasado 3 de julio por el Congreso, cuya promulgación (a través del decreto 1060/2013) y articulado fueron publicados hoy en el Boletín Oficial.

Según dispone la nueva legislación, a partir de ahora las autoridades educativas de todo el país "deben reconocer los centros de estudiantes como órganos democráticos de representación estudiantil", además de "promover la participación y garantizar las condiciones institucionales" para su funcionamiento.

También, contempla que "cada una de las instituciones educativas tendrá su centro de estudiantes" y establece que participarán de esos espacios "todos aquellos que acrediten ser estudiantes de la institución educativa, sin otro tipo de requisito".

Por otra parte, señala que "los centros de estudiantes elaborarán su propio estatuto en correspondencia con la legislación nacional y de cada jurisdicción", y subraya que "en aquellos casos en que las disposiciones de esta ley se vieran incumplidas, los estudiantes y sus órganos de conducción podrán elevar su reclamo a la autoridad jurisdiccional o nacional, según corresponda".

En otro de sus puntos destacados, la norma indica que "los centros de estudiantes reconocidos pueden nuclearse en federaciones jurisdiccionales, regionales y nacionales".

Finalmente, destaca que "el Ministerio de Educación y las autoridades educativas de cada jurisdicción diseñarán las campañas de difusión y promoción alentando la creación y funcionamiento de los centros de estudiantes" en cada uno de los establecimientos.

06 AGO 2013 - 12:26

Se trata de la norma 26.877, sancionada el pasado 3 de julio por el Congreso, cuya promulgación (a través del decreto 1060/2013) y articulado fueron publicados hoy en el Boletín Oficial.

Según dispone la nueva legislación, a partir de ahora las autoridades educativas de todo el país "deben reconocer los centros de estudiantes como órganos democráticos de representación estudiantil", además de "promover la participación y garantizar las condiciones institucionales" para su funcionamiento.

También, contempla que "cada una de las instituciones educativas tendrá su centro de estudiantes" y establece que participarán de esos espacios "todos aquellos que acrediten ser estudiantes de la institución educativa, sin otro tipo de requisito".

Por otra parte, señala que "los centros de estudiantes elaborarán su propio estatuto en correspondencia con la legislación nacional y de cada jurisdicción", y subraya que "en aquellos casos en que las disposiciones de esta ley se vieran incumplidas, los estudiantes y sus órganos de conducción podrán elevar su reclamo a la autoridad jurisdiccional o nacional, según corresponda".

En otro de sus puntos destacados, la norma indica que "los centros de estudiantes reconocidos pueden nuclearse en federaciones jurisdiccionales, regionales y nacionales".

Finalmente, destaca que "el Ministerio de Educación y las autoridades educativas de cada jurisdicción diseñarán las campañas de difusión y promoción alentando la creación y funcionamiento de los centros de estudiantes" en cada uno de los establecimientos.


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