El Ministerio Público Fiscal del Chubut obtuvo un pronunciamiento favorable del máximo tribunal del país, que hizo lugar a la queja interpuesta por la Procuración General, en el marco de una causa por estafas reiteradas, coacciones y asociación ilícita en la compraventa de vehículos en Trelew. De esta manera, el caso vuelve a la Oficina Judicial de Trelew, para la realización del juicio.
La Fiscalía General de Trelew inició en 2017 una investigación, a raíz de una serie de maniobras fraudulentas en la compraventa de vehículos usados, por parte de una organización integrada por cuatro miembros de una familia, y en 2018 se formularon las acusaciones por los delitos de estafa, coacción, amenazas, tenencia ilegal de armas y adulteración de documentos, todos en concurso con el delito de asociación ilícita.
Sin embargo, en febrero de 2022 el Tribunal de Juicio de Trelew dictó el sobreseimiento de todos los imputados por considerar vencido el plazo máximo de duración del proceso. Frente a ello, el Ministerio Público Fiscal interpuso impugnación extraordinaria, que fue declarada inadmisible por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, y posteriormente, el MPF presentó un recurso de revocatoria, que también fue rechazado.
En sus planteos, la Procuración General sostuvo que la resolución del Superior Tribunal había desconocido que se trataba de un proceso complejo, lo que implicaba que los plazos ordinarios se duplicaban conforme al artículo 358 inciso 5° del Código Procesal Penal del Chubut. Asimismo, advirtió que la interpretación restrictiva de las normas procesales ocasionaba un perjuicio grave al impedir que una sentencia de un juez unipersonal fuera revisada por el órgano superior, ya que el MPF cuenta con una única vía impugnativa, por lo que la decisión del Superior Tribunal dejó prácticamente sin posibilidad de revisión una sentencia que había extinguido la acción penal, afectando el debido proceso legal.
En consecuencia, el Procurador General del Chubut presentó el recurso extraordinario federal, el cual también fue rechazado por el STJ, y finalmente recurrió en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la cual sostuvo que los agravios planteados se correspondían con lo ya resuelto en la causa “Seccional Cuarta”, en la que declaró la inconstitucionalidad del plazo de tres años para la duración de los procesos penales en la provincia del Chubut.
De esta manera, el caso vuelve a la Oficina Judicial de Trelew, para la realización del juicio.

El Ministerio Público Fiscal del Chubut obtuvo un pronunciamiento favorable del máximo tribunal del país, que hizo lugar a la queja interpuesta por la Procuración General, en el marco de una causa por estafas reiteradas, coacciones y asociación ilícita en la compraventa de vehículos en Trelew. De esta manera, el caso vuelve a la Oficina Judicial de Trelew, para la realización del juicio.
La Fiscalía General de Trelew inició en 2017 una investigación, a raíz de una serie de maniobras fraudulentas en la compraventa de vehículos usados, por parte de una organización integrada por cuatro miembros de una familia, y en 2018 se formularon las acusaciones por los delitos de estafa, coacción, amenazas, tenencia ilegal de armas y adulteración de documentos, todos en concurso con el delito de asociación ilícita.
Sin embargo, en febrero de 2022 el Tribunal de Juicio de Trelew dictó el sobreseimiento de todos los imputados por considerar vencido el plazo máximo de duración del proceso. Frente a ello, el Ministerio Público Fiscal interpuso impugnación extraordinaria, que fue declarada inadmisible por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, y posteriormente, el MPF presentó un recurso de revocatoria, que también fue rechazado.
En sus planteos, la Procuración General sostuvo que la resolución del Superior Tribunal había desconocido que se trataba de un proceso complejo, lo que implicaba que los plazos ordinarios se duplicaban conforme al artículo 358 inciso 5° del Código Procesal Penal del Chubut. Asimismo, advirtió que la interpretación restrictiva de las normas procesales ocasionaba un perjuicio grave al impedir que una sentencia de un juez unipersonal fuera revisada por el órgano superior, ya que el MPF cuenta con una única vía impugnativa, por lo que la decisión del Superior Tribunal dejó prácticamente sin posibilidad de revisión una sentencia que había extinguido la acción penal, afectando el debido proceso legal.
En consecuencia, el Procurador General del Chubut presentó el recurso extraordinario federal, el cual también fue rechazado por el STJ, y finalmente recurrió en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la cual sostuvo que los agravios planteados se correspondían con lo ya resuelto en la causa “Seccional Cuarta”, en la que declaró la inconstitucionalidad del plazo de tres años para la duración de los procesos penales en la provincia del Chubut.
De esta manera, el caso vuelve a la Oficina Judicial de Trelew, para la realización del juicio.