La ley tiene por objeto establecer un marco normativo integral para la protección de los consumidores ante maniobras de estafas en el ámbito virtual, promoviendo la sensibilización, prevención, verificación y asistencia, proporcionando herramientas efectivas para mitigar el riesgo y facilitar la denuncia y persecución de delitos virtuales.
La Autoridad de aplicación será la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut y, según explicó la diputada Andrea Aguilera, la ley no está pensada para cuando ya se cometió el delito, sino que es para su prevención.
Aguilera reconoce que “las estafas virtuales son un flagelo que se hacen cada vez más habituales, convivimos con la posibilidad de ser víctimas por promociones, llamados telefónicos, claves de correos electrónicos”, y aclaró que el objetivo de la ley “no es para combatir el flagelo cuando se produjo; donde hay un gran trabajo en el Ministerio Fiscal de Ciberdelito y avanzaron mucho, hasta habrá una pronta reforma del Código Procesal”.
“Este proyecto busca anticiparse y dar herramientas al ciudadano para que evite ser estafado, con capacitación, campañas de concientización que serán geolocalizadas, para atacar lo que ocurre en esa zona en particular. Establece un registro de promociones y sitios válidos, para que el usuario pueda verificar si el lugar está acreditado”.
“Es para prevenir la estafa virtual y operar en Internet de manera segura”, afirmó, aclarando que la autoridad de aplicación será la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut.
La ley establece que los proveedores de bienes y servicios en el ámbito virtual serán responsables de implementar medidas de seguridad adecuadas para proteger a los consumidores contra estafas virtuales. Esta responsabilidad incluye la adopción de tecnologías de autenticación y verificación de identidad, así como la capacitación de su personal en prácticas seguras de comercio electrónico.
Registro y verificación
La ley establece que los organismos estatales, dependencias del Estado Provincial y empresas con participación mayoritaria del Estado, deberán implementar las máximas medidas para la verificación de sus perfiles en redes sociales y medios de comunicación, de acuerdo con las que posea cada plataforma. Asegurando que los usuarios puedan identificar con certeza que se están comunicando con un medio oficial. Esto incluirá, pero no se limitará, a la obtención de insignias de verificación oficiales, autenticación de dos factores y cualquier otra medida de seguridad pertinente.
Cada cuenta oficial deberá mostrar de manera clara y visible su condición de cuenta verificada, utilizando insignias, etiquetas y otros indicadores proporcionados por la plataforma. Además, deberán proporcionar información detallada de contacto y enlaces a sitios web oficiales para facilitar la confirmación de su autenticidad. Además, deben establecer mecanismos para que los ciudadanos puedan reportar cuentas falsas o sospechosas que se hagan pasar por entidades oficiales.
Se crea el Registro Provincial de Medios Oficiales de Contacto a los Consumidores, en el que se inscribirán datos oficiales de contacto con el propósito de facilitar la verificación de los consumidores ante un contacto en particular. También se crea el Registro de Validación de Promociones Virtuales, donde las empresas e instituciones podrán registrar las promociones vigentes con el objetivo de proporcionar un mecanismo confiable para que los consumidores puedan verificar la autenticidad y veracidad de las promociones ofrecidas por empresas e instituciones. Las empresas e instituciones podrán registrar voluntariamente sus promociones vigentes en este Registro.
Cada promoción registrada deberá incluir información detallada sobre los términos y condiciones, duración, productos o servicios involucrados, y cualquier otro dato relevante que permita su correcta identificación y verificación. La plataforma indicará de forma clara si la promoción se encuentra o no vigente al momento de la consulta.
Cada promoción registrada en el Registro de Validación de Promociones Virtuales generará un código único de identificación. Este código será generado automáticamente por el sistema del Registro y servirá como un identificador único para cada promoción registrada. Los consumidores podrán consultar la validez de una promoción utilizando el código único generado. La plataforma digital del Registro permitirá una búsqueda fácil y rápida utilizando este código, proporcionando información precisa sobre la promoción registrada y sus condiciones.
La ley prevé la habilitación de una línea telefónica que brindará orientación a las víctimas de estafas virtuales. Los operadores de la línea estarán capacitados para ofrecer orientación técnica sobre medidas inmediatas a tomar para minimizar el impacto de la estafa, así como para proporcionar apoyo emocional considerando el impacto psicológico que estas situaciones pueden generar en las víctimas.
La ley tiene por objeto establecer un marco normativo integral para la protección de los consumidores ante maniobras de estafas en el ámbito virtual, promoviendo la sensibilización, prevención, verificación y asistencia, proporcionando herramientas efectivas para mitigar el riesgo y facilitar la denuncia y persecución de delitos virtuales.
La Autoridad de aplicación será la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut y, según explicó la diputada Andrea Aguilera, la ley no está pensada para cuando ya se cometió el delito, sino que es para su prevención.
Aguilera reconoce que “las estafas virtuales son un flagelo que se hacen cada vez más habituales, convivimos con la posibilidad de ser víctimas por promociones, llamados telefónicos, claves de correos electrónicos”, y aclaró que el objetivo de la ley “no es para combatir el flagelo cuando se produjo; donde hay un gran trabajo en el Ministerio Fiscal de Ciberdelito y avanzaron mucho, hasta habrá una pronta reforma del Código Procesal”.
“Este proyecto busca anticiparse y dar herramientas al ciudadano para que evite ser estafado, con capacitación, campañas de concientización que serán geolocalizadas, para atacar lo que ocurre en esa zona en particular. Establece un registro de promociones y sitios válidos, para que el usuario pueda verificar si el lugar está acreditado”.
“Es para prevenir la estafa virtual y operar en Internet de manera segura”, afirmó, aclarando que la autoridad de aplicación será la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut.
La ley establece que los proveedores de bienes y servicios en el ámbito virtual serán responsables de implementar medidas de seguridad adecuadas para proteger a los consumidores contra estafas virtuales. Esta responsabilidad incluye la adopción de tecnologías de autenticación y verificación de identidad, así como la capacitación de su personal en prácticas seguras de comercio electrónico.
Registro y verificación
La ley establece que los organismos estatales, dependencias del Estado Provincial y empresas con participación mayoritaria del Estado, deberán implementar las máximas medidas para la verificación de sus perfiles en redes sociales y medios de comunicación, de acuerdo con las que posea cada plataforma. Asegurando que los usuarios puedan identificar con certeza que se están comunicando con un medio oficial. Esto incluirá, pero no se limitará, a la obtención de insignias de verificación oficiales, autenticación de dos factores y cualquier otra medida de seguridad pertinente.
Cada cuenta oficial deberá mostrar de manera clara y visible su condición de cuenta verificada, utilizando insignias, etiquetas y otros indicadores proporcionados por la plataforma. Además, deberán proporcionar información detallada de contacto y enlaces a sitios web oficiales para facilitar la confirmación de su autenticidad. Además, deben establecer mecanismos para que los ciudadanos puedan reportar cuentas falsas o sospechosas que se hagan pasar por entidades oficiales.
Se crea el Registro Provincial de Medios Oficiales de Contacto a los Consumidores, en el que se inscribirán datos oficiales de contacto con el propósito de facilitar la verificación de los consumidores ante un contacto en particular. También se crea el Registro de Validación de Promociones Virtuales, donde las empresas e instituciones podrán registrar las promociones vigentes con el objetivo de proporcionar un mecanismo confiable para que los consumidores puedan verificar la autenticidad y veracidad de las promociones ofrecidas por empresas e instituciones. Las empresas e instituciones podrán registrar voluntariamente sus promociones vigentes en este Registro.
Cada promoción registrada deberá incluir información detallada sobre los términos y condiciones, duración, productos o servicios involucrados, y cualquier otro dato relevante que permita su correcta identificación y verificación. La plataforma indicará de forma clara si la promoción se encuentra o no vigente al momento de la consulta.
Cada promoción registrada en el Registro de Validación de Promociones Virtuales generará un código único de identificación. Este código será generado automáticamente por el sistema del Registro y servirá como un identificador único para cada promoción registrada. Los consumidores podrán consultar la validez de una promoción utilizando el código único generado. La plataforma digital del Registro permitirá una búsqueda fácil y rápida utilizando este código, proporcionando información precisa sobre la promoción registrada y sus condiciones.
La ley prevé la habilitación de una línea telefónica que brindará orientación a las víctimas de estafas virtuales. Los operadores de la línea estarán capacitados para ofrecer orientación técnica sobre medidas inmediatas a tomar para minimizar el impacto de la estafa, así como para proporcionar apoyo emocional considerando el impacto psicológico que estas situaciones pueden generar en las víctimas.