Movistar deberá indemnizar a 10 mil clientes

Es un fallo inédito en el país. El reclamo data de 2013 y la empresa deberá pagarle unos $ 10 mil a cada vecino afectado.

03 AGO 2022 - 21:42 | Actualizado 04 AGO 2022 - 7:57

En un fallo favorable inédito, que constituye la primera acción de clase en el país contra un proveedor de un servicio de telefonía celular, en este caso Movistar, el Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de la Cámara de Apelaciones de Esquel y del Juzgado de 1ª Instancia, que habían hecho lugar a un reclamo judicial de un usuario afectado, el abogado local Crhistian Pasquini, el cual lo hizo por sí y por toda la clase afectada, estimada en unos 10.000 usuarios en ese momento, en 2013, y a cada uno le correspondería unos $ 10.000.

La Justicia en instancias inferiores había declarado la procedencia del reclamo, fijado una indemnización, y aplicado una multa en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor contra Movistar, y a favor del reclamante y de toda la clase invocada como usuarios de Movistar en Esquel en 2013.

Pasquini recordó “los inconvenientes que se suscitaron con la pésima prestación del servicio de telefonía móvil en el primer semestre de 2013. Pero, la firma demandada había recurrido las sentencias ante el Superior, que rechazó el recurso interpuesto, y ratificó las mismas”.

El abogado sostuvo que Movistar prestó un servicio pésimo en Esquel, por un lapso mayor a 3 meses a todos los usuarios, lo que origino reclamos varios y denuncias en Defensa del Consumidor, Defensoría del Pueblo, y la Comisión Nacional de Comunicaciones.

Todos esos reclamos fueron canalizados y motorizados por el denunciante, a partir de los cuales se logró meses después las inversiones necesarias para mejorar el servicio, pero además inició una acción de clase reclamando que la firma lo indemnice a él y a todos los usuarios afectados por el mal servicio que prestó durante meses. Lo saliente de la sentencia del STJ es que se hizo lugar a la acción de clase iniciada, un instituto nuevo y novedoso por el cual una persona representa a un número mayor de individuos, en este caso indeterminados, pues todos son titulares de un interés individual, pero el mismo es homogéneo.

Explicó el letrado que si la acción de clase no hubiera tenido acogida, cada usuario consumidor afectado debía iniciar un reclamo judicial individual. Hubiera sido un sinsentido y favorecido a la firma incumplidora, pues en la práctica no se hubiera llevado a cabo.

El fallo es el primero en el país, que fija una indemnización patrimonial masiva para todos los usuarios afectados por la mala prestación de un servicio de telefonía celular. Alcanza sólo a quienes en 2013 usaban Movistar.

Expediente a Esquel

Con la sentencia dictada por el Superior Tribunal de Justicia, el fallo ha quedo finalmente firme luego de un largo proceso judicial, con lo cual el expediente deberá volver a Esquel para que se determine el número exacto de ciudadanos que se verán beneficiados con esta acción de clase, que se estima en no menos de 10.000 usuarios, y la modalidad a través de la cual la firma Movistar deberá hacer frente a la indemnización y multa fijada, montos que si bien deben ser calculados con sus respectivos intereses a la fecha de cumplimiento de la sentencia, se estima en aproximadamente $ 10.000 para cada usuario afectado, aproximadamente .#

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03 AGO 2022 - 21:42

En un fallo favorable inédito, que constituye la primera acción de clase en el país contra un proveedor de un servicio de telefonía celular, en este caso Movistar, el Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de la Cámara de Apelaciones de Esquel y del Juzgado de 1ª Instancia, que habían hecho lugar a un reclamo judicial de un usuario afectado, el abogado local Crhistian Pasquini, el cual lo hizo por sí y por toda la clase afectada, estimada en unos 10.000 usuarios en ese momento, en 2013, y a cada uno le correspondería unos $ 10.000.

La Justicia en instancias inferiores había declarado la procedencia del reclamo, fijado una indemnización, y aplicado una multa en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor contra Movistar, y a favor del reclamante y de toda la clase invocada como usuarios de Movistar en Esquel en 2013.

Pasquini recordó “los inconvenientes que se suscitaron con la pésima prestación del servicio de telefonía móvil en el primer semestre de 2013. Pero, la firma demandada había recurrido las sentencias ante el Superior, que rechazó el recurso interpuesto, y ratificó las mismas”.

El abogado sostuvo que Movistar prestó un servicio pésimo en Esquel, por un lapso mayor a 3 meses a todos los usuarios, lo que origino reclamos varios y denuncias en Defensa del Consumidor, Defensoría del Pueblo, y la Comisión Nacional de Comunicaciones.

Todos esos reclamos fueron canalizados y motorizados por el denunciante, a partir de los cuales se logró meses después las inversiones necesarias para mejorar el servicio, pero además inició una acción de clase reclamando que la firma lo indemnice a él y a todos los usuarios afectados por el mal servicio que prestó durante meses. Lo saliente de la sentencia del STJ es que se hizo lugar a la acción de clase iniciada, un instituto nuevo y novedoso por el cual una persona representa a un número mayor de individuos, en este caso indeterminados, pues todos son titulares de un interés individual, pero el mismo es homogéneo.

Explicó el letrado que si la acción de clase no hubiera tenido acogida, cada usuario consumidor afectado debía iniciar un reclamo judicial individual. Hubiera sido un sinsentido y favorecido a la firma incumplidora, pues en la práctica no se hubiera llevado a cabo.

El fallo es el primero en el país, que fija una indemnización patrimonial masiva para todos los usuarios afectados por la mala prestación de un servicio de telefonía celular. Alcanza sólo a quienes en 2013 usaban Movistar.

Expediente a Esquel

Con la sentencia dictada por el Superior Tribunal de Justicia, el fallo ha quedo finalmente firme luego de un largo proceso judicial, con lo cual el expediente deberá volver a Esquel para que se determine el número exacto de ciudadanos que se verán beneficiados con esta acción de clase, que se estima en no menos de 10.000 usuarios, y la modalidad a través de la cual la firma Movistar deberá hacer frente a la indemnización y multa fijada, montos que si bien deben ser calculados con sus respectivos intereses a la fecha de cumplimiento de la sentencia, se estima en aproximadamente $ 10.000 para cada usuario afectado, aproximadamente .#


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