Jones Huala lideró un reclamo por el baño de la cárcel

Junto con otros internos del penal federal, el líder de Resistencia Ancestral Mapuche se quejó por los sanitarios y por la poca cantidad de elementos de higiene. Decían que peligraba su salud. La Cámara de Comodoro rechazó la denuncia.


28 AGO 2026 - 17:08 | Actualizado 28 AGO 2026 - 17:40

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia rechazó una denuncia de hábeas corpus elevada por 7 internos del pabellón 3 de la Unidad Penitenciaria Federal 14 "Subalcaide Abel Rosario Muñoz" de Esquel.

El líder y vocero del grupo fue Facundo Jones Huala y la queja fue por el baño del penal en malas condiciones y la poca cantidad de artículos de higiene. “Aumenta el peligro de nuestra salud para lo cual necesitamos mayor cantidad hasta que el baño se encuentre en condiciones", dijeron en su nota.

En primera instancia, un juez federal sostuvo que el reclamo no justificaba una acción de hábeas corpus toda vez que “no se verificó una restricción injustificada a un derecho de los internos y el asunto fue abordado por la autoridad penitenciaria”. Este viernes esta decisión fue confirmada por los camaristas Aldo Suárez y Pedro De Diego.

Un informe de la División Trabajo de la U-14 reveló que ya se habían relevado las necesidades de infraestructura y gestionó la compra de los materiales para las reparaciones siguiendo un orden de prioridades. El sistema de desagüe fue realizado a nuevo en agosto de 2025.

En cuanto a los elementos de higiene, el 21 de este mes se entregó lavandina, detergente, desodorante de piso y trapos de rejilla.
Además hay trabajos para mejorar los baños y la cocina, con cambios de cerámicos de piso y reposición de muebles.

“No se advierte un proceder arbitrario por parte del personal del Servicio Penitenciario Federal que constituya un agravamiento de las condiciones de detención de los accionantes”, explicó la Cámara.

En cuanto al reclamo de las malas condiciones del baño, el SPF ya está realizando lasreparaciones necesarias: cambio de pisos y de la flor de la ducha, colocación de policarbonato, cambio de cañerías de desagües y reparación de ventanas.

“Se han llevado a cabo medidas tendientes a reparar las problemáticas inherentes a los planteos edilicios de los sanitarios y otras se encuentran a la espera de fondos ya solicitados”, dice la resolución.
“Hubo mejoras edilicias a las problemáticas ventiladas respecto del acondicionamiento para el correcto uso del baño pues lo expuesto da cuenta de las refacciones, reparaciones y acondicionamientos colocando artefactos sanitarios, contando con
funcionamiento en su provisión de agua y descarga”.

En este sentido, los presos liderados por Jones Huala no plantean el mal funcionamiento del baño, “sino que los reclamos se vinculan a la disconformidad genérica y a la cantidad o calidad de los elementos de higiene, no a la negacióndel suministro”.

“La cantidad de elementos de higiene que se distribuyen a la población penal es parte de las atribuciones de gestión que tiene la autoridad penitenciara. En el caso dicha provisión se cumple, sin perjuicio de lo que denuncian los internos y la falta de quejas en igual sentido del resto de la población apoya esta circunstancia”.

Suárez y De Diego concluyeron que “no se verificó una restricción injustificada a un derecho de los internos (…) No existe un obrar arbitrario o ilegítimo de los funcionarios del SPF, ni una situación de urgencia que deba ser atendida por esta vía excepcional”.

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28 AGO 2026 - 17:08

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia rechazó una denuncia de hábeas corpus elevada por 7 internos del pabellón 3 de la Unidad Penitenciaria Federal 14 "Subalcaide Abel Rosario Muñoz" de Esquel.

El líder y vocero del grupo fue Facundo Jones Huala y la queja fue por el baño del penal en malas condiciones y la poca cantidad de artículos de higiene. “Aumenta el peligro de nuestra salud para lo cual necesitamos mayor cantidad hasta que el baño se encuentre en condiciones", dijeron en su nota.

En primera instancia, un juez federal sostuvo que el reclamo no justificaba una acción de hábeas corpus toda vez que “no se verificó una restricción injustificada a un derecho de los internos y el asunto fue abordado por la autoridad penitenciaria”. Este viernes esta decisión fue confirmada por los camaristas Aldo Suárez y Pedro De Diego.

Un informe de la División Trabajo de la U-14 reveló que ya se habían relevado las necesidades de infraestructura y gestionó la compra de los materiales para las reparaciones siguiendo un orden de prioridades. El sistema de desagüe fue realizado a nuevo en agosto de 2025.

En cuanto a los elementos de higiene, el 21 de este mes se entregó lavandina, detergente, desodorante de piso y trapos de rejilla.
Además hay trabajos para mejorar los baños y la cocina, con cambios de cerámicos de piso y reposición de muebles.

“No se advierte un proceder arbitrario por parte del personal del Servicio Penitenciario Federal que constituya un agravamiento de las condiciones de detención de los accionantes”, explicó la Cámara.

En cuanto al reclamo de las malas condiciones del baño, el SPF ya está realizando lasreparaciones necesarias: cambio de pisos y de la flor de la ducha, colocación de policarbonato, cambio de cañerías de desagües y reparación de ventanas.

“Se han llevado a cabo medidas tendientes a reparar las problemáticas inherentes a los planteos edilicios de los sanitarios y otras se encuentran a la espera de fondos ya solicitados”, dice la resolución.
“Hubo mejoras edilicias a las problemáticas ventiladas respecto del acondicionamiento para el correcto uso del baño pues lo expuesto da cuenta de las refacciones, reparaciones y acondicionamientos colocando artefactos sanitarios, contando con
funcionamiento en su provisión de agua y descarga”.

En este sentido, los presos liderados por Jones Huala no plantean el mal funcionamiento del baño, “sino que los reclamos se vinculan a la disconformidad genérica y a la cantidad o calidad de los elementos de higiene, no a la negacióndel suministro”.

“La cantidad de elementos de higiene que se distribuyen a la población penal es parte de las atribuciones de gestión que tiene la autoridad penitenciara. En el caso dicha provisión se cumple, sin perjuicio de lo que denuncian los internos y la falta de quejas en igual sentido del resto de la población apoya esta circunstancia”.

Suárez y De Diego concluyeron que “no se verificó una restricción injustificada a un derecho de los internos (…) No existe un obrar arbitrario o ilegítimo de los funcionarios del SPF, ni una situación de urgencia que deba ser atendida por esta vía excepcional”.