Nuevas reglas para todos los boliches en Madryn

La decisión en avanzar en un aggiornamiento de la legislación que reglamenta la actividad de los boliches bailables fue tomada y planteada por los ediles en una ordenanza de reciente sanción.

10 NOV 2013 - 0:05 | Actualizado

En un trabajo conjunto y mancomunado entre los bloques, se logró dar luz a la normativa que busca reglamentar la actividad en los locales nocturnos, tras las tareas celebradas con representantes de las fuerzas de seguridad y de los propios boliches bailables.

Dentro de los aspectos centrales que contempla la nueva legislación, está es la segmentación de los horarios para el funcionamiento de los locales nocturnos. La ordenanza prevé que “los matinée para jóvenes de 12 a 14 años de edad funcionarán en el horario de 19:30 a las 00:30, pudiendo el responsable y/o propietario del local bailable adelantar el horario de apertura”.

Asimismo, se establece “para jóvenes de 15 a 17 años de edad, desde las 01:30 siendo el horario de cierre para el funcionamiento de taquilla e ingreso de personas las 03 debiendo trabajar únicamente con la gente que se encuentra en el interior del local hasta el cese total de la actividad”.

Por su parte, “para las personas de 18 años de edad en adelante, el horario será desde las 01:30 hasta su cierre 06, el cual se deberá hacer de la siguiente manera: apertura del local 01:30, cierre de apertura de ingreso 05, cierre de barra 05:30 y encendido de luces blancas y corte de sonido 06”.

Dentro de las prohibiciones que contempla la nueva normativa figura que “los locales bailables que opten por funcionar para jóvenes de 12 a 14 años de edad inclusive o para jóvenes de 15 y 17 años tienen prohibido: la exhibición, venta, entrega, consumo y/o suministro por cualquier medio de bebidas alcohólicas a los asistentes y al persona y/o responsables del establecimiento”.

Uno de los puntos donde mayor énfasis se puso fue en dejar expresamente aclarado la prohibición de “la realización de concursos, torneos, promociones o eventos de cualquier naturaleza con o sin fines de lucro, que de cualquier modo alienten, faciliten o promuevan la ingesta de bebidas alcohólicas, o en los que se establezcan como premio la entrega de las mismas”.

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10 NOV 2013 - 0:05

En un trabajo conjunto y mancomunado entre los bloques, se logró dar luz a la normativa que busca reglamentar la actividad en los locales nocturnos, tras las tareas celebradas con representantes de las fuerzas de seguridad y de los propios boliches bailables.

Dentro de los aspectos centrales que contempla la nueva legislación, está es la segmentación de los horarios para el funcionamiento de los locales nocturnos. La ordenanza prevé que “los matinée para jóvenes de 12 a 14 años de edad funcionarán en el horario de 19:30 a las 00:30, pudiendo el responsable y/o propietario del local bailable adelantar el horario de apertura”.

Asimismo, se establece “para jóvenes de 15 a 17 años de edad, desde las 01:30 siendo el horario de cierre para el funcionamiento de taquilla e ingreso de personas las 03 debiendo trabajar únicamente con la gente que se encuentra en el interior del local hasta el cese total de la actividad”.

Por su parte, “para las personas de 18 años de edad en adelante, el horario será desde las 01:30 hasta su cierre 06, el cual se deberá hacer de la siguiente manera: apertura del local 01:30, cierre de apertura de ingreso 05, cierre de barra 05:30 y encendido de luces blancas y corte de sonido 06”.

Dentro de las prohibiciones que contempla la nueva normativa figura que “los locales bailables que opten por funcionar para jóvenes de 12 a 14 años de edad inclusive o para jóvenes de 15 y 17 años tienen prohibido: la exhibición, venta, entrega, consumo y/o suministro por cualquier medio de bebidas alcohólicas a los asistentes y al persona y/o responsables del establecimiento”.

Uno de los puntos donde mayor énfasis se puso fue en dejar expresamente aclarado la prohibición de “la realización de concursos, torneos, promociones o eventos de cualquier naturaleza con o sin fines de lucro, que de cualquier modo alienten, faciliten o promuevan la ingesta de bebidas alcohólicas, o en los que se establezcan como premio la entrega de las mismas”.