El decreto 718 de 2025, firmado por el gobernador Nacho Torres, dispuso convocar a elecciones el 26 de octubre para someter a referéndum la aprobación o desaprobación la modificación de los artículos 247 y 248 de la Constitución Provincial.
En su recurso, la Asociación recordó que ya en otras ocasiones similares en otras provincias y para evitar daños institucionales irreparables, la Corte dispuso medidas cautelares para suspender actos eleccionarios ya convocados.
En el caso de Chubut, la AMFCh advirtió que “está en juego la forma republicana de gobierno consagrada en la Constitución Nacional, que las provincias no pueden derogar”. Y que si la Constitución provincial necesita una reforma, no pueden hacerlo los votantes: “Este control debe ser necesariamente previo y a cargo de los jueces”.
“La convocatoria (a referéndum) se hace desde un mensaje falso y de una incorrecta lectura de nuestro sistema constitucional. No debe someterse a aprobación o desaprobación del pueblo una reforma inconstitucional”.
“No existe un solo ejemplo de abusos en el funcionamiento y en la aplicación de los fueros en Chubut. Aquí se ha podido procesar a legisladores aún en ejercicio y destituir jueces. Por esto, ni en el mensaje del Ejecutivo ni en el debate del proyecto se ha podido citar un solo caso que pudiera justificar la urgencia y necesidad de sancionar esta ley de enmienda”, dice el recurso.
Según la Asociación, los fueros garantizan el funcionamiento independiente de los poderes. “Si las provincias pueden allanar la inmunidad de arresto podrán en lo sucesivo arrasar con la inmunidad de opinión de los legisladores o con la garantía de inamovilidad de los jueces o de la intangibilidad de sus remuneraciones porque todas tienen la misma naturaleza y razón de ser en el diseño republicano del poder”.
La Asociación explicó que la idea no es impedir la “participación democrática del pueblo” sino de impedir la utilización mendaz de un instrumento concebido noblemente”, como lo es un referéndum.
Al pedido lo firmaron José Raúl Heredia, Alfredo Pérez Galimberti y Marco Rojas Castro, que piden frenar el comicio hasta que se decida si la alteración de los fueros es inconstitucional.
A la vez, insistieron con recusar a los ministros del STJ para que en el trámite intervenga “un tribunal imparcial”, visto el enfrentamiento de los jueces chubutenses con el máximo tribunal chubutense.
El decreto 718 de 2025, firmado por el gobernador Nacho Torres, dispuso convocar a elecciones el 26 de octubre para someter a referéndum la aprobación o desaprobación la modificación de los artículos 247 y 248 de la Constitución Provincial.
En su recurso, la Asociación recordó que ya en otras ocasiones similares en otras provincias y para evitar daños institucionales irreparables, la Corte dispuso medidas cautelares para suspender actos eleccionarios ya convocados.
En el caso de Chubut, la AMFCh advirtió que “está en juego la forma republicana de gobierno consagrada en la Constitución Nacional, que las provincias no pueden derogar”. Y que si la Constitución provincial necesita una reforma, no pueden hacerlo los votantes: “Este control debe ser necesariamente previo y a cargo de los jueces”.
“La convocatoria (a referéndum) se hace desde un mensaje falso y de una incorrecta lectura de nuestro sistema constitucional. No debe someterse a aprobación o desaprobación del pueblo una reforma inconstitucional”.
“No existe un solo ejemplo de abusos en el funcionamiento y en la aplicación de los fueros en Chubut. Aquí se ha podido procesar a legisladores aún en ejercicio y destituir jueces. Por esto, ni en el mensaje del Ejecutivo ni en el debate del proyecto se ha podido citar un solo caso que pudiera justificar la urgencia y necesidad de sancionar esta ley de enmienda”, dice el recurso.
Según la Asociación, los fueros garantizan el funcionamiento independiente de los poderes. “Si las provincias pueden allanar la inmunidad de arresto podrán en lo sucesivo arrasar con la inmunidad de opinión de los legisladores o con la garantía de inamovilidad de los jueces o de la intangibilidad de sus remuneraciones porque todas tienen la misma naturaleza y razón de ser en el diseño republicano del poder”.
La Asociación explicó que la idea no es impedir la “participación democrática del pueblo” sino de impedir la utilización mendaz de un instrumento concebido noblemente”, como lo es un referéndum.
Al pedido lo firmaron José Raúl Heredia, Alfredo Pérez Galimberti y Marco Rojas Castro, que piden frenar el comicio hasta que se decida si la alteración de los fueros es inconstitucional.
A la vez, insistieron con recusar a los ministros del STJ para que en el trámite intervenga “un tribunal imparcial”, visto el enfrentamiento de los jueces chubutenses con el máximo tribunal chubutense.