La Asociación de la Magistratura, con la firma de su presidente Claudio Petris y su secretaria, Marcela Alejandra Pérez Bogado, con el patrocinio letrado Raúl Heredia y Alejandro Daniel Fernández Vecino, presentó ante el Superior Tribunal de Justicia, una Acción de Inconstitucionalidad contra la ley que convoca a un referéndum para la Reforma Constitucional de los artículos que impiden la detención de jueces y juezas, sindicalistas y funcionarios, sin el desafuero previo.
En el escrito, indican que “el Poder Ejecutivo Provincial remitió a la Legislatura un proyecto de ley propiciando una enmienda constitucional, proyecto que fue sancionado el día 27 de febrero de 2025, esto es en sesión extraordinaria. Fue publicado en el Boletín Oficial con el número de ley V-201, el día 28 de marzo de 2025”, informaron.
En ese sentido indicaron que “aunque la terminología ‘privilegios’ o ‘inmunidades’ tiene curso tradicional en el lenguaje constitucional del derecho parlamentario, creemos más correcto el sustituto de ‘garantías de funcionamiento’. Son garantías que se otorgan a un órgano de poder, tanto si tales garantías cubren al ‘órgano-institución’ como si protegen a los ‘órganosindividuo’, porque en ambos casos tienden a resguardar al congreso y a sus cámaras, que actúan a través de las personas que son sus miembros. ‘Garantías de funcionamiento’ son, entonces, tutelas funcionales”, explicaron.
Asimismo, remarcaron que en el mensaje de remisión del proyecto se dice que mediante él “se procura la reforma de los artículos 247 y 248 de la norma fundamental a los fines de dejar sin efecto la vigencia del privilegio consistente en reconocer la inmunidad de arresto a una 6 multiplicidad de funcionarios públicos provinciales y municipales, como así también del ámbito sindical”.
En el texto indican que “señala que esos privilegios nacieron hace casi cuatro siglos en época de las monarquías absolutistas y se consolidaron con el nacimiento del constitucionalismo como un modo de garantizar la libertad de acción de quienes estaban llamados a ejercer “ese contrapeso de poder”, dice, “que resultaban ser los parlamentarios”.
La Asociación asevera que en el proyecto se indica que “es patente que a esta altura de la evolución de la humanidad la división de los poderes y las potestades de los poderes legislativos están fuera de aquellos peligros, y que en realidad hoy son vislumbrados como un privilegio abusivo e incompatible con el principio republicano de igualdad ante la ley”.
Además, argumentan que “suma la consideración, que ya hemos citado: “Este poder ejecutivo está convencido de que el pueblo del Chubut está cansado de privilegios” -completamos aquí la cita- “…y demanda funcionarios públicos comprometidos con sus deberes constitucionales, diligentes, austeros y asumiendo el mismo lugar y los mismos padecimientos que sus representados”.
Y dicen: “hace luego mención a la ley de ficha limpia que promovió el ejecutivo provincial y compara: “Con la Ley de Ficha Limpia se impide el acceso a cargos electivos a personas en conflicto con la ley penal. Con la supresión de los fueros se facilita la salida de los cargos públicos a personas en conflicto con la ley penal. Culmina aseverando que “la clase política debe estar a la altura de la demanda mayoritaria de terminar con los privilegios y una muestra de ese compromiso pasa por suprimir del texto constitucional disposiciones que establecen dos clases de personas ante la ley penal”.
Para finalizar, afirman que: “No es un proyecto que requiera debate -como se ha dicho-. Es un proyecto que tiene sólo dos artículos. No es que podemos abrir a discusión durante mucho tiempo qué queremos en esta provincia respecto a los fueros”. “Es muy claro, ¿queremos ser como cualquier ciudadano?, ¿queremos ser iguales ante la ley? ¿o queremos conservar privilegios?”, concluyen.
La Asociación de la Magistratura, con la firma de su presidente Claudio Petris y su secretaria, Marcela Alejandra Pérez Bogado, con el patrocinio letrado Raúl Heredia y Alejandro Daniel Fernández Vecino, presentó ante el Superior Tribunal de Justicia, una Acción de Inconstitucionalidad contra la ley que convoca a un referéndum para la Reforma Constitucional de los artículos que impiden la detención de jueces y juezas, sindicalistas y funcionarios, sin el desafuero previo.
En el escrito, indican que “el Poder Ejecutivo Provincial remitió a la Legislatura un proyecto de ley propiciando una enmienda constitucional, proyecto que fue sancionado el día 27 de febrero de 2025, esto es en sesión extraordinaria. Fue publicado en el Boletín Oficial con el número de ley V-201, el día 28 de marzo de 2025”, informaron.
En ese sentido indicaron que “aunque la terminología ‘privilegios’ o ‘inmunidades’ tiene curso tradicional en el lenguaje constitucional del derecho parlamentario, creemos más correcto el sustituto de ‘garantías de funcionamiento’. Son garantías que se otorgan a un órgano de poder, tanto si tales garantías cubren al ‘órgano-institución’ como si protegen a los ‘órganosindividuo’, porque en ambos casos tienden a resguardar al congreso y a sus cámaras, que actúan a través de las personas que son sus miembros. ‘Garantías de funcionamiento’ son, entonces, tutelas funcionales”, explicaron.
Asimismo, remarcaron que en el mensaje de remisión del proyecto se dice que mediante él “se procura la reforma de los artículos 247 y 248 de la norma fundamental a los fines de dejar sin efecto la vigencia del privilegio consistente en reconocer la inmunidad de arresto a una 6 multiplicidad de funcionarios públicos provinciales y municipales, como así también del ámbito sindical”.
En el texto indican que “señala que esos privilegios nacieron hace casi cuatro siglos en época de las monarquías absolutistas y se consolidaron con el nacimiento del constitucionalismo como un modo de garantizar la libertad de acción de quienes estaban llamados a ejercer “ese contrapeso de poder”, dice, “que resultaban ser los parlamentarios”.
La Asociación asevera que en el proyecto se indica que “es patente que a esta altura de la evolución de la humanidad la división de los poderes y las potestades de los poderes legislativos están fuera de aquellos peligros, y que en realidad hoy son vislumbrados como un privilegio abusivo e incompatible con el principio republicano de igualdad ante la ley”.
Además, argumentan que “suma la consideración, que ya hemos citado: “Este poder ejecutivo está convencido de que el pueblo del Chubut está cansado de privilegios” -completamos aquí la cita- “…y demanda funcionarios públicos comprometidos con sus deberes constitucionales, diligentes, austeros y asumiendo el mismo lugar y los mismos padecimientos que sus representados”.
Y dicen: “hace luego mención a la ley de ficha limpia que promovió el ejecutivo provincial y compara: “Con la Ley de Ficha Limpia se impide el acceso a cargos electivos a personas en conflicto con la ley penal. Con la supresión de los fueros se facilita la salida de los cargos públicos a personas en conflicto con la ley penal. Culmina aseverando que “la clase política debe estar a la altura de la demanda mayoritaria de terminar con los privilegios y una muestra de ese compromiso pasa por suprimir del texto constitucional disposiciones que establecen dos clases de personas ante la ley penal”.
Para finalizar, afirman que: “No es un proyecto que requiera debate -como se ha dicho-. Es un proyecto que tiene sólo dos artículos. No es que podemos abrir a discusión durante mucho tiempo qué queremos en esta provincia respecto a los fueros”. “Es muy claro, ¿queremos ser como cualquier ciudadano?, ¿queremos ser iguales ante la ley? ¿o queremos conservar privilegios?”, concluyen.