Según la resolución 7247/2013 de la Anmat "se prohibe la comercialización en todo el territorio nacional del producto en cuyo rótulo luce: `Aceite de oliva extra virgen` marca `Antigua Estancia Andina` de Mendoza, RNPA Nº 025-13027521, RNE Nº 13-002304, distribuido por Hugo Mancuzzi con domicilio en Larrea Nº 1672 de Guaymallén, Mendoza".
Entre los considerandos de la medida, se cita que los permisos correspondientes para su fabricación y las numeraciones "expresadas en el rótulo se encuentran dados de baja desde el 5 de febrero de 2007".
Además, la "toma de muestras" del citado producto alimenticio según "el Protocolo de Análisis Nº 6778 de fecha 17/04/13" el aceite "no cumple con la legislación alimentaria vigente", su autorización "se encuentra dada de baja" y se trata de un "producto adulterado".
Según la resolución 7247/2013 de la Anmat "se prohibe la comercialización en todo el territorio nacional del producto en cuyo rótulo luce: `Aceite de oliva extra virgen` marca `Antigua Estancia Andina` de Mendoza, RNPA Nº 025-13027521, RNE Nº 13-002304, distribuido por Hugo Mancuzzi con domicilio en Larrea Nº 1672 de Guaymallén, Mendoza".
Entre los considerandos de la medida, se cita que los permisos correspondientes para su fabricación y las numeraciones "expresadas en el rótulo se encuentran dados de baja desde el 5 de febrero de 2007".
Además, la "toma de muestras" del citado producto alimenticio según "el Protocolo de Análisis Nº 6778 de fecha 17/04/13" el aceite "no cumple con la legislación alimentaria vigente", su autorización "se encuentra dada de baja" y se trata de un "producto adulterado".